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RESOLUCIÓN 068 de 2000 (Junio 20) Por medio de la cual se adopta el reglamento del servicio de Biblioteca de la Secretaria Distrital de Salud El Secretario de Despacho de la Secretaria Distrital de Salud y/o Director Ejecutivo del Fondo Financiero Distrital de Salud, en uso de atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto 812 de 1996. Resuelve ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el reglamento para usuarios de la Biblioteca, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:PRIMERA: DEL CAMPO DE ACCIÓN El presente reglamento regula las relaciones entre la Biblioteca y sus usuarios. SEGUNDA: DE LA ORGANIZACIÓN La Biblioteca es un servicio coordinado por la Subsecretaria de la Secretaria Distrital de Salud y esta conformada por las siguientes servicios: a) Servicios al publico: Cumple funciones de atención a los usuarios de la Biblioteca con prestamos de libros de la colección: general, referencia y colecciones especiales, 10 mismo que prestamos ínter bibliotecarios, conmutación bibliográfica y bibliografía; guía y orientación en el uso de los recursos de la Biblioteca y búsquedas de información. b) Hemeroteca: Encargada de seleccionar, analizar y organizar todas las publicaciones periódicas que llegan a la institución, los documentos, folletos y catálogos comerciales. c) Procesos técnicos: Desarrolla funciones técnicas dirigidas a la formación e incremento de las colecciones y su consiguiente procesamiento, como es la clasificación, catalogación y organización de catálogos internos y públicos TERCERA: DE LOS OBJETIVOS a) Suministrar los servicios bibliográficos adecuados para facilitar el ejercicio de la investigación y servir de apoyo a los procesos laborales, de enseñanza, y aprendizaje a los diferentes usuarios: funcionarios de la Secretaría Distrital de Salud, Empresas Sociales del Estado, y público en general. b) Promover la difusión de los conocimientos producidos en la Secretaría coma resultado de las investigaciones y los informes producidos a nivel técnico, investigativo a administrativo. c) Participar en la construcción de la memoria bibliográfica institucional CUARTA: DE LAS FUNCIONES 1. Seleccionar información adecuada para el desarrollo de los programas, administración e investigación de la Secretaria de Salud 2. Ubicar y gestionar la adquisición de la documentación suficiente y adecuada para la implementación de los planes y programas de la Secretaría. 3. Registrar la existencia de los documentos adquiridos, y reportar su adquisición al Almacén e Inventarios. 4. Catalogar, Clasificar y Almacenar el material bibliográfico de las colecciones de la Biblioteca, y todo aquel que sea adquirido para el soporte de los diferentes programas de investigación y administración 5. Establecer los mecanismos necesarios para controlar la información bibliográfica producida en la Secretaría 6. Implantar servicios de información ágiles y dinámicos que garanticen un adecuado flujo de la información y la adecuada atención a los usuarios 7. Colaborar con los usuarios en la identificación y utilización de fuentes de información 8. Difundir el contenido de las publicaciones, las nuevas adquisiciones y los servicios que se ofrecen. 9. Conservar y proteger las colecciones. 10. Establecer programas de cooperación con otros centros, redes y sistemas de información, mediante la realización de acuerdos y convenios 11. Adelantar tareas administrativas y de gestión que busquen el normal desarrollo de la Biblioteca dentro de la entidad 12. Planificar, abstener y poner en practica nuevas recursos, servicias y actividades para el beneficia de las usuarias QUINTA: DE LOS SERVICIOS Servicios que ofrece la Biblioteca. a) Consulta en las salas de lectura b) Préstamo en sala c) Préstamo externo d) Préstamo ínter bibliotecario e) Conmutación bibliográfica f) Servicio de alerta g) Divulgación de información Consulta en sala Hace referencia a la búsqueda y localización de información en las bases de datos, orientación en el uso de la Biblioteca y de los materiales, referencia, pregunta -respuesta, localización de fuentes y servicios de información externas Préstamo en sala El préstamo en sala consiste en facilitar las materiales a las usuarios dentro de las instalaciones de la Biblioteca. a) Este servicio se ofrecerá a todos los usuarios que la soliciten presentando un documento de identificación vigente y Llenando el formato de solicitud correspondiente. b) El máxima de volúmenes que se prestaran par usuario es de 3 ejemplares, al mismo tiempo Préstamo externo El préstamo externo consiste en permitir a los usuarios retirar el material fuera de la Biblioteca can una plaza determinada para su devolución. Este préstamo se concederá únicamente a los usuarios internos. Las revistas, publicaciones periódicas y obras de referencia no se prestaran fuera de la Biblioteca. Préstamo ínter bibliotecario El préstamo ínter bibliotecario permite a las usuarios tener acceso en calidad de préstamo a obras de otras bibliotecas. Se Llevara a cabo previa convenio entre las bibliotecas interesadas, para beneficia mutua y can en el entendimiento que la biblioteca solicitante se sujetara a las normas de préstamo fijadas par la biblioteca prestataria. En el convenio que se establezca deberá determinarse claramente que personas estarán autorizadas para solicitar este servicio. Solo se firmaran convenios can las instituciones que se encuentren en el área metropolitana y que cuenten can una biblioteca formalmente constituida. El préstamo ínter bibliotecario se efectuará de acuerdo a las siguientes normas: Para el préstamo solicitada por otras instituciones: a) Se presentara una solicitud por cada titulo requerido, la cual llevará el sello de la biblioteca solicitante y la firma de cualquiera de las personas que estén autorizadas para realizar este trámite. b) El material se prestara por 7 días calendario, renovables hasta dos veces, siempre y cuando no haya sido solicitado por otro usuario. c) La biblioteca solicitante no podrá tener en su poder mas de 5 prestamos ínter bibliotecarios a! mismo tiempo. Para el préstamo ínter bibliotecaria solicitadas par las usuarias internas: a) El usuaria firmará las capias del formato can el que se realice el trámite b) La Biblioteca no tramitara prestamos al usuario que no demuestre la devolución de los préstamos vencidos. c) Las publicaciones solicitadas serán para uso exclusivo de las labores desarrolladas en la Secretaria. Consulta a bases de datos. La consulta a bases de datas se Llevar a cabo en las terminales de la Biblioteca y podrá ser utilizada a través de Intranet par las usuarias internas en la medida en que se desarrollen las aplicaciones y de acuerda can la reglamentación sobre el acceso que expida la Secretaria. El servicio de alerta o difusión selectiva de la información Los usuarios internos pueden efectuar solicitudes de actualización permanente de bibliografías a tablas de contenido de publicaciones de acuerdo a los perfiles de interés. Este servicio se prestara utilizando la red interna de la Secretarla. Divulgación de la información Este servicio se ofrecerá a todos los usuarios quienes a través de redes locales a remotas, carteleras, boletines, y demás formas de comunicaci6n conocerán sobre las ultimas adquisiciones de la Biblioteca, al igual que sobre actividades relacionadas con ella. SEXTA: DE LOS USUARIOS Tipos de usuarios. La Biblioteca ofrece sus servicios a dos tipos de usuarios: internos y externos A. Serán considerados usuarios internos: Personal de planta de la Secretaría Distrital de Salud ~ Personal de contrato de la Secretaría Distrital de Salud ~ Personal de las instituciones adscritas a la Secretaría Distrital de Salud B. Serán considerados usuarios externos: Los estudiantes, profesores e investigadores de otras instituciones publicas a privadas y el publico en general. Derechos y obligaciones de los usuarios. A. Derechos de los usuarios internos: Utilizar todos los servicios y colecciones que proporciona la Biblioteca. Tener acceso directo a las colecciones Mantenerse informados sobre las colecciones y servicios de la Biblioteca Identificarse como usuario activo mediante el carne expedido por la Biblioteca en el cual deben estar consignados: el tipo de vínculo laboral con la entidad y las fechas de iniciación y terminación de la vinculación, además de los datos personales del empleado Responsabilizarse del material bibliográfico que obre en su poder, no mutilarlo, hacer anotaciones en el, deshojarlo o diario de alguna forma. Respetar la fecha de devolución del material en préstamo o pedir la renovación en el día en que se vence al mismo, de manera personal o vía telefónica. Devolver con la suficiente anticipación, el material que tengan en préstamo, para evitar sanciones y traumatismos al servicio Hacer buen USO de las instalaciones, mobiliario y equipo de la Biblioteca. Sujetarse a los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan. Observar una conducta respetuosa para con el personal de la Biblioteca y hacia los demás usuarios. Cumplir Con las disposiciones de este reglamento C. Derechos de los Usuarios externos:
Solicitar servicio de préstamo en sala. Solicitar servicio de préstamo ínter bibliotecario (siempre y cuando exista convenio con la institución solicitante) Consultar las bases de datos disponibles D. Obligaciones de los usuarios externos: Presentar un documento que lo identifique al solicitar alguno de los servicios. d) Quien se retrase par segunda vez en la devaluación del material, se le suspenderá el servicio hasta par 60 días. e) En el casa de las libras de reciente adquisición, aun sin clasificación y numera de inventaría, al usuaria que no responda al llamada de la Biblioteca se le suspenderá el préstamo de toda tipa de material hasta par 30 días. Esta material será prestada únicamente a usuarias internas, par un máxima de 5 días hábiles. f) En el caso del préstamo ínter bibliotecario se suspenderá todo servicio bibliotecario al usuario que no cumpla con las normas fijadas por las bibliotecas prestatarias hasta que el material prestado haya sido devuelto. g) El usuario que sea sorprendido mutilando el material bibliográfico, deberá reponerlo con las mismas características y además le será suspendido de manera definitiva el servicio, sin perjuicio de las demás sanciones previstas para estos casos por la Entidad y las normas vigentes. h) El usuario que fuere sorprendido sacando ilegalmente materiales bibliográficos o transcribiendo datos falsos en la ficha de préstamo (nombre, dependencia, u otro), perderá automáticamente el derecho al préstamo y estará sujeto a las sanciones impuestas por la autoridad competente. i) El usuario que se encuentre en calidad de servidor publico y ultraje de palabra O de hecho a los empleados de la Biblioteca, será reportado ante la oficina de control interno disciplinario de la entidad a que pertenezca, previa investigación y corroboración de los hechos por parte del responsable de la Biblioteca. El usuario particular que incurra en 10 anotado anteriormente, será acusado ante la jurisdicción ordinaria pertinente. j) El carne es personal e intransferible, quien 10 preste 0 use el de otra persona vinculada a la entidad, indebidamente, se le suspenderá el servicio. k) El usuario que sea deudor no tendrá derecho al servicio, hasta tanto este a paz y salvo. Las sanciones a que hace referencia los literales b., c., d., e., f., h., serán competencia del responsable de la Biblioteca. Responsabilizarse de entregar el material que consulten en las condiciones en las que se les haya prestado (no rayarlo, no mutilarlo, no deshojarlo, ni extraviar material complementario). Hacer buen uso de las instalaciones, mobiliario y equipo de la Biblioteca. Sujetarse a los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan. Observar una conducta respetuosa para con el personal de la Biblioteca y hacia los demás usuarios Cumplir con las disposiciones de este reglamento. SÉPTIMA: DE LA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Con el propósito de mantener un servicio eficiente para que todos los usuarios accedan en forma adecuada y equitativa a la Biblioteca, se aplicaran las siguientes suspensiones del servicio por faltas al reglamento: a) Cuando el usuario se atrase en la devolución del material que le fue prestado, se le aplicará la suspensión del servicio prevista en la siguiente tabla: DÍAS DEMORA MATERIAL TIEMPO SUSPENSIÓN DEL SERVICIO 1 . 3 1 semana 4 . 7 15 días 8 - 11 1 mes 12 en adelante 2 meses b) Quien sin autorización se lleve una abra de referencia (enciclopedias, diccionarios, catálogos, gafas, etc.), se le suspenderá el servicia par 1 mes contando a partir del día en que devuelva la abra, incluyendo dominicales y festivas. c) Quien sin autorización se lleve una monografía, revista u otra clase de publicación, sin importar su formato: papel, disquete, CD, perderá el derecho de atención durante 30 días. OCTAVA: REPOSICIÓN DE MATERIAL El usuario que pierda un libro, una revista o un documento deberá: a) Dar aviso inmediato a la Biblioteca b) A partir del aviso tendrá (10) días hábiles para reponer el material bibliográfico extraviado y cancelará la suma de $ 5.000,00 pesos para el procesamiento técnico del libro y elementos de identificación del mismo. c) Si el aviso de perdida se hace de la fecha de vencimiento que indica la tarjeta de préstamo, el usuario deberá cancelar la multa por el tiempo transcurrido hasta la fecha del aviso, además de la debida reposición del material y/o su valor. d) El usuario debe hacer devolución del libro o material extraviado con las mismas o mejores características. e) En caso de no hallar el libro en el comercio, deberá devolver otro, cuyo tema, características y fecha de plazo par la entrega serán fijadas por el encargado de la Biblioteca, además de cancelar la suma de $ 5.000.00 pesos por concepto de procesamiento técnico y reintegro en las colecciones. f) El usuario que pierda una revista o un folleto, deberá devolverlos con las mismas características y además cancelar la suma de $ 5.000.oo pesos por concepto de procesamiento técnico. g) la reincidencia en casas de perdida ocasionará a primera instancia la suspensión del derecha de préstamo par un mes y posteriormente si vuelve a reincidir perder.3 el derecha par un semestre y as! sucesivamente. h) En el evento en que el material extraviado se encuentre agotado, el encargado de la Biblioteca indicara al usuario el titulo o materia de publicación que reemplazara la perdida, mas la cancelación de la suma de $ 6.000.00 correspondiente al procesamiento del material. i) Cuando se presente la perdida, mutilación o deterioro en (no incluye libros) periódicos, revistas, folletos, plegables, videos, diapositivas, material cartográfico, fotografías, casetes, discos compactos y demás que la tecnología imponga para registrar información deberá reponerse en la mismas condiciones técnicas y de diseño en que se encontraba el original. j) Los valores correspondientes a los pagos en dinero se cancelaran de acuerdo con el procedimiento que establece para tal fin la Dirección Financiera en los casos de consignación de recursos a favor de la Secretaria Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital de Salud, los valores se actualizaran anualmente con relación al índice de Precios al Consumidor. NOVENA: DE LAS PROHIBICIONES Dentro del recinto de la Biblioteca yen especial en las salas de lectura el usuario deberá abstenerse de: a) Hablar en voz alta b) Formar corrillos c) Fumar, consumir comestibles y tomar bebidas d) Escribir a maquina e) Utilizar radios DÉCIMA: DEL PAZ y SALVO Todo usuario interno deberá estar a paz y salvo con la Biblioteca al momento de su retiro a terminación de contrato. Cada seis (6) meses se revisara el archivo a fin de determinar quien adeuda material, quien esta en mora, etc. DÉCIMA PRIMERA: DEL HORARIO La Biblioteca de la Secretaria Distrital de Salud prestara sus servicios a los usuarios externos, de lunes a viernes en el siguiente horario: de 8 a.m. a 4:30 p.m. en jornada continua. ARTICULO SEGUNDO: La Biblioteca clasificara y organizara las colecciones en la siguiente forma: De la clasificación de las colecciones: a) Libros y monografías. b) Publicaciones periódicas y seriadas. c) Obras de referencia; diccionarios, enciclopedias, directorios, gafas, catálogos, directorios, etc. d) Materiales no libros. Videos Diapositivas Casetes. CD ROM. Otras tecnologías que puedan aparecer en el futuro e) Recortes de prensa sobre noticias en salud (1997- en adelante) De la organización de las colecciones: Las colecciones están ordenadas de acuerdo a la tipología de origen y función a) Colección S.D.S: Conformada por las publicaciones producidas en para la Secretaría, incluidas las documentas de la red adscrita b) Colección de Referencia: diccionarios, directorios, bibliografías y catálogos, enciclopedias, atlas, manuales c) Colección general: Publicaciones de atrás instituciones sobre temas relacionadas con las funciones de la Secretaría d) Colección de publicaciones seriadas y periódicas: incluyen revistas, boletines, anuarias, periódicas, gacetas, diarias, e) Materiales no libros ARTICULO TERCERO: Los usuarios que en el momento de entrar a regir el presente reglamento estén en mora de entregar libros, material, etc., y/o cancelar libros y/o materiales, se les concede un plazo de quince (15) días calendario para la entrega del material o pago, una vez vencido el plazo se le aplicara las normas del presente reglamento. ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE y CÚMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 20 junio de 2000 LUIS GONZALO MORALES SANCHEZ Secretario de Despacho Secretaria Distrital de Salud |