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Decreto Local 5 de 2012 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
13/02/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4854 de marzo 12 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Local Número 05

DECRETO LOCAL 05 DE 2012

(Febrero 13 (sic))

Por medio del cual se conforma e instala el Consejo de Planeación Local de Teusaquillo, periodo 2012 -2015

EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO

En cumplimiento de sus funciones y atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por los numerales 1 y 13 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1.993 y el artículo 7 del Acuerdo 13 de julio de 2000

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia establece dentro de los fines del Estado el de facilitar la participación ciudadana de todos en las decisiones que lo afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural.

Que el artículo 40, numeral 2 de la Constitución Política de Colombia establece el derecho que tiene todo ciudadano a tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas, consultas populares y otras formas de participación democrática.

Que el artículo 19 de la Constitución política proporciona a los ciudadanos los instrumentos y mecanismos para el ejercicio de la participación ciudadana, que le permiten intervenir directamente en el proceso social, en el encuentro de diversas fuerzas sociales con finalidades e intereses contrapuestos, ayudando a la construcción de la vida colectiva para que el poder popular contribuya a combatir la pobreza, la violencia y la corrupción originadas por fallas estructurales.

Que el Acuerdo 110 de 2003 creo los Consejos Tutelares, en el parágrafo del artículo 5 establece que los consejos tutelares elegirán sus representantes en los Consejos Distrital y Local de Planeación.

Que la Ley 152 de 1994 - Planeación Orgánica- establece los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo., la misma Ley considera fundamental lograr una buena formulación del plan y que éste sea realmente participativo, que integre las aspiraciones y propósitos colectivos.

Que el Decreto Ley 1421 en su artículo 6 promueve la organización de los Habitantes y comunidades.

Que el Acuerdo 13 de 26 de julio de 2000, reglamentó la participación ciudadana en la elaboración aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de desarrollo económico y social para las diferentes localidades que conforman el distrito capital.

Que el citado Acuerdo determinó que los Consejos de Planeación Local tienen naturaleza de ente consultivo y son instancia de Planeación en la localidad, estableciendo los sectores que deben tener asiento en el mismo.

Que el Alcalde Local, Dr. JUAN CARLOS ALMONACID MARTINEZ, con base en el Acuerdo 13 de 2000 Artículos 6, 7, 8, 9, y en concordancia con la circular No.001 del 6 de Enero de 2012 de La Secretaria Distrital de Gobierno y el correo enviado el 9 de Febrero por el IDPAC, relacionado con la participación de las Organizaciones de las comunidades indígenas y Étnicas en el CPL, convoco a los sectores a una reunión para el 09 de febrero de 2012 con el propósito de elegir los delegados para conformar el Consejo Local de Planeación.

Que mediante acta del 09 de Febrero/12 "Elección de Representantes por cada Sector al Consejo de Planeación Local", se culminaron las asambleas de los sectores donde eligieron a sus delegados, quedando conformado el CPL de Teusaquillo de la siguiente manera:

ORGANIZACIONES

REPRESENTANTE

C.C. NUMERO

1

Asociaciones de Padres de Familia

Luz Myriam Chaparro Amaya

51.826.969

2

Asociación de Juntas de Acción Comunal

Alberto Hidalgo

19.314.444

3

Organizaciones Juveniles

Diana Katherine Ortega C.

1.010.170

4

Rectores de Establecimientos educativos

Fernando Arturo Soler López

19.056.999

5

Organizaciones de Comerciantes

Omar Riaño

79.667.515

6

Organizaciones Industriales

VACANTE

7

Gerentes Instituciones de Salud

Jorge Leonardo Bustos Barco

79.500.549

8

Organizaciones No Gubernamentales – ONG

Hernán Giménez

268.170

9

Organizaciones Ambientales

Arturo Sánchez Andrade

19.148.359

10

Organizaciones Indígenas y Étnicas

Fady Ortiz Roca – Raizal

Yaledis Pino Valoyes – Afro

Claudino Pérez T. – Indígenas

18.011.366

1.026.554.649

6.715.576

11

Concejo Tutelar Derecho de los Niños

Carlos Rodríguez Holguín

79.568.717

12

Organizaciones de Adulto(a) Mayor y/o Pensionados

Gladys Erfidia López Rosas

Ángela Escobar de Gutiérrez

41.397.658

41.562.555

Organizaciones que se incorporan al proceso mediante la circular No.001 del 6 de Enero de 2012 en calidad de invitados:

1

Mujeres

María Isabel Castillo Cabrera

41.738.891

2

Consejos locales y demás expresiones sociales, culturales, de victimas, de convivencia y de paz

Pedro Enrique Díaz Herrera

19.284.334

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÌCULO PRIMERO. Confórmese el Consejo de Planeación Local de la Localidad de Teusaquillo con los representantes relacionados en las consideraciones del presente Decreto, que quedará compuesto por representantes de las siguientes organizaciones:

1. Asociaciones de Padres de Familia.

2. Asociación de Juntas de Acción Comunal.

3. Organizaciones Juveniles.

4. Rectores de Establecimientos educativos.

5. Organizaciones de Comerciantes.

6. Organizaciones Industriales.

7. Gerentes Instituciones de Salud Publica local.

8. Organizaciones No Gubernamentales.

9. Organizaciones Ambientales.

10. Organizaciones Indígenas y Étnicas.

11. Concejo Tutelar Derecho de los Niños.

12. Organizaciones de Adulto(a) Mayor y/o Pensionados.

Organizaciones que se incorporan al proceso mediante la circular No.001 del 6 de Enero de 2012 en calidad de invitados:

1. Mujeres.

2. Consejos locales y demás expresiones sociales, culturales, de victimas, de convivencia y de paz.

ARTÌCULO SEGUNDO. Instalar el Consejo de Planeación Local de Teusaquillo, para el periodo 2012 – 2015.

ARTÍCULO TERCERO. Teniendo en cuenta lo previsto en el inciso tercero del artículo 6 del Acuerdo No. 13 de 2000, el Alcalde Local designará un representante de las organizaciones que no acreditaron en el plazo previsto representantes para su sector.

ARTÍCULO CUARTO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de febrero de dos mil doce (2012).

JUAN CARLOS ALMONACID MARTÍNEZ

Alcalde Local de Teusaquillo

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4854 de marzo 12 de 2012.