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RESOLUCIÓN 046 DE 2012 (Julio 12) Por la cual se modifica la Resolución No. 15 del 17 de marzo de 2011 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. (E) En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el artículo 18 del Acuerdo 257 de 2006, y, CONSIDERANDO: Que la Red de Ciudades Creativas fue lanzada por la UNESCO en octubre de 2004, tras la decisión tomada por el 1700 Consejo Ejecutivo, experiencia que nació de la Alianza Global para la Diversidad Cultural creada en el año 2002 por la UNESCO. La Red de Ciudades Creativas comparte con la Alianza Global su voluntad de incentivar las colaboraciones entre el sector público, el privado y la sociedad civil para favorecer el desarrollo de las industrias creativas, promoviendo nuevas asociaciones solidarias en el mundo. Que la Red de Ciudades Creativas está compuesta de siete redes temáticas, a saber: la literatura, el cine, la música, el arte popular, el diseño, el arte digital y la gastronomía; las ciudades eligen asociarse a una de ellas en función de sus preferencias, y se comprometen a destinar a esta red temática su energía y talento. Que la designación de la ciudad de Bogotá como miembro de la red UNESCO tiene como objetivo: "...poner en contacto a ciudades creativas de tal manera que puedan compartir conocimientos, saber hacer experiencia, habilidades directivas y tecnología. Las ciudades pueden solicitar la admisión a la Red y adherirse al programa, asegurándose así la posibilidad de jugar un continuo rol como centros de excelencia creativa apoyando al mismo tiempo a otra ciudades especialmente a aquellas pertenecientes a países en desarrollo, y a cultivar su propia economía creativa". Que mediante la Resolución No. 15 del 17 de marzo de 2011 se asignó alfa Secretario/a Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la función de gestionar la candidatura de Bogotá, D.C., como ciudad creativa de la UNESCO, para lo cual se estableció que la citada Secretaría conformara el Comité de Gestión y determinará dentro de las entidades adscritas o vinculadas a su Sector, la entidad que ejercería la función de "focus point" ante la UNESCO. Que en cumplimiento de la citada Resolución la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte expidió la Resolución No. 59 de 2011, "Por medio de la cual se conforma el Comité de Gestión y se designa el "focus point", para gestionar la candidatura de Bogotá, De., como ciudad creativa de la UNESCO.", y en la categoría de música designó como "focus point" a la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Que en el marco de la designación de Bogotá como Ciudad Creativa de la Música, por parte de la UNESCO, el Plan de Desarrollo Bogotá Humana le apostará al fortalecimiento y apropiación de la oferta musical en la ciudad, componente cultural que está a cargo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, como cabeza del mismo Sector, y en consecuencia procede que la función de "focus point" sea asumida por el/la Secretario/a de Despacho o por el/la servidor/a público/a que el o ella designe. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo r.- Modificase el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 015 de 2011, el cual queda así: "Parágrafo- El/la Secretario/a Distrital de Cultura, Recreación y Deporte conformará el Comité de Gestión y ejercerá la función de "focus point" ante la UNESCO, directamente o a través del/la servidor/a público/a que el/la mismo/a designe." Artículo 2°.- La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición, modifica el parágrafo de la Resolución No. 15 del 17 de marzo de 2011, y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los 12 días del mes de julio del año 2012 EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ Alcalde Mayor (E) CLARISA RUÍZ CORREAL Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte |