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Circular 13 de 2011 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
--/ 00/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 13 DE 2011

(Abril 15)

PARA

GERENTES DE IPS PÚBLICAS Y PRIVADAS Y ASOCIACIONES DE USUARIOS

DE

DE SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ

ASUNTO

ACATAMIENTO CONCEPTO MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN

SOCIAL

El Secretario Distrital de Salud, expidió la Circular No. 014 del 10 de Noviembre de 2008, fundamentada en el concepto No. 4050-1-0381389 de la Superintendencia

Nacional de Salud, por la cual se señaló que en cada ESE debería conformarse una sola alianza o asociación de usuarios.

El Ministerio de la Protección Social, mediante concepto técnico No. 309677 del 15 de octubre de 2010, aclara que puede constituirse más de una alianza o asociación de usuarios, y señala que lo importante en caso de existir varias asociaciones de usuarios, al momento de elegir sus representantes a la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado lo debe realizar entre los elegidos de cada una de las asociaciones existentes tal y como lo menciona el artículo 12 del Decreto 1757 de 1994.

En ese orden de ideas, este Despacho acoge el concepto del Ministerio, de la Protección Social, en el sentido de garantizar el cumplimiento de las disposiciones que desarrollan el derecho a la participación ciudadana en las instancias de salud, como es el caso de la existencia de más de una asociación de usuarios por cada IPS pública y privada, cuando las mismas conserven su esencia y cumplan con las funciones y objetivos previstos en el artículo 14 del Decreto 1757 de 1994.

En consecuencia, las Asociaciones de Usuarios de IPS públicas y privadas que se constituyan, deberán ser reconocidas y legitimadas por la respectiva Entidad, quien tiene la responsabilidad de brindar asistencia técnica y acompañamiento a cuantas Asociaciones se reconozcan, conforme a la normatividad vigente.

 

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Secretario Distrital de Salud

 

Autorizó: Luís Alberto Donoso Rincón

Aprobó:   Luz Dary Carmona Moreno

Proyectó: Martha Gutiérrez / Blanca Lilia Ardila