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Resolución Número 149
RESOLUCIÓN 149 DE 2012
(Marzo 8)
"Por medio de la cual se establece el procedimiento para seleccionar los mejores equipos de trabajo de la Secretaría Distrital de Gobierno para la vigencia 2012".
EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por la Ley 909 de 2004 y los Decretos 1567 de 1.998 y 1227 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el parágrafo del artículo 36 de la ley 909 de 2004, dispone que con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrollen la precitada ley.
Que el artículo 38 de la ley 909 de 2004, literales c) y d) establecen que los resultados de la evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera administrativa deberán tenerse en cuenta entre otros aspectos, para conceder becas o comisiones de estudio y otorgar incentivos económicos o de otro tipo.
Que el artículo 48 de la Ley 909 en el numeral 4º estipula:
"Los gerentes públicos formularán, junto con los funcionarios bajo su responsabilidad y en cumplimiento de las políticas gubernamentales, así como las directrices de los jefes del organismo o entidad respectiva, las políticas públicas o las acciones estratégicas a cargo de la entidad y serán responsables de su ejecución. En tal sentido, darán las instrucciones pertinentes para que los evaluadores tengan en cuenta en la evaluación del desempeño los resultados por dependencias, procesos y proyectos".
Que el Decreto Ley 1567 de 1998 en su artículo 14, literales "c) y d)", expone como finalidades del sistema de estímulos los siguientes:
" c) Estructurar un programa flexible de incentivos para recompensar el desempeño efectivo de los empleados y de los grupos de trabajo de la entidades.
d) Facilitar la cooperación interinstitucional de las entidades públicas para la asignación de incentivos al desempeño excelente de los empleados".
Que entre los fundamentos del Sistema de Estímulos, aplican los principios de objetividad y transparencia, de conformidad con el artículo 15 literal d) del Decreto Ley 1567 de 1998 que dispone:
"Los procesos que conduzcan a la toma de decisiones para el manejo del programa de bienestar e incentivos deberán basarse en criterios y procedimientos objetivos, los cuales serán conocidos por todos los miembros de la entidad".
Que el artículo 34 del Decreto Ley 1567 de 1998 establece como responsabilidad del jefe de cada entidad, adoptar y desarrollar internamente los planes anuales de incentivos institucionales, incluyendo en ellos por lo menos seis de los incentivos señalados en el artículo 33 del citado decreto.
Que el artículo 69 del Decreto 1227 de 2005 sobre el sistema de estímulos, señala:
"Las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través del programa de bienestar social".
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 77 del Decreto 1227 de 2005, se entiende por equipo de trabajo el grupo de personas que laboran en forma interdependiente y coordinada, aportando las habilidades individuales requeridas para la consecución de un resultado concreto, en el cumplimiento de los planes y objetivos institucionales.
Que el Jefe de cada entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales el cual incluirá los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores equipos de trabajo.
Que el artículo 79 del mencionado decreto, señala:
"Cada entidad establecerá el procedimiento para la selección de los mejores empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción, así como para la selección y evaluación de los equipos de trabajo y los criterios a seguir para dirimir los empates, con sujeción a lo señalado en el presente decreto".
Que en desarrollo de lo anterior, la Secretaría Distrital de Gobierno debe establecer el procedimiento para la selección y evaluación de los mejores equipos de trabajo, para procurar el cumplimiento de los fines del programa de incentivos y de esta forma garantizar y velar por la utilización adecuada de los recursos públicos orientados a este fin.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE LOS MEJORES
PROYECTOS DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO
ARTÍCULO 1º.- Requisitos para la conformación de los equipos de trabajo: Para conformar los equipos de trabajo los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, D.C., deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Durante el desarrollo de las actividades de mejores equipos de trabajo los funcionarios participantes, deben actuar bajo los principios y valores establecidos en el Ideario Ético en coherencia con el programa "Me Pido Servir".
b) Estar inscritos en Carrera Administrativa y/o ser de libre nombramiento y remoción.
c) Haber laborado en la entidad un tiempo no inferior a un (1) año.
d) No haber sido sancionados disciplinariamente, en el año inmediatamente anterior a la fecha de la integración del equipo.
e) Los integrantes del equipo de trabajo solamente podrán hacer parte de un equipo.
f) Los equipos de trabajo deberán conformarse con un mínimo de tres (3) y máximo cinco (5) personas. Se designará un representante por cada equipo de trabajo, quien será el canal de comunicación entre las áreas competentes y el equipo mismo.
g) Los equipos de trabajo podrán estar conformados por empleados de diferentes niveles jerárquicos y dependencias (Alcaldías Locales, Cárcel Distrital y Nivel Central) de la Secretaría Distrital de Gobierno.
h) El equipo debe inscribirse ante la Dirección de Gestión Humana de la Secretaría Distrital de Gobierno con el visto bueno de cada uno de los jefes inmediatos de los integrantes del equipo.
PARÁGRAFO 1: El desarrollo del proyecto no podrá afectar el cumplimiento de las funciones de quienes integran los equipos de trabajo.
PARÁGRAFO 2: En el evento que un empleado se retire del grupo o no cumpla con alguno de los literales anteriores, podrá reemplazarse por otro funcionario o continuar con el número de personas que lo conformen en el momento, siempre y cuando el grupo conserve el mínimo de tres (3) integrantes; en todo caso el representante del equipo comunicará a la Dirección de Gestión Humana por escrito sobre las razones del retiro y su reemplazo si es del caso.
PARÁGRAFO 3: Los requisitos antes señalados, serán verificados por la Dirección de Gestión Humana y su incumplimiento no permitirá la inscripción formal del proyecto.
ARTÍCULO 2º.- Criterios de Participación: Como criterios de participación del concurso de mejores equipos de trabajo se establecen los siguientes:
a) Los funcionarios que laboran en las alcaldías locales, no podrán desarrollar el proyecto en la localidad en que laboran.
b) La Secretaría Distrital de Gobierno seleccionará las alcaldías locales que serán objeto de intervención y las asignará aleatoriamente a los equipos de trabajo.
c) Los equipos de trabajo, contarán con tutoría para el desarrollo de los proyectos. El grupo de tutoría, estará conformado por un (1) representante de la Oficina de Control Interno, tres (3) de la Dirección de Planeación y Sistemas de Información y dos (2) de la Dirección de Gestión Humana.
d) La Secretaría Distrital de Gobierno - Dirección de Planeación y Sistemas de Información, a través del grupo Tutor entregará a cada equipo participante, un CD que contenga la normatividad e información del nivel de implementación de los diferentes componentes del Sistema Integrado de Gestión al interior de la Secretaría Distrital de Gobierno.
e) Las tutorías se desarrollarán con base en un cronograma de trabajo, el cual será de pleno y previo conocimiento de los equipos. Con relación al sitio de realización de las tutorías, para el efecto se realizará la respectiva convocatoria por parte del grupo tutor.
f) Los funcionarios del grupo Sistema Integrado de Gestión – SIG, de la Dirección de Planeación y Sistemas de Información, quedan inhabilitados para participar en el concurso. Así mismo, esta restricción aplica para los funcionarios asignados como tutores, de las diferentes áreas precitadas.
g) Con el propósito de contextualizar a los equipos de trabajo con la situación real del Sistema Integrado de Gestión en la Secretaría Distrital de Gobierno, se realizará una exposición donde se traten los siguientes temas : a) por parte de la Dirección de Planeación y Sistemas de Información - grupo SIG, sobre el nivel de implementación actual del sistema y sus diferentes componentes, y b) por parte de la Dirección de Gestión Humana, relativa a la política de Talento Humano y su implementación al interior de la Secretaría, la cual se desarrollará en la primera tutoría de acuerdo al cronograma establecido.
h) El Grupo Tutor aplicará dos (2) mediciones de conocimiento a la población objeto, sobre el Sistema Integrado de Gestión, una anterior de la aplicación de la propuesta y una posterior, con el objetivo de medir el grado de asimilación de conocimientos; estos resultados serán entregados a los jurados para su respectiva evaluación.
i) La logística, al igual que la convocatoria de la población objeto para las mediciones, así como para el desarrollo del proceso, es responsabilidad de los equipos de trabajo.
j) En la aplicación de las dos mediciones realizadas por el equipo tutor a la población objeto, deben participar de manera obligatoria, además de los Alcaldes locales y coordinadores, 37 servidores públicos (contratistas y/o de Planta) escogidos al azar.
k) Las mediciones se aplicarán a los servidores de las alcaldías locales en fechas y horas coordinadas con el grupo tutor.
l) Todos los equipos deberán ceñirse al cronograma previamente establecido.
ARTÍCULO 3º.- De los requisitos que deben cumplir los proyectos presentados por los equipos de trabajo inscritos:
Para la vigencia 2012, se establece como tema institucional el "diseño e implementación de una estrategia que contribuya a la interiorización en el servidor público de la Secretaría Distrital de Gobierno, del Sistema Integrado de Gestión y sus diferentes componentes, con énfasis en el desarrollo humano y sus competencias".
Los equipos deberán enviar sus proyectos a la Dirección de Gestión Humana, quien los remitirá al grupo evaluador y a los tutores.
ARTÍCULO 4º.- De la presentación, ejecución y evaluación de los proyectos de trabajo:
El concurso se evaluará sobre un total de 100 puntos distribuidos en los siguientes criterios:
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FASE |
PUNTOS |
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Diseño de la estrategia |
35 |
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Implementación de la estrategia |
40 |
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Informe Final y Sustentación |
25 |
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TOTAL |
100 |
FASE 1. DISEÑO DE LA ESTRATEGIA (35 puntos)
Para esta fase, cada equipo debe establecer y presentar la estrategia y metodología que será de aplicación en toda la Secretaría Distrital de Gobierno, la cual se desarrollará en la fase 2 del concurso de mejores equipos. Es importante aclarar que este proceso debe ser coherente con el cronograma general del concurso.
La estrategia debe contener como mínimo los siguientes aspectos:
a) Introducción
b) Justificación
c) Objetivo General
d) Objetivos Específicos
e) Definición de la estrategia
f) Metodología de implementación
g) Desarrollo de la metodología
h) Indicadores
FASE 2. IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA (40 puntos)
En la segunda fase de implementación se asigna la alcaldía local a cada uno de los equipos participantes, las cuales serán de características homogéneas. El equipo participante por su parte, deberá adelantar las siguientes acciones:
a) Recepción de los resultados de la medición inicial de conocimiento sobre el SIG, realizado por los tutores el cual servirá como insumo para el desarrollo de la estrategia.
b) Desarrollo de la estrategia, la cual debe estar debidamente documentada y evidenciada.
c) Aplicación de los indicadores, y realización del análisis de los resultados obtenidos.
Evaluación de Fase 2:
1. En relación al desarrollo de la estrategia se entenderán los conceptos de la siguiente manera:
a) Creatividad es la originalidad e innovación de la estrategia de interiorización en el servidor público de la Secretaría Distrital de Gobierno, del Sistema Integrado de Gestión y sus diferentes componentes, con énfasis en el desarrollo humano y sus competencias.
b) Integralidad de los Sistemas: la propuesta debe contener elementos de los sistemas que conforman el Sistema Integrado de Gestión.
c) Énfasis en el desarrollo humano y sus competencias, implica realizar el proyecto en coherencia con la población objetivo, y evidenciar que los Sistemas trascienden el cumplimiento de la normatividad, y apuntan hacia el ser humano en sus diferentes dimensiones.
d) Pertinencia de los indicadores, implica que exista coherencia entre las actividades desarrolladas y las mediciones realizadas (validez).
Este componente tendrá un valor máximo de veinte (20) puntos máximo.
2. Resultados de la segunda medición: este puntaje se obtendrá del promedio de la calificación de la evaluación aplicada a los servidores públicos de la alcaldía local asignada, la cual tendrá un puntaje de quince (15) puntos máximo.
Criterios de evaluación Fase 2:
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CRITERIOS A EVALUAR |
PONDERACIÓN |
PUNTAJE |
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Desarrollo de la estrategia
Creatividad
Integralidad de los Sistemas
Énfasis en el desarrollo humano y sus competencias
Pertinencia de los indicadores |
0 – 5
0 – 5
0 – 7
0 – 3 |
0-25 |
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Resultados de la segunda medición. |
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0-15 |
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TOTAL |
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40 |
FASE 3. INFORME FINAL Y SUSTENTACIÓN (25 PUNTOS)
Se presentará un informe final del proyecto, con el resultado del acompañamiento y conclusiones de la estrategia utilizada.
Esta fase termina con la sustentación del equipo de trabajo ante el jurado.
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CRITERIOS A EVALUAR |
PONDERACIÓN |
PUNTAJE |
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1.Informe Final
Aspectos mínimos exigidos
Aplicación de la metodología |
0 – 7
0 – 3 |
0 – 10 |
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2. Sustentación
Participación de todos los integrantes
Dominio del tema
Ayudas audiovisuales |
0 – 5
0 – 5
0 – 5 |
0 – 15 |
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TOTAL |
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25 |
1. Informe Final.
a) Aspectos mínimos exigidos: hace referencia al desarrollo de todos los aspectos señalados en la Fase I, adicionando conclusiones y recomendaciones.
b) Proyección de la metodología, en este aspecto se evalúa la viabilidad de ampliar la cobertura de aplicación del proyecto desarrollado.
2. Sustentación
a) Participación de todos los integrantes.
b) Dominio del tema: En este sentido que todos y cada uno de los miembros deben manejar con suficiencia los conceptos y la metodología.
c) Ayudas audiovisuales: Se refiere a la creatividad y utilización de los recursos en la sustentación del proyecto.
El proyecto como tal constituye un documento público y está sujeto a todas las exigencias disciplinarias pertinentes.
PARÁGRAFO: CRITERIOS DE DESEMPATE
Los siguientes son los criterios que deben tenerse en cuenta en caso de empate:
a) En caso de que dos o más equipos obtengan el mismo puntaje habiendo empate, se promediará la participación de los miembros de cada uno de los equipo de trabajo empatados, en los eventos realizados por la Dirección de Gestión Humana, durante la vigencia 2011 y se conformará la lista en estricto orden descendente.
b) De persistir el empate, el equipo ganador se definirá por sorteo ante la Comisión de Personal
ARTÍCULO 5º.- Del Grupo Evaluador - Jurado
El grupo evaluador – jurado estará conformado por representantes externos de Entidades relacionadas con el tema y que serán invitados para tal fin por parte de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Serán funciones del Grupo Evaluador – Jurado
a) Diseñar las evaluaciones con mínimo 30 preguntas sobre el SIG, que debe ser aplicada a los servidores públicos de la población objeto asignada para efectuar la medición anterior y posterior al proyecto.
b) Evaluar cada uno de las fases del proyecto de acuerdo a los criterios establecidos.
c) Realizar las evaluaciones y remitir los resultados a la Dirección de Gestión Humana.
d) El grupo evaluador seleccionará, en estricto orden de mérito, los mejores proyectos presentados por los equipos de trabajo de la entidad con base en las calificaciones obtenidas. Este resultado será consignado en acta que deberá ser firmada por todos los miembros y enviada a la Secretaría Distrital de Gobierno – Dirección de Gestión Humana.
El Secretario Distrital de Gobierno, de acuerdo con lo establecido dentro del Plan Institucional de Incentivos, mediante acto administrativo asignará a los tres (3) mejores equipos de trabajo de la entidad los incentivos pecuniarios y no pecuniarios establecidos en el artículo catorce de la Resolución Nº 704 del 3 de octubre de 2011.
El grupo evaluador de los proyectos presentados evaluará a cada uno de los equipos de trabajo, de acuerdo con los criterios que se establecieron en el artículo 4º de la presente resolución y consignará los resultados en un acta.
ARTÍCULO 6º.- Funciones del Grupo Tutor
a) Hacer acompañamiento y aclarar a los miembros de los equipos de trabajo, las dudas sobre temas relacionados con el Sistema Integrado de Gestión – SIG, sus componentes y nivel de avance de implementación en la entidad.
b) Aplicar las dos (2) evaluaciones en cada una de las alcaldías locales y entregarlas a la Dirección de Gestión Humana.
ARTÍCULO 7º.- Generalidades. El proyecto que ocupe el primer lugar, deberá tener aplicabilidad en el año inmediatamente siguiente, siendo responsabilidad de esto el equipo ganador con el acompañamiento del área objeto de la temática; el equipo ganador deberá realizar seguimiento de esta aplicación.
ARTÍCULO 8º.- Los gastos que se ocasionen por concepto del reconocimiento de incentivos pecuniarios, no pecuniarios y de otro tipo, se realizarán con cargo al rubro de bienestar e incentivos 3-1-2-02-10.
ARTÍCULO 9º.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de marzo del año 2012.
ANTONIO NAVARRO WOLFF
Secretario Distrital de Gobierno
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4876 de abril 17 de 2012
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