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Resolución 248 de 2011 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Fecha de Expedición:
24/08/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/08/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4740 de septiembre 27 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Número 0248

RESOLUCIÓN 248 DE 2011

(Agosto 24)

"Por la cual se adopta el programa de orientación al servicio público, el de inducción y reinducción en la Orquesta Filarmónica de Bogotá"

La Directora General de la Orquesta Filarmónica de Bogotá,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el Acuerdo 001 de 2011 y el literal g), h) del articulo 4 del Acuerdo 002 de 2011, de la Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 64 de la Ley 190 de 1995 establece que todas las entidades públicas tendrán, además del programa de inducción para el personal que ingrese a la entidad, uno de actualización cada dos años,

Que el artículo 7 del Decreto Ley 1567 de 1998 dispone que los planes institucionales de cada entidad deben incluir obligatoriamente, además de programas de inducción, programas de reinducción, los cuales deberán hacerse por lo menos cada dos año, o antes, en el momento en que se produzcan los cambios;

Que el programa de orientación al servicio público, inducción y reinducción tiene por objeto establecer las directrices para realizar las actividades de inducción a todo el personal que ingresa a la entidad y a reorientar la integración del personal antiguo a la cultura organizacional en virtud de los cambios producidos en los procesos.

Que para efectos de establecer y adoptar el programa de orientación al servicio público, inducción y reinducción, se tomaron como referencia los lineamientos señalados en la guía para implementar los programas de inducción y reinducción elaborados por el Departamento Administrativo de la Función Pública, tanto en el aspecto conceptual como en el metodológico, así como el manual de inducción y reinducción de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y la guía de servicio al Ciudadano de la Escuela Superior de Administración Pública ESAP.

Que un objetivo estratégico de la entidad es consolidar equipos de trabajo competentes, motivados y comprometidos.

Que el programa de orientación al servicio público, el de inducción y el de reinducción, forman parte de un proceso progresivo de formación y aprendizaje de los servidores públicos, indispensables para el desarrollo humano en la entidad, y para que la entidad pueda cumplir adecuadamente su misión.

En mérito de lo expuesto, La Dirección General,

RESUELVE:

Artículo 1. Adoptar el Programa de orientación al servicio público, el de inducción y reinducción en la Orquesta Filarmónica de Bogotá, que tienen por objeto establecer las directrices para realizar las actividades de orientación al servicio público, la inducción de todo el personal que ingresa a la entidad y a reorientar la integración del personal antiguo a la cultura organizacional en virtud de los cambios producidos en los procesos.

Artículo 2. ALCANCE: El procedimiento aplica para todas las actividades de orientación al servicio público, la inducción y reinducción en la Orquesta Filarmónica de Bogotá e incluya la participación directa del Área de Gestión del Talento Humano, las Subdirecciones, Oficina Asesoras y todos los servidores de la OFB.

Artículo 3. GENERALIDADES: El programa de orientación al servicio público, el de inducción y reinducción forman parte de un proceso progresivo de formación y aprendizaje de los servidores públicos, indispensable para su desarrollo humano en la entidad y para que la OFB pueda cumplir con su misión.

Para la realización de los programas se deberán clasificar los participantes, de manera que el nivel de conceptualización y profundización de los desarrollos temáticos correspondan a su nivel de educación.

Parágrafo: Todos los servidores de la OFB deberán recibir capacitación para el desarrollo del programa de orientación al servicio público, de inducción y de reinducción, cuya coordinación general estará a cargo del Área de Gestión del Talento Humano.

Artículo 4. PROGRAMA DE ORIENTACION AL SERVICIO PÚBLICO

Objetivo:

* Facilitar a los servidores la comprensión del Estado y sus transformaciones en función del cumplimiento de sus misiones política, administrativa, económica y social, así como la operatividad del mismo;

* Familiarizar al nuevo servidor con la administración pública e iniciar en él el proceso de asimilación de la cultura del servicio público orientada a la generación de resultado social y sustentado en valores que propendan por el interés general y el bien común.

Contenido: El programa deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

a. La cultura del servicio al ciudadano, entendida como el conjunto de valores, conocimientos, actitudes y comportamientos que deben desarrollar progresivamente los servidores públicos para hacer realidad una nueva manera de atender los requerimientos de los ciudadanos.

Desarrollará temas como el concepto del servicio, la conceptualización del ciudadano, derechos y deberes del ciudadano, calidad del servicio, la satisfacción del ciudadano, recursos legales e instituciones que brindan protección al ciudadano, Programa de Servicio al Ciudadano (PNSC) y normatividad relacionada con el servicio al ciudadano. (Área de Atención al Ciudadano Subdirección Administrativa y Financiera)

b. Estructura y Organización del Estado Colombiano, cuyo propósito es el de informar al servidor sobre las ramas y organismos que conforman el Estado y las relaciones entre éstos, haciendo especial énfasis en el Distrito Capital como entidad territorial y el sector Cultura, Recreación y Deporte al cual está adscrita la Entidad como establecimiento público.

Desarrollará temas como: Que el estado, Rama Legislativa, Rama Ejecutiva, Rama Judicial, Órganos de Control, Organización electoral, estructura orgánica del Distrito Capital.

Parágrafo: Responsables. La responsabilidad inmediata para que este programa se planee, organice, realice y evalúe es el Profesional Especializado del Área de gestión del Talento Humano. El Área de Atención al Ciudadano de la Subdirección Administrativa y Financiera y Oficina Asesora de Jurídica, diseñarán y ejecutarán el programa, en un plazo no superior a dos meses contados a partir de la posesión o firma del contrato por parte del servidor público, según corresponda.

Artículo 5. PROGRAMA DE INDUCCIÓN: Metodología que pretende fortalecer la integración del empleado a la cultura organizacional de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, su desarrollo en habilidades gerenciales y de servicio público y la obtención de información necesaria para el mejor conocimiento de la función pública y de la entidad.

Objetivos:

Familiarizar a los servidores nuevos con la estructura de la entidad y con su misión, así como motivarlos para que participen en la construcción de la visión institucional, de manera que se garantice su compromiso para lograrla;

Iniciar la integración de los servidores al sistema de valores de la OFB, crear sentido de pertenencia y comenzar a fortalecer su formación ética;

Instruir a los servidores sobre todos los asuntos relacionados con sus dependencias, al igual que sobre sus responsabilidades individuales, sus deberes y derechos;

Informar a los nuevos servidores acerca de las normas y las decisiones tendientes a prevenir y a reprimir la corrupción así como sobre las inhabilidades e incompatibilidades relativas a los servidores públicos.

Aspectos que debe contener

a. Recibimiento al servidor público:

* Comprende la posesión del servidor público, mediante acto formal con la presencia de la Directivas de la OFB;

* Comunicación escrita de bienvenida, en la que se expresen sentimiento de acogida, buenos propósitos de que su permanencia en la entidad les signifique crecimiento y desarrollo; Área de Gestión del Talento Humano.

* Entrega del manual de funciones y competencia laborales, por parte del Área de Gestión del Talento Humano;

* Comunicación mediante la cual se hace la presentación formal del servidor a su jefe inmediato, suscrita por el Profesional del Área de Gestión del Talento Humano;

* Entrega de la Guía General de inducción ilustrativa para los empleados nuevos, impresa, en la que se diagrame y explique la estructura organizacional, se les de a conocer la historia, misión, visión, objetivos, normas que rigen la entidad, estructura de la planta física, horarios, políticas y normas principales de comportamiento de la entidad, la cual será elaborada, actualizada y entregada por el Área de Gestión del Talento Humano,

* Guía Didáctica de valores asumidos por la OFB. Sinfonía de valores, a cargo de la Oficina Asesora de Planeación.

* Video ilustrativo de la OFB, a cargo de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

Responsable: Área de Gestión del Talento Humano de la Subdirección Administrativa y Financiera, Oficina Asesora de Planeación y Oficina Asesora de Comunicaciones, en la fecha de posesión o a más tardar el día siguiente en que ocurra el acto de posesión.

b. Ubicación del funcionario en la entidad

* Presentaciones: Al Jefe Inmediato, Compañeros de trabajo, subalternos, Personas significativas de otras áreas, a cargo del Área de Gestión del Talento Humano.

* Procesos, procedimientos y registros de los procesos de la dependencia; (Jefe de la dependencia donde prestará los servicios con el apoyo de la Oficina Asesora de Planeación)

* Presentación de los Planes y Programas de la OFB (Planes de Acción), por parte de la Oficina Asesora de Planeación.

* Presentación Políticas de la OFB, por parte de la Oficina Asesora de Planeación.

* Presentación del Sistema Integrado de Calidad a cargo de la Oficina Asesora de Planeación.

* Presentación de programas y proyectos especiales por parte de la dependencia donde prestará sus servicios.

* Presentación de los sistemas de información, medios de comunicación, página Web, a cargo del Área de Sistemas y Oficina Asesora de Comunicaciones. .

Responsable: Las dependencias indicadas para tema y/o actividad, a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de posesión del cargo.

c. Ubicación con relación al puesto de trabajo

Estará bajo la responsabilidad del jefe inmediato, quien deberá actuar no sólo como jefe, sino como primer capacitador del nuevo empleado en el puesto de trabajo, y tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

* Preparar al grupo. El jefe inmediato deberá informar a su grupo con anticipación a la llegada del nuevo servidor y motivarlo para que lo acojan y lo reciban adecuadamente, Deberá prever el sitio físico donde va a quedar ubicado.

* Designar un tutor para que guíe al nuevo servidor. El Jefe Inmediato o quien designe será el tutor, quien tendrá una interacción directa con el nuevo servidor, deberá ser facilitador de los aprendizajes que éste necesita, de manera que esté en condiciones de comprender los procesos en los que participa y hacer las aplicaciones prácticas a su trabajo. El tutor deberá corresponder a un perfil humano y pedagógico, es decir deberá poseer un conjunto de competencia que los habiliten para su labor orientadora, tales como facilidad para comunicarse e interrelacionarse, empatía, sensibilidad y capacidad de identificar necesidades e intereses del recién vinculado; capacidad de compartir conocimientos y experiencias; generosidad para compartir su tiempo;

* Repasar con el nuevo empleado los objetivos propuestos dentro del área, las funciones principales asignadas a la misma;

* Proporcionar los elementos de trabajo. El Jefe inmediato debe garantizar que el nuevo servidor cuente con los equipos y elementos indispensables para el desempeño del cargo, los cuales dependerán de la naturaleza del mismo;

Responsable: El jefe de la dependencia a la cual fue designado el servidor público, quien realizará el proceso, durante los tres (3) meses siguientes a la vinculación del servidor a la OFB.

Parágrafo: Para el nivel directivo, el plan de inducción se complementará con el documento "manejo de crisis relacionado con la imagen institucional", elaborado y actualizado por la Oficina Asesora de Comunicaciones.

Artículo 6. PROGRAMA DE REINDUCCIÓN: Pretende reorientar la integración del empleado a la cultura organizacional en virtud de los cambios producidos por reformas en la organización del estado y sus funciones y actualización de las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades y las que regulan la moral administrativa.

Objetivos:

* Se enteren de las reformas en la organización del estado y sus funciones;

* Actualicen sus conocimientos respecto de los énfasis de cada administración en su política económica, social y ambiental.

* Se actualicen respecto de las normas y decisiones para la prevención y supresión de la corrupción, y se informen de las modificaciones en materia de inhabilidades e incompatibilidades de los servidores públicos;

* Se renueven frente a los cambios estructurales y culturales de las entidades y sus dependencias;

* Reflexionen sobre los valores y principios propios de la cultura organizacional, tanto los Éticos como los propiamente organizacionales; y renueven su compromiso con la práctica de los mismos;

* Se informen sobre las nuevas disposiciones en materia de administración del talento humano;

* Fortalezcan el sentido de pertenencia e identidad con la entidad;

* Tomen conciencia de los logros alcanzados por la entidad, en los que ellos mismos han participado, y proyecten las acciones, planes y programas que hagan posible la implementación de las políticas gubernamentales.

Aspectos que debe contener

Actualización y avances normativos derivados de la Constitución que inciden en el funcionamiento del Distrito, el Sector Cultura, Recreación y Deporte y la OFB, a cargo de la Oficina Asesora de Jurídica.

Beneficios Alcanzados por el plan de Desarrollo y políticas vigentes dentro de la Administración, a cargo de la oficina Asesora de Planeación;

Redefinición de la misión institucional, establecimiento de metas y procedimientos, simplificación de trámites, diseño de proyectos y sistemas de información, determinación de indicadores de gestión, a cargo de la Oficina Asesora de Planeación.

Revisión, renovación y afianzamiento de los valores que han de sustentar la prestación del servicio público, a cargo de la Oficina Asesora de Planeación.

Metodología

* Diseño del programa a desarrollar;

* Exposiciones breves, sencillas y sólidas a cargo de expertos en los deferentes temas.

* Talleres, consultas de documentos didácticos, lleno de guías, discusión y confrontación de ideas y el aporte de de sugerencias;

* Conversatorios, conclusiones y adopción de compromisos

Responsables: El responsable para que este programa de planee, organice, realice y evalúe es el Profesional Especializado del Área de gestión de Talento Humano. La Oficina Asesora Jurídica y Oficina Asesora de Planeación diseñaran y ejecutaran el programa a desarrollar respecto de los aspectos que debe contener.

Parágrafo: El programa de reinducción, se realizará cuando se produzcan cambios o las necesidades lo ameriten, pero en todo caso, por lo menos se deberá realizar cada dos años a todos los servidores de la OFB.

Artículo 7. La Oficina Asesora de Planeación y el área de Gestión del Talento Humano, diseñarán, establecerán y aplicarán los formatos o ejercicios que permitan evaluar los contenidos más representativos de los programas de orientación al servicio público, de inducción y reinducción, así como los módulos o guías para apoyar su autoaprendizaje, los indicadores de gestión requeridos para hacer seguimiento y evaluación tanto al proceso como al servidor capacitado, los cuales deberán debidamente estandarizados dentro del Sistema Integrado de Calidad.

Parágrafo: De todas las actividades realizadas en ejecución del programa de orientación al servicio público, el de inducción y reinducción en la Orquesta Filarmónica de Bogotá, se deberá dejar constancia y evidencia en los formatos que para el efecto diseñe y adopte la Oficina Asesora de Planeación dentro del Sistema Integrado de Calidad.

Artículo 8. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto de 2011.

MARÍA CLAUDIA PARÍAS DURÁN

Directora General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4740 de septiembre 27 de 2011