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Decreto 707 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/08/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2213 del 23 de agosto de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM07072000

DECRETO 707 DE 2000

(Agosto 23)

Por el cual se corrige el plano oficial de zonificación número 1 del Decreto 271 del 16 de abril de 1997 y se define el polígono de reglamentación del predio denominado «El Caramely».

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 38, -numeral 4- del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 384 del Acuerdo 6 de 1990 y,

CONSIDERANDO:

Que en el Plano N°. 1 del Decreto 271 del 16 de abril de 1997, por error, se asignó un uso recreativo privado al predio denominado «El Caramely», por la colindancia con el Club el Polo, cuando en realidad es un predio de carácter privado, que no ha pertenecido a dicho Club y, por lo tanto, no ha desarrollado actividad recreativa de ninguna índole.

Que el predio motivo de la solicitud está ubicado sobre la Autopista del Norte, a la altura de la Calle 199, al costado occidental del Club el Polo y aparece debidamente incorporado en el plano topográfico N° U. 44/1-16, aprobado por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, en el cual figuran los límites reales del mismo.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Corregir el plano de zonificación No. 1 del Decreto 271 del 16 de abril de 1997, en el sentido de definir como polígono de reglamentación del predio «El Caramely», identificado en el plano topográfico No. U. 44/1-16, el polígono I-RE-(CR).

ARTÍCULO 2o.- El predio «El Caramely», continuará rigiéndose por el Decreto 271 de abril 16 de 1997, según el polígono asignado en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3o.- Ordenar al Departamento Administrativo de Planeación Distrital que modifique el plano N°. 1, anexo del Decreto 271 del 16 de abril de 1997, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto.

ARTÍCULO 4o.- Este Decreto rige a partir de su publicación en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de obras y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil (2000).

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C.

MARÍA CAROLINA BARCO DE BOTERO

Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital N° 2213 de 23 de agosto de 2000.