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CISS00122001
CIRCULAR No. 12
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PARA: |
DIRECTORES, JEFES DE OFICINA, JEFES DE ÁREA, JEFES DE GRUPO, SUPERVISORES Y CONTRATISTAS. |
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DE: |
SECRETARIO DE DESPACHO. |
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ASUNTO: |
EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES DE CONTRATOS. |
28 DE FEBRERO DE 2001
Ver la Resolución del Fondo Financiero de Salud 970 de 2001
Con el ánimo de aclarar y unificar las Circulares Nos. 007 y 011 de 2000 donde se establecen procedimientos a tener en cuenta para la expedición de certificaciones de contratos suscritos con la Secretaria Distrital de Salud y/o Fondo Financiero Distrital de Salud, en adelante se procederá así:
- Cuando se trate de expedición de certificaciones de contratos (con o sin formalidades plenas) que se encuentren en ejecución, en las que se solicite el cumplimiento del objeto y las obligaciones parciales desarrolladas por el contratista, éstas serán expedidas por el correspondiente supervisor, con el visto bueno del Director o Jefe de oficina en el cual se desarrolle el objeto contratado.
- Cuando la solicitud de certificación se haga respecto de contratos (con o sin formalidades plenas) debidamente ejecutoriados en los que el contratista haya rendido informe final y el supervisor lo haya remitido a la Oficina Jurídica o a la Dirección Administrativa, dependencias donde reposa el expediente del contrato, dichas certificaciones serán emitidas, partiendo de la documentación e información que repose en el expediente del contrato, por:
- El Jefe de la Oficina Jurídica cuando se trate de cualquier tipo de contratos con formalidades plenas o contratos de prestación de servicios sin formalidades plenas.
- El Jefe de la Dirección Administrativa, cuando se trate de los demás contratos sin formalidades plenas, como: órdenes de compra, de trabajo, de obra, de suministro, etc.
Cordialmente,
JOSÉ FERNANDO CARDONA URIBE
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