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DECRETO LOCAL 007 DE 2012
(Febrero 13)
"Por el cual se Integra el Consejo de Planeación Local de la Localidad Rafael Uribe Uribe de conformidad con lo estipulado en el Acuerdo No. 13 de junio 26 de 2000 del Concejo de Bogotá"
LA ALCADESA (Sic) LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 7° del Acuerdo No. 13 de 2000
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo dispuesto en el Artículo 5° Capítulo II del Acuerdo No. 13 de 2000 se deberá crear e integrar el Consejo de Planeación en cada Localidad, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la instancia de planeación, integrado por un representante de las siguientes organizaciones:
* Asociación de Juntas de Acción Comunal.
* Asociación de Padres de Familia.
* Gerentes de Establecimientos de Salud Pública.
* Rectores de establecimientos educativos
* Organizaciones Ambientales.
* Organizaciones de Comerciantes.
* Organizaciones de Industriales.
* Organizaciones Juveniles.
* Organizaciones No Gubernamentales.
* Organizaciones Indígenas
* Organizaciones Afrodecendientes
* Organizaciones de Adulto Mayor y/ pensionados (Acuerdo Distrital 436 de 2010)
* Consejo Tutelar de los Derechos de los niños y las niñas. (Acuerdo 110 de 2003)
Que en virtud de la circular 001 y 007 de 2012 de la Secretaria Distrital de Gobierno, La Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe acató las recomendaciones contenidas en dichas circulares y de esta forma realizó invitaciones para la conformación amplia, democrática e incluyente de los diversos sectores sociales que no están enunciados en el acuerdo 13 del 2000, y por lo tanto, se consideraron en la Resolución Local Nº 002 y Nº 122 de 2012 los siguientes sectores y/o grupo de organizaciones:
* Consejo Local de Juventud
* Consejo Local de Mujer y Género.
* Consejo local de Cultura, Arte y Patrimonio.
* Consejo local de Deportes.
* Consejo Local de envejecimiento y Vejez.
* Consejo local de niños y niñas.
* Consejo Local de discapacidad.
* Consejo consultivo local de política educativa.
* Comisión Ambiental local.
* Organizaciones de población en condición de desplazamiento.
* COPACO local.
* Asociación de Usuarios del hospital de Rafael Uribe Uribe.
* Organizaciones de Derechos Humanos.
* Organizaciones de población LGBTI.
* Organizaciones promotoras de la política de seguridad Alimentaría.
* Organizaciones de medios alternativos y comunitarios.
* Organizaciones de Mujeres
* Organizaciones que promueven la gestión social del riesgo, y/o el Derecho al Hábitat y al territorio.
Que se realizó la convocatoria ciudadana por parte de la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe para la conformación del Consejo de Planeación Local, de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo No. 13 de 2000 Artículo 6°, Circular Nº 001 de 2012 de la Secretaría Distrital De Gobierno, y reglamentada mediante al(Sic) resolución Local Nº 001 del 5 de enero de 2012, Resolución Local Nº 002 del 11 de Enero del 2012 y la resolución local Nº 122 del 31 de Enero del 2012.
Que una vez vencidos los términos de acreditación e inscripción por parte de las distintas organizaciones contempladas en el Acuerdo No. 13 de 2000 Capítulo II Artículo 5° y Resoluciones Local Nº 122 de 2012, fueron inscritos un total de ciento sesenta y un (161) representantes de organizaciones locales de los distintos sectores.
Que una vez realizada la elección de cada uno de los representantes de los distintos sectores al Consejo de Planeación Local de acuerdo a las calidades estipuladas en el Artículo 8° y los términos del Artículo 6° del Acuerdo No. 13 de 2000, la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe:
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Intégrese el Consejo de Planeación Local de la Localidad de Rafael Uribe Uribe, el cual estará conformado por los representantes de los siguientes sectores, así:
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SECTOR |
DELEGADO PRINCIPAL |
DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
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ASOJUNTAS |
RODNEY FITZGERALD MOORE FORERO |
79,389,052 |
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ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA |
AURA ROSA HERRERA |
41,741,542 |
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ORGANIZACIONES JUVENILES |
JEAN PAUL FRANCO |
80,206,754 |
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RECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS |
JOSE LUIS RAMIREZ CALDERÓN |
19,355,602 |
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COMERCIANTES |
JUAN GONZALEZ |
19,125,108 |
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DELEGADO HOSPITAL RUU |
EMILCE CASTILLO MARIN |
52,189,951 |
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INDUSTRIALES |
TITO TURGA AVILA |
17,028,515 |
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ONG |
AURA JOULIN MELO |
1,032,447,190 |
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ORGANIZACIONES AMBIENTALES |
YAMID ACOSTA |
92.558.022 |
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ADULTOS MAYORES |
JOSE MOISES ECHEVERRY AMADOR |
19,163,252 |
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CONSEJO TUTELAR |
JONATHAN BERNAL |
80.165.879 |
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COMUNIDADES INDIGENAS |
AGUSTIN AGREDA |
79.471.279 |
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COMUNIDADES AFRODESCENDIENTES |
EUCARIS MURILLO |
38.941.105 |
ARTÍCULO SEGUNDO.- Participarán en calidad de voceras y voceros delegados, según la circular Nº 001 y 007 de 2012, de la secretaria Distrital de Gobierno y la Resolución Local Nº 001 y Nº 12 de 2012, los representantes de los siguientes sectores y/o grupo de organizaciones:
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DELEGADOS Y DELEGADAS EN CALIDAD DE INVITADOS |
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CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD |
DUBER GUEVARA |
1023904335 |
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CONSEJO LOCAL DE MUJER Y GENERO |
MARIA DE JESUS ERIRA CUASTUMAL |
27,104,789 |
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CONSEJO LOCAL DE ARTE, CULTURA Y PATRIMONIO |
JHON ALEXANDER GONZALEZ |
79,761,732 |
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CONSEJO LOCAL DE DEPORTES |
DIEGO ERMITH CORREDOR LOPEZ |
79,633,450 |
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CONSEJO LOCAL DE VEJEZ Y ENVEJECIMIENTO |
JOSE RAUL VENEGAS |
2.919.894 |
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CONSEJO LOCAL DE NIÑOS Y NIÑAS |
YURITZA TOVAR H. |
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CONSEJO LOCAL DE DISCAPACIDAD |
LUIS ARMANDO LESMES BERNAL |
19,462,739 |
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ORGANIZACIONES DE DESPLAZADOS |
JAIRO CAYCEDO GRUESO |
16,472,290 |
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COPACO |
LUZ YOLANDA MARTINEZ |
51,821,534 |
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ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL HOSPITAL RUU |
ALVARO RODRÍGUEZ |
17,062,802 |
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COMISION AMBIENTAL LOCAL - CAL |
DAVID APERADOR |
80,214,732 |
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ORGANIZACIONES DE DERECHOS HUMANOS |
EDGAR RODRIGUEZ |
19188210 |
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ORGANIZACIONES DE POBLACION LGBTI |
LELLAR ALFREDO COBOS GONZALEZ |
80,748,975 |
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ORGANIZACIONES PROMOTORAS DE LA POLITICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA |
ALCIRA SILVA MORA |
52,060,738 |
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MEDIOS ALTERNATIVOS Y COMUNITARIOS |
PEDRO CARVAJAL |
17,624,699 |
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ORGANIZACIONES PROMOTORAS DEL DERECHO AL HABITAT Y AL TERRITORIO |
CARLOS JULIO MOYA PRIETO |
79,515,473 |
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ORGANIZACIONES DE MUJERES |
ROSANA GARZÓN ALARCÓN |
41,785,879 |
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CONSEJO CONSULTIVO LOCAL DE POLITICA EDUCATIVA |
Por definir |
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ARTÍCULO TERCERO.- Los miembros del Consejo de Planeación Local tendrán un período igual al término del Plan de Desarrollo Local conforme a lo establecido en el Artículo 9° del Acuerdo No. 13 de 2000.
Parágrafo.- En caso de faltas absolutas de los Consejeros de Planeación Local, en el caso en que se haya elegido una o un suplente, este reemplazará a la persona delegada, en caso en que no exista la figura de suplente, se convocará a elección a las personas inscritas por el respectivo sector, de no postularse ningún aspirante o no presentarse ningún inscrito y de no haber quórum necesario se designará a la persona por parte del alcalde o alcaldesa Local. En todo caso el período de los consejeros no podrá ser superior a lo escrito en el inciso anterior.
ARTÍCULO CUARTO.- El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en el artículo 10° y 11° así como con las demás disposiciones que rigen el Acuerdo No. 13 de 2000.
ARTÍCULO QUINTO.- Este Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 13 días del mes de febrero del año 2012.
MARTHA JANNETH BOLÍVAR GUZMÁN
Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4838 de febrero 17 de 2012
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