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Resolución Reglamentaria 17 de 2012 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
03/07/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/07/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4921 del 5 de Julio de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Reglamentaria Número 017

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 17 DE 2012

(Julio 3)

"Por la cual se actualiza el Protocolo Ético de la Contraloría de Bogotá D.C.".

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo 361 de 2009 expedido por el Concejo de Bogotá, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política señala en los artículos 209 y 269 los principios de la función administrativa y la obligación de las autoridades públicas, según la naturaleza de sus funciones, de diseñar y aplicar en las entidades métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que en el marco de la implementación del Modelo Estándar de Control Interno, Subsistema de Control Estratégico, Componente Ambiente de Control, adoptado por el Decreto 1599 de 2005 y la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, expedida por el Contralor de Bogotá, se establece la obligatoriedad de actualizar el Protocolo Ético que recoja el estándar de conducta organizacional, encaminado a una actitud de servicio a la comunidad por parte de los servidores de la entidad para lograr la consecución de los propósitos y la excelencia en la gestión institucional.

Que el Acuerdo 244 de septiembre 26 de 2006, establece los principios y valores éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital, definiéndolos y asociándolos a un conjunto de comportamientos y orientaciones a los servidores del Distrito, como instrumento de fortalecimiento de la cultura y mejoramiento de la gestión ética en Bogotá D.C.

Que en desarrollo de ello, se expidió el Decreto 168 de 2007 que estableció entre otros aspectos, el Comité Distrital de Ética como el "organismo" del Distrito Capital que tiene por objeto el "estudio, adopción y evaluación de los programas, proyectos y estrategias encaminados a fortalecer la gestión ética en las entidades distritales, así como servir de mediador en la solución de conflictos éticos..."

Que el Decreto 489 de 2009 estableció la creación de la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

En Comité Directivo de 11 de mayo de 2012, la Contraloría de Bogotá. D.C., aprobó el Plan Estratégico 2012 – 2015, "Por un Control Fiscal Efectivo y transparente", plan que responde a la propuesta programática del contralor y a los resultados obtenidos en el diagnóstico interno de comunicación, clima y cultura organizacional.

Que el Plan Estratégico responde al propósito de fortalecer la función de vigilancia a la gestión fiscal, para que se convierta en una herramienta fundamental en el proceso de mejoramiento continuo de la administración pública distrital, acorde con los lineamientos del artículo 129 de la Ley 1474 de 2011, "Estatuto Anticorrupción", del Modelo Estándar de Control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad de la Entidad.

Que para el fortalecimiento del Modelo Estándar de Control Interno, es necesario actualizar el Protocolo Ético de la Contraloría de Bogotá D.C., incluyendo los valores y principios consagrados en el Plan Estratégico.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Actualizar el Protocolo Ético de la Contraloría de Bogotá, D.C., constituido por los valores y principios que guían el actuar de los servidores de la Entidad.

1.HONESTIDAD: El servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C., es probo, incorruptible, muestra coherencia entre lo que piensa, dice y hace, y utiliza en función del servicio público los bienes que le han sido confiados.

2. LEALTAD: El servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C., es leal en todas sus actuaciones con la entidad, con su compañeros de trabajo y con la ciudad.

3. TRANSPARENCIA: El servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C., es diáfano en su actuar, sin ocultamiento ni ambigüedades, rinde cuentas de su actividad de manera oportuna, haciendo efectivo el derecho que tienen los ciudadanos del Distrito Capital a estar informados.

4. RESPETO: El servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C., respeta la dignidad de todos los usuarios internos y externos de la entidad, sin discriminación alguna.

5. VOCACIÓN DE SERVICIO: El servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C., busca siempre servir antes que ser servido.

6. TRABAJO EN EQUIPO: El servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C., coordina e integra esfuerzos con sus compañeros de trabajo para lograr los objetivos corporativos.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Corresponde a los Responsables de Proceso del Sistema de Gestión de la Calidad, a los directores, subdirectores, jefes de oficina y coordinadores, velar por la divulgación y cumplimiento del protocolo ético que se actualiza.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 010 del 3 de julio de 2008.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 3 días del mes de julio del año 2012.

DIEGO ARDILA MEDINA

Contralor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital No. 4921 de julio 5 de 2012.