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Acuerdo 9 de 2012 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
27/06/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4917 del 28 de Junio de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Acuerdo Número 9

ACUERDO 9 DE 2012

(Junio 27)

Por el cual fija el incremento salarial para los empleados públicos de la EAAB-ESP.

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P.,

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el Decreto Distrital 195 de 2007 y el Acuerdo 11 de 2010, artículo 10 literal m), y

CONSIDERANDO:

Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto radicado bajo el No. 1220 del 11 de noviembre de 1999, señaló respecto a las competencias estatales para determinar el régimen salarial de los empleados públicos de las entidades descentralizadas del nivel territorial, que corresponde a las Juntas Directivas fijar los emolumentos de los servidores públicos, con sujeción a lo que determine el estatuto de cada entidad.

Que mediante Circular Conjunta No. 3 del 1 de junio de 2012 expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil, se informa a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito entre otras, que el incremento salarial para los Empleados Públicos para la vigencia 2012 es de 5.5%.

Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP, cuenta con los recursos suficientes para garantizar el pago del incremento salarial.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar la asignación básica mensual de los cargos de empleados públicos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP-, para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 así:

NUMERO DE EMPLEOS

NIVEL

DENOMINACION DEL EMPLEO

CODIGO

GRADO

ASIGNACION MENSUAL 2011

% DE INCREMENTO 2012

ASIGNACION MENSUAL 2012

NIVEL DIRECTIVO

1

DIRECTIVO

GERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA

50

2

9,296,863

5.50%

9.808.190

1

DIRECTIVO

SECRETARIO GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA

54

4

7,840,108

5.50%

8,271,314

8

DIRECTIVO

GERENTE

39

4

7,840,108

5.50%

8,271,314

5

DIRECTIVO

GERENTE

39

6

7,319,623

5.50%

7,722,202

1

DIRECTIVO

JEFE DE OFICINA

6

6

7,319,623

5.50%

7,722,202

1

DIRECTIVO

JEFE DE OFICINA

6

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

12

DIRECTIVO

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

9

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

5

DIRECTIVO

DIRECTOR FINANCIERO

9

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

13

DIRECTIVO

DIRECTOR TECNICO

9

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

14

DIRECTIVO

DIRECTOR OPERATIVO

9

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

NIVEL ASESOR

3

ASESOR

ASESOR

105

6

7,319,623

5.50%

7,722,202

9

ASESOR

ASESOR

105

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

1

ASESOR

JEFE DE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

115

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

2

ASESOR

JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURIDICA

115

8

6,111,361

5.50%

6,447,486

TOTAL DE CARGOS: SETENTA Y SEIS 76

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero al 31 de Diciembre del año 2012.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de junio del 2012.

EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ

Presidente

WILLIAM EDUARDO MORALES ROJAS

Secretario

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 4917 de junio 28 de 2012.