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Resolución Local Número 459
RESOLUCIÓN LOCAL 459 DE 2011
(Noviembre 18)
"Por la cual se adopta el Plan Ambiental Local de la Alcaldía Local de Bosa".
LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA
En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del articulo 86 del Decreto Distrital Ley 1421 de 1993, numeral 1 articulo 5 del acuerdo 79 del 2003 y el decreto 509 del 2009.
CONSIDERANDO:
Que la administración Distrital expidió el Decreto No. 509 de 2009, por medio del cual adoptó el PACA – Plan de Acción Cuatrienal Ambiental del Distrito Capital, 2009 – 2012.
Que el artículo 7 del mencionado Decreto, señala los lineamientos generales de los Planes Ambientales Locales, estableciendo en el numeral 3 la integración y adopción de los Planes Ambientales Locales, correspondiéndole a cada localidad del Distrito Capital conformar su Plan Ambiental Local integrando los componentes de Diagnostico ambiental local, Priorización de Acciones ambientales y formulación del plan.
Que el Plan Ambiental Local (PAL) se concibe como un conjunto de esfuerzos que la administración hace para mejorar las relaciones entre la comunidad local y su entorno y así garantizar la posibilidad de que generaciones actuales y futuras puedan satisfacer sus necesidades humanas integrales, así como el de congregar a los actores locales frente a un objetivo común.
Que el Diagnostico Ambiental Local permitirá la proyección y Priorización de inversiones de la gestión ambiental a ejecutar en la localidad.
Que mediante la construcción del diagnostico ambiental local se identificaron los principales problemas de los recursos naturales y en general del estado del ambiente en la localidad, así como sus respectivas o posibles causas de deterioro, documento priorizado y aprobado en la comisión ambiental local -CAL-.
Que es necesario desarrollar acciones dirigidas a fortalecer la Gestión Ambiental local, enmarcada en el Plan de Ordenamiento Territorial POT y demás instrumentos de gestión y planificación y promover que todas las acciones de la Alcaldía Local de Bosa respondan a la normatividad y políticas ambientales vigentes y a conductas ambientalmente responsables.
Que teniendo en cuenta las necesidades ambientales locales se hace necesario promover el proceso, adopción, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Ambiental Local de Bosa PAL.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Adoptar el Plan Ambiental Local de Bosa: Adóptese el Plan Ambiental Local de Bosa compuesto por: Un diagnostico ambiental, una priorización de acciones ambientales y la formulación del plan.
ARTÍCULO 2.- Ejecución y seguimiento: Previo al inicio de la ejecución de proyectos definidos en cumplimiento al Plan Ambiental Local de Bosa, se debe realizar la presentación de los mismos en reunión ordinaria de la Comisión Ambiental Local (CAL) para su seguimiento.
ARTÍCULO 3.- Vigencia: El Plan Ambiental Local Tendrá una vigencia de cuatro años contados a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de noviembre del año 2011.
ANA DUNIA PINZON BARON
Alcaldesa Local de Bosa (E.)
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4777 de noviembre 22 de 2011
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