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Resolución 105 de 2011 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Fecha de Expedición:
27/04/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/04/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4784 de diciembre 1 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Número 0105

RESOLUCIÓN 0105 DE 2011

(Abril 27)

"Por medio de la cual se Ordena la Apertura del Programa Único Distrital de Jurados de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para el año 2011 y se delega el desarrollo del Programa".

LA DIRECTORA GENERAL DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las contempladas en los Acuerdos 001 y 002 de 2011 de la Junta Directiva, y.

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia dispone en su Artículo 71 que "La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a cultura. El estado creara incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades".

Que en cumplimiento de lo anterior, el Artículo 17 de la Ley 397 de 1997 establece que "El estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentaran las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos de dialogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica".

Que el artículo 18 de la Ley 397 de 1997, prescribe que "El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos espaciales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo en cada una de las siguientes expresiones culturales: …b. Artes musicales, c. Artes escénicas…", entre otras.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la citada Ley ‘’ Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, definirá y aplicará medidas concretas conducentes a estimular la creación, funcionamiento y mejoramiento de espacios públicos, aptos para la realización de actividades culturales y, en general propiciará la infraestructura que las expresiones culturales requieran..".

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá es un establecimiento público del orden distrital, creado mediante Acuerdo del Concejo Distrital No.71 de 1967, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, cuya máxima autoridad administrativa es la Junta Directiva.

Que el Acuerdo citado, establece en su artículo 4 que la entidad "Estará obligada a prestar sus servicios culturales de conformidad con los planes de la Administración Distrital".

Que según lo establecido en el artículo 90 y siguientes del Acuerdo Distrital 257 de 2006, la Orquesta Filarmónica de Bogotá Integra, el Sector Cultura, Recreación y Deporte, el cual tiene como misión "Garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo. Para los correspondientes efectos se entenderá la cultura como el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan el conglomerado humano que habita en el Distrito Capital y a sus distintos sectores y comunidades y que engloba además de las artes y las letras los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y bajo el reconocimiento de que la cultura es por su propia naturaleza, dinámica y cambiante".

Que en virtud de lo establecido en el Acuerdo 001 de 2011 de la Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá "La Orquesta Filarmónica de Bogotá (OFB), como establecimiento público del Distrito adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene como objeto ejecutar de manera concertada las políticas de la administración distrital mediante la prestación de servicios culturales en el área de música sinfónica, académica y el canto lírico; la difusión y ejecución del repertorio sinfónico universal y nacional y la administración de sus escenarios culturales".

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá tiene como misión "garantizar los derechos culturales de los habitantes del Distrito Capital, fortalecer los procesos y dimensiones de la música sinfónica, académica y el canto lírico así como garantizar el desarrollo y la proyección de la Orquesta Filarmónica de Bogotá con la difusión del repertorio sinfónico nacional e internacional".

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá tiene como misión "Contribuir a la garantía de los derechos culturales y derechos a la cultura de los habitantes del Distrito Capital, fortalecer los proceso y dimensiones de las áreas artísticas de la música, danza y arte dramático, así como garantizar el desarrollo y la proyección de la Orquesta Filarmónica de Bogotá".

Que el documento de Políticas Culturales Distritales 2004-2016 fue aprobado en sesión del Consejo Distrital de Cultura el 13 de noviembre de 2003, "Con el ánimo de alcanzar, hacia el 2016, la visión de Bogotá como región líder en procesos interculturales, democráticos y participativos, propicia para la creación, transformación y valoración de sus cultura, con legislación intercultural adecuada; organizaciones y procesos culturales fuertes; sistemas de información y difusión ágiles y democráticos; actividad cultural, artística y del patrimonio variada, profesionalizada y reconocida socialmente; públicos ampliados, críticos y usuarios de la actividad cultural y sus infraestructuras, y dinámicas culturales, artísticas y del patrimonio en dialogo con la región, la nación y el mundo".

Que las políticas culturales distritales previstas para el periodo 2004-2016 han permitido que tanto el Estado como la sociedad civil cuenten con un referente fundamental de política para llevar a cabo los procesos de organización. Planeación, fomento e información propios de la dinámica cultural de la ciudad y dar respuestas a las problemáticas más significativas del sector. Se enmarcan en un conjunto de principios y comprenden unas líneas y acciones que, articuladas entre si, orientan sus espacios, instancias, procesos y dimensiones del campo cultural y establecen prioridades para Ios planes de acción de las instancias y organizaciones culturales públicas y privadas del Distrito Capital. Las líneas de política se agrupan en torno a cuatro ejes: legislativo, organizacional, comunicacional y de la información, y de Ios procesos culturales, artísticos y del patrimonio.

Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá, requiere contar con la participación de personas de reconocida trayectoria e idoneidad, que actúen como jurados del Programa Distrital de Estímulos, con el fin de evaluar y garantizar la selección de las mejores propuestas en desarrollo de las Convocatorias que hagan parte del mismo.

Que en cumplimiento de lo anterior, la Orquesta Filarmónica de Bogotá mediante Resolución 047 del 9 de marzo de 2011, ordenó la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2011", con el propósito de fomentar y fortalecer la realización de proyectos de creación, circulación, formación, gestión e investigación, que impacten de manera positiva el desarrollo del sector profesional de las prácticas de música sinfónica, académica y el canto lírico, así como su reconocimiento, apropiación y valoración como disciplina y ámbito de conocimiento.

Que en el Plan de Acción del Proyecto de Inversión Fomento a la Música Sinfónica para la vigencia fiscal 2011, dentro del plan de Estímulos al Sector de Música Académica y Música Sinfónica, se encuentra incluido el Programa Único Distrital de Jurados, con recursos por valor de VEINTIDOS MILLONES DE PESOS ($22.000.000)M/CTE

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ordenar la Apertura del Programa Único Distrital de Jurados 2011 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, por un valor de VEINTIDOS MILLONES DE PESOS ($22.000.000) M/CTE, con el objeto de reconocer un estímulo a las actividades artísticas y culturales de los jurados que participarán en la selección de las mejores propuestas en el desarrollo de las Convocatorias del Programa Distrital de Estímulos 2011 de la Orquesta filarmónica de Bogotá.

ARTÍCULO 2°.- Delegar en el Subdirector Sinfónico de la Orquesta Filarmónica de Bogotá el desarrollo del Programa Distrital de Jurados, que comprende entre otros, definir el perfil de los jurados; señalar el valor del reconocimiento económico, que en su totalidad no podrá superar el presupuesto estimado para el Programa Único Distrital de Jurados 2011; adelantar el proceso de selección de conformidad con los procesos y procedimientos establecidos y efectuar los reconocimientos económicos, previo el cumplimiento de los requisitos administrativos y presupuestales para tal fin.

ARTÍCULO 3°.- Comunicar el contenido de la presente Resolución al subdirector Sinfónico y ordenar su publicación en la página Web y carteleras de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede recurso alguno.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de abril del año 2011.

MARÍA CLAUDIA PARIAS DURÁN

Directora General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4784 de diciembre 1 de 2011