Que con el propósito de honrar a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios a la república o a la ciudad, el Alcalde Mayor de Bogotá, en representación de la ciudadanía, mediante los Decretos 693 de 1971 y 480 de 1991, creó la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial.
Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" de conformidad con el artículo 7 del Decreto 693 de 1971, aprobó otorgar la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en el Grado de Gran Oficial, a la Confederación General del Trabajo C.G.T.
Que el artículo 39 de la Constitución Política señala que los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado.
Que la Confederación General del Trabajo C.G.T. propende por alcanzar la dignificación del trabajo para lograr el objetivo de un trabajo decente para una vida digna de los/las trabajadores/as y la población en general; y lucha por la desaparición de la explotación del hombre por el hombre.
Que dentro de los fines de la Confederación están trabajar por el mejoramiento social, económico y cultural de los trabajadores y trabajadoras, y el pueblo en general, sin discriminación de sexo, raza, credo, condiciones políticas o sociales; impulsar campañas y propender por la ratificación de los convenios de la OIT, y velar por su cumplimiento; y luchar porque las relaciones capital – trabajo y los conflictos que de ella se deriven sean resueltos favorablemente a los interesas de los trabajadores y trabajadoras, que favorezcan la producción nacional, y trabajar por el fortalecimiento del movimiento sindical.
Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hace un justo reconocimiento a la Confederación General del Trabajo C.G.T. por promover el trabajo decente
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Otórgase la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial a la Confederación de Trabajadores de Colombia C.G.T. por promover el trabajo digno.
Artículo 2º.- En ceremonia especial la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración y copia del presente decreto en nota de estilo al señor Julio Roberto Gómez Esguerra, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de la C.G.T.
Artículo 3º.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de diciembre del año 2011
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Alcaldesa Mayor Designada – Gran Maestre
MARIELA BARRAGÁN BELTRAN
Secretaria Distrital de Gobierno – Gran Canciller