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RESOLUCIÓN 047 DE 2011 (Marzo 9) "Por medio de la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2011" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. La Directora General de la Orquesta Filarmónica de Bogotá En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las contempladas en el Acuerdo 01 de 2011 de la Junta Directiva .y. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Colombia dispone en su Artículo 71 que "La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a cultura. El estado creara incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades". Que en cumplimiento de lo anterior, el artículo 17 de la Ley 397 de 1997 establece que "El estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentaran las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos de dialogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica". Que el artículo 18 de la Ley 397 de 1997, prescribe que "El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos espaciales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo en cada una de las siguientes expresiones culturales: Artes musicales, Artes escénicas", entre otras. Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la citada Ley ‘’ Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, definirá y aplicará medidas concretas conducentes a estimular la creación, funcionamiento y mejoramiento de espacios públicos, aptos para la realización de actividades culturales y, en general propiciará la infraestructura que las expresiones culturales requieran". Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá es un establecimiento público del orden distrital, creado mediante Acuerdo del Concejo Distrital No.71 de 1967, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, cuya máxima autoridad administrativa es la Junta Directiva. Que el Acuerdo citado anteriormente, en su artículo 4 establece que la entidad "Estará obligada a prestar sus servicios culturales de conformidad con los planes de la Administración Distrital". Que según lo establecido en el artículo 90 y siguientes del Acuerdo Distrital 257 de 2006, la Orquesta Filarmónica de Bogotá Integra, el Sector Cultura, Recreación y Deporte tiene como misión "Garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultura, artístico, patrimonial y deportivo. Para los correspondientes efectos se entenderá la cultura como el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan el conglomerado humano que habita en el Distrito Capital y a sus distintos sectores y comunidades y que engloba además de las artes y las letras los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y bajo el reconocimiento de que la cultura es por su propia naturaleza, dinámica y cambiante". Que en virtud de lo establecido en el Acuerdo 001 de 2011 de la Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá "La Orquesta Filarmónica de Bogotá (OFB), como establecimiento público del Distrito adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene como objeto ejecutar de manera concertada las políticas de la administración distrital mediante la prestación de servicios culturales en el área de música sinfónica, académica y el canto lírico; la difusión y ejecución del repertorio sinfónico universal y nacional y la administración de sus escenarios culturales". Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá tiene como misión "garantizar los derechos culturales de los habitantes del Distrito Capital, fortalecer los procesos y dimensiones de la música sinfónica, académica y el canto lírico así como garantizar el desarrollo y la proyección de la Orquesta Filarmónica de Bogotá con la difusión del repertorio sinfónico nacional e internacional". Que el documento de Políticas Culturales Distritales 2004-2016 fue aprobado en sesión del Consejo Distrital de Cultura el 13 de noviembre de 2003, "Con el ánimo de alcanzar, hacia el 2016, la visión de Bogotá como región líder en procesos interculturales, democráticos y participativos, propicia para la creación, transformación y valoración de sus cultura, con legislación intercultural adecuada; organizaciones y procesos culturales fuertes; sistemas de información y difusión ágiles y democráticos; actividad cultural, artística y del patrimonio variada, profesionalizada y reconocida socialmente; públicos ampliados, críticos y usuarios de la actividad cultural y sus infraestructuras, y dinámicas culturales, artísticas y del patrimonio en dialogo con la región, la nación y el mundo". Que las políticas culturales distritales previstas para el periodo 2004-2016 han permitido que tanto el Estado como la sociedad civil cuenten con un referente fundamental de política para llevar a cabo los procesos de organización. Planeación, fomento e información propios de la dinámica cultural de la ciudad y dar respuestas a las problemáticas más significativas del sector. Se enmarcan en un conjunto de principios y comprenden unas líneas y acciones que, articuladas entre si, orientan sus espacios, instancias, procesos y dimensiones del campo cultural y establecen prioridades para Ios planes de acción de las instancias y organizaciones culturales públicas y privadas del Distrito Capital. Las líneas de política se agrupan en torno a cuatro ejes: legislativo, organizacional, comunicacional y de la información, y de Ios procesos culturales, artísticos y del patrimonio. Que dentro del Plan de Desarrollo "Bogotá Positiva: para Vivir Mejor", programa. "Bogotá Viva", proyecto "Arte Vivo" establece la meta. "Apoyar 2.000 iniciativas mediante estímulos, apoyos concertados, alianzas estratégicas y asistencia técnica entre otros, para proyectos en formación, investigación, creación y circulación artística". Que el Programa Distrital de Estímulos comprende el diseño, planeación y ejecución de un sistema de premios y becas a Ios actores del campo cuyas reglas se definen teniendo en cuenta las condiciones específicas de cada una de las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales. Para el campo de las artes, Ios estímulos se otorgaran en las dimensiones de formación, investigación, creación, circulación y apropiación, buscando fomentar y fortalecer los campos del Arte, la Cultura y el Patrimonio mediante el otorgamiento de estímulos para el desarrollo y visibilizacion de las prácticas culturales, artísticas y del patrimonio. Que la información general del "Programa Distrital de Estímulos 2011" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para la vigencia 2011, fue diseñada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes, elaborada por la Subdirección Sinfónica y aprobada por la Oficina Asesora Jurídica de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá publicará la información concerniente a las Convocatorias, en la página Web de la entidad, dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del presente acto administrativo. Que en el presupuesto de inversión asignado a la Orquesta Filarmónica de Bogotá para la vigencia fiscal 2011, se encuentran previstos los programas, proyectos, actividades y acciones, así como los recursos necesarios para respaldar los estímulos económicos determinados como premios para cada uno de Ios concursos de las Convocatorias que hacen parte del "Programa Distrital de Estímulos 2011" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Que la Subdirección Sinfónica de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, presentó a consideración del Comité Directivo, las Convocatorias y cuantía de sus estímulos por un valor de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES DE PESOS M/CTE($161.000.000), las cuales fueron aprobadas para desarrollar en la vigencia 2011. Que para respaldar el reconocimiento de Ios estímulos económicos, la Orquesta Filarmónica de Bogotá, cuenta con Ios recursos necesarios como consta en Ios correspondientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal descritos en la parte resolutiva del presente acto administrativo, los cuales fueron expedidos por el responsable del Presupuesto de esta Entidad, hasta las cuantías establecidas para cada uno de los concursos. Que la Subdirección Sinfónica, mediante memorando 369 de fecha 9 de marzo solicitó a la Dirección General de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2011", así como la adopción de Ios términos y condiciones generales de participación en las diferentes convocatorias, Ias cuales fueron elaboradas por la Subdirección Sinfónica y aprobadas por la Oficina Asesora Jurídica, por encontrarse aprobados técnica y jurídicamente. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Ordenar la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2011" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, por un valor de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES DE PESOS M/CTE ($161.000.000), cuyo objeto es el fomento y el fortalecimiento para la realización de proyectos de creación, circulación, formación, gestión e investigación, que impacten de manera positiva el desarrollo del sector profesional de las prácticas de la Música Sinfónica, Académica y el Canto Lírico, así como su reconocimiento, apropiación y valoración como disciplinas y ámbito de conocimiento. ARTÍCULO 2°: Desarrollar el "Programa Distrital de Estímulos 2011" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, mediante la realización de las Convocatorias, que permitan la selección de ganadores de los siguientes concursos, Ios cuales se encuentran respaldados con los certificados de disponibilidad relacionados así:
PARAGRAFO: La Subdirección Sinfónica y la Oficina Asesora Jurídica, serán las encargadas de la dirección y desarrollo de Ios concursos. ARTÍCULO 3°: Adoptar los términos y condiciones especificas para participar en las Convocatorias de los concursos relacionados en el artículo 2 del presente acto administrativo, los cuales fueron elaborados por la Subdirección Sinfónica y aprobados por la Oficina Asesora Jurídica, contenidos en Ios anexos "Programa Distrital de Estímulos 2011"de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, que hacen parte integral de la presente Resolución. PARÁGRAFO 1: La información general y las condiciones específicas del "Programa Distrital de estímulos 2011" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, serán de obligatorio cumplimiento por todas las partes involucradas. PARÁGRAFO 2: Ordenar la fijación de la presente Resolución en la cartelera de la Sede de la Subdirección Sinfónica ubicada en la Calle 39 Bis No. 14 – 46 de esta ciudad, su publicación en la página Web por el termino de cinco (5) días habites y la comunicación a las áreas involucradas en el presente proceso para lo de su competencia. ARTÍCULO 4°: El Subdirector Sinfónico podrá efectuar las modificaciones al calendario de actividades del "Programa Distrital Estímulos 2011" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, mediante adenda que deberá publicarse en la pagina Web de la entidad con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo que se modifica. ARTÍCULO 5°: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede recurso alguno. Dada en Bogotá, D.C., a los 9 días del mes de marzo de 2011. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE MARÍA CLAUDIA PARÍAS DURÁN Directora General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4740 de septiembre 27 de 2011 |
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