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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 038 DE 2011 (Diciembre 28) "Por la cual se designa la figura de Gestor Ambiental para la Contraloría de Bogotá, D.C.". EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los Acuerdos 243, 333 y 361 de 2009; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 456 de 2008 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, modificado por el Decreto 509 de 2009, se reformó el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital PGA y se estableció la política pública ambiental, junto con la corresponsabilidad, los objetivos, las estrategias y los principios de la gestión ambiental del Distrito Capital y la armonización del PGA con otros planes de la capital, entre otros temas. Que el Acuerdo N° 333 de 2008, expedido por el Concejo de Bogotá, implementa la figura de Gestor Ambiental, con el objeto de reducir los costos ambientales en las Entidades de la Capital, estableciendo la definición y los parámetros para su designación por parte de las Directivas de cada Entidad. Que el Decreto Distrital 243 de 2009, reglamentó la figura del Gestor Ambiental prevista en el Acuerdo 333 de 2008, con el objetivo de realizar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por las actividades de las entidades del Distrito Capital, señalando los requisitos para su designación, así como, sus funciones, deberes y participación en el sistema ambiental de la ciudad capital. Que el artículo 43 del Acuerdo 361 de 2009, consagra como función de la Subdirección de Servicios Administrativos, dirigir la administración, mantenimiento y vigilancia de las instalaciones de los edificios sedes de la Contraloría de Bogotá D.C y su titular reúne el perfil técnico requerido para desempeñarse además como gestor ambiental. En mérito de lo expuesto RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Designar como Gestor Ambiental de la Contraloría de Bogotá D.C., al (la) Subdirector (a) de Servicios Administrativos de la Entidad, actualmente en cabeza de la Doctora Luz Nery Bácares de Olarte, identificada con la cédula de ciudadanía número 23.778.512. PARÁGRAFO. Cuando se presente cambio temporal o definitivo en la titularidad del cargo de Subdirector de Servicios Administrativos, se comunicará a la Secretaría Distrital de Ambiente, en observancia de lo previsto en el artículo 4° del Decreto 243 de 2009, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones del gestor ambiental al momento de separarse de la función. ARTÍCULO SEGUNDO.- El gestor ambiental designado cumplirá las funciones y deberes contemplados en los artículos 5° y 6° del Decreto 243 de 2009, encaminándose a la reducción de costos ambientales y al seguimiento y control del impacto ambiental de las actividades de la Entidad, siguiendo los lineamientos establecidos por el sistema ambiental del Distrito Capital. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C. a los 28 días del mes de diciembre del año 2011. CLARA ALEXANDRA MÉNDEZ CUBILLOS Contralora de Bogotá D.C. (E.) NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4803 de diciembre 29 de 2011 |