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Decreto 944 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2544 del 28 de diciembre de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM09442001

DECRETO 944 DE 2001

(Diciembre 28)

«Por el cual se modifica el Decreto 614 de 2001».

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (E.)

En uso de sus facultades legales y en especial de las consagradas en el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Distrital expidió mediante el Decreto 1086 de 2000, el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año 2001, el cual fue liquidado mediante el Decreto 1148 de 2000.

Que mediante el Decreto 440 de 2001, el Gobierno Distrital expidió el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2001-2004 «BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado».

Que una vez realizado el proceso de armonización en las entidades, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 614 del 30 de julio de 2001, «Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2001», hasta tanto se realicen los trámites pertinentes para la obtención de los recursos que permitan su financiación.

Que es necesario levantar parcialmente la suspensión de una apropiación en el Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias - FOPAE por $917.000.000 en el proyecto 7240 «Atención de Emergencias en el Distrito Capital» para garantizar disponibilidad de fondos en el proyecto.

Que la suspensión levantada en el Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias FOPAE se aplicara al Presupuesto de Inversión de la Secretaría de Hacienda y del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD.

Que las modificaciones a realizar en el presente Decreto no afectarán el monto total de la suspensión ordenada por el Decreto 614 de 2001 y sus decretos modificatorios.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Levantar parcialmente la suspensión de unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondientes a la Vigencia Fiscal 2001, según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

917.000.000

3 3

INVERSlÓN

917.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSlÓN

917.000.000

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

917.000.000

3 3 2 01 05

Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias - FOPAE

917.000.000

TOTAL SUSPENSlÓN LEVANTADA

917.000.000

PARÁGRAFO: El monto correspondiente a la suspensión levantada en el Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de que trata el presente artículo, se reflejará en el Presupuesto del Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias - FOPAE así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

139 FONDO PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCION DE EMERGENCIAS - FOPAE

3

GASTOS

917.000.000

3 3

INVERSlÓN

917.000.000

3 3 1

DIRECTA

917.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

917.000.000

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

917.000.000

3 3 1 11 03 14

Ubiquémonos para la solidaridad

917.000.000

3 3 1 11 03 14 7240

Atención de Emergencias en el Distrito Capital

917.000.000

TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA - GASTOS

917.000.000

ARTÍCULO 2°.- El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 1°. del presente Decreto, se compensará con la suspensión de la siguiente partida del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal 2001 así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECClÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

917.000.000

3 3

INVERSlÓN

917.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSlÓN

917.000.000

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

917.000.000

3 3 2 01 11

Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD

917.000.000

TOTAL SUSPENSlÓN

917.000.000

PARÁGRAFO: El monto correspondiente a la suspensión en el Presupuesto de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto de que trata el presente artículo, se reflejará en el Presupuesto del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

211

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD

3

GASTOS

917.000.000

3 3

INVERSlÓN

917.000.000

3 3 4

PASIVOS EXIGIBLES

917.000.000

TOTAL SUSPENSlÓN

917.000.000

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año dos mil uno (2001).

LILIANA CABALLERO DURÁN

Alcaldesa Mayor (E.)

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital N° 2544 de 28 de diciembre de 2001.