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Resolución 56 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/11/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/11/2011
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 56 DE 2011

(Noviembre 22)

"Por la cual se delega la representación del/la Alcalde/sa Mayor en el jurado calificador del concurso de anteproyecto arquitectónico para el diseño de un Dotacional Público de Servicios Sociales de Educación, Cultura e Integración Social de Escala Zonal en la Localidad de Usme."

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C., (D)

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 6° del artículo 4° y el numeral 5° del artículo 10° del Decreto Nacional 2326 de 1995, y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nacional 2326 de 1995 reglamentó la Ley 80 de 1993 en cuanto a los concursos para la selección de consultores de diseño, planos, anteproyectos y proyectos arquitectónicos, y señaló en el numeral 6° del artículo 4° que dentro de las obligaciones de la Entidad Estatal Promotora está nombrar un (1) miembro del Jurado Calificador antes de la iniciación del concurso Arquitectónico, quien deberá ser arquitecto matriculado, diferente del asesor estipulado en el numeral 2° del presente artículo. En caso de que el Alcalde delegue su representación en la Entidad Estatal Promotora, ésta nombrará un segundo representante quien deberá ser arquitecto matriculado, en concordancia con el numeral 4° del artículo 10° del presente decreto.

Que el numeral 4° del artículo 10° del Decreto Nacional 2326 de 1995 señala que el Jurado Calificador está compuesto por un representante del Alcalde municipal, distrital o especial donde se realice el trabajo objeto del Concurso de Arquitectura, quien deberá ser arquitecto matriculado y servidor público. En caso de que el trabajo materia del concurso cubra más de un municipio, el representante será el del Alcalde donde exista la mayor extensión del predio donde se desarrollará el trabajo objeto del Concurso de Arquitectura.

El Alcalde podrá delegar su representación en la Entidad Estatal Promotora, evento en el cual la Entidad Estatal Promotora tendrá dos (2) miembros del Jurado Calificador.

Que la Empresa Industrial y Comercial Metrovivienda mediante la comunicación N° 1-2011-49770 informó que la Secretaría de Educación del Distrito, y las Secretarías Distritales de Cultura, Recreación y Deporte y de Integración Social junto con dicha Empresa contrataron a la Sociedad Colombiana de Arquitectos de Bogotá y Cundinamarca como organismo asesor del concurso de anteproyecto arquitectónico para el diseño de un Dotacional Público de Servicios Sociales de Educación, Cultura e Integración Social de Escala Zonal en la Localidad de Usme, por lo anterior, solicita el nombramiento de un jurado, por parte del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D.C., para el proceso de selección del concurso en mención, de conformidad con el Decreto Nacional 2326 de 1995.

Que dada la especialidad del concurso, la Alcaldesa Mayor delega en la Empresa Industrial y Comercial Metrovivienda, su representación en el jurado calificador. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°-: Delegar en la Empresa Industrial y Comercial Metrovivienda, la representación del/la Alcalde/sa Mayor en el jurado calificador del concurso de anteproyecto arquitectónico para el diseño de un Dotacional Público de Servicios Sociales de Educación, Cultura e Integración Social de Escala Zonal en la Localidad de Usme, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 10° del Decreto Nacional 2326 de 1995.

Artículo 2º-: Remitir copia del presente acto administrativo a la Sociedad Colombiana de Arquitectos y a la la (sic) Empresa Industrial y Comercial Metrovivienda, para que una vez finalice el proceso de selección se informe al/la Alcalde/sa Mayor.

Artículo 3°-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 22 días del mes de noviembre del año 2011.

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada