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RESOLUCIÓN 471 DE 2011 (Octubre 24) Derogada por el art. 1, Resolución FVS 135 de 2013 "Por la cual se adopta el Manual de Compras Públicas Sustentables en el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C.". EL GERENTE DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ En uso de sus facultades legales y en especial, las conferidas por el literal b del Artículo 9º del Acuerdo 28 de 1992 y el Acuerdo 003 de 2007 promulgado por la Junta Directiva del F.V.S y, CONSIDERANDO: Que en virtud del Acuerdo Distrital No. 28 de 1992, el Fondo de Vigilancia y Seguridad, es un establecimiento público descentralizado del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, en concordancia con lo estipulado en el Acuerdo Distrital No. 257 de 2006. Que el Acuerdo 003 de 2007 (Por el cual se determina el objeto, la estructura organizacional y las funciones del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C, -FVS- y se dictan otras disposiciones); el F.V.S, tiene como función ejecutar los componentes de la política pública de seguridad ciudadana en el Distrito Capital, a través de la adquisición de bienes y servicios, la construcción y/o adecuación de equipamientos, el mantenimiento y sostenimiento de los mismos, la formación institucional del personal y las actividades relacionadas con la óptima ejecución de los proyectos de inversión para garantizar y potencializar las acciones de prevención, conservación y mantenimiento del orden público, de seguridad ciudadana y defensa dentro del perímetro de Bogotá como Ciudad-Región. Que el artículo 6° del Decreto 2400 de 1968 que establece que "son deberes de los empleados respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y los reglamentos; desempeñar con solicitud, eficiencia e imparcialidad las funciones de su cargo, vigilar y salvaguardar los intereses del Estado. Que mediante Resolución No. 351 de 2009, se incluyó la Política Ambiental del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, la cual señala que "el Fondo es una entidad orientada hacia el mantenimiento de la seguridad ciudadana y la defensa dentro del perímetro de Bogotá como ciudad región, en la cual se debe garantizar entre otras, la sostenibilidad ambiental de las inversiones realizadas para la compra de predios y construcciones de equipamientos de Plan Maestro como son: Estaciones de Policía, Comandos de Atención Inmediata CAI y Casas de Justicia entre otros". Que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 "prosperidad para todos", en el cual se expide: "Se hace necesario el cambio en los patrones insostenibles de producción y consumo, por tanto, se optimizara el uso de recursos, con prioridad en agua y energía, se fomentan procesos productivos mas sostenibles y se disminuirá la generación de residuos contaminantes. Para ello, se requiere: a. establecer acciones para reducir la intensidad energética (consumo nacional de energía total/PIB; b. promover la utilización de energías alternativas (solar, eólica, geotérmica, entre otras); c. promover la adopción de planes institucionales de gestión ambiental y fomentar compras verdes estatales en el orden nacional y regional; d. fomentar la certificación ambiental bajo esquemas ISO 14001 o similares y la construcción de reportes medioambientales utilizando esquemas internacionales reconocidos internacionalmente; e. promover y reglamentar las auto declaraciones, para diferenciar e impulsar la demanda de bienes y servicios con mejor desempeño ambiental f. ajustar la regulación e incentivos para fomentar el aprovechamiento y valoración de residuos sólidos; g. expedir normas post consumo para gestión de residuos prioritarios o bienes de consumo masivo; h. construir esquemas de certificación y nuevas categorías que puedan optar por el sello ambiental colombiano. Que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Distrital No. 456 de 2008 "Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" y el instrumento de planificación ambiental Plan Institucional de Gestión Ambiental implementado en el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.-ADOPCIÓN. Adoptar el Manual de Compras Públicas Sustentables en el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C., documento que hace parte integral de la presente resolución. El cual garantizará al interior de la Entidad el fortalecer la implementación y desarrollo del Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA para el cumplimiento de la política ambiental y demás objetivos institucionales. PARÁGRAFO. Los cambios de versión y/o actualización de los Procesos y Procedimientos que componen el presente Manual, se realizarán de acuerdo al control de documentos y registros que se lleva a cabo para el Sistema de Gestión de Calidad de la entidad y por lo tanto no requieren acto administrativo de adopción. ARTÍCULO SEGUNDO.- CAMPO DE APLICACIÓN. El Manual que se adopta a través de la presente decisión administrativa se deberá aplicar en todos los procesos precontractuales y contractuales que adelante el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C y que se encuentren vigentes en el marco de los manuales de procesos y procedimientos adoptados en su última versión disponible. ARTÍCULO TERCERO.-PUBLICIDAD. El Manual de Compras Públicas Sustentables, se divulgará a los servidores públicos y contratistas que laboran en el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C. a través de los medios de comunicación en cumplimiento del protocolo de comunicaciones del Sistema Integrado de Gestión –SIG- de la entidad. ARTÍCULO CUARTO.- Ordenar que el presente acto administrativo sea publicado en la Gaceta Distrital y disponer la publicación del mismo en la página web del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá dentro de los cinco días siguientes a su expedición conforme a lo señalado en el artículo 7 de la Ley 962 de 2005. ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de su fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de octubre del año 2011. MAURICIO FERNANDO SOLANO SÁNCHEZ Gerente F.V.S NOTA: Publicada en el Registros Distrital 4777 de noviembre 22 de 2011 |