DECRETO
LOCAL 008 DE 2012
(Agosto 03)
Por el
cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora
Local
EL
ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO,
en uso de sus facultades legales y en especial las
conferidas por El artículo 71 del decreto Ley 1421 de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que el inciso
segundo del artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 prevé que los ediles se reunirán
extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde local,
debiendo sesionar por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparan
de los asuntos que él mismo someta a su consideración.
Que se hace
necesario convocar a sesiones extraordinarias con el fin de discutir el
Proyecto de Acuerdo Local N° 01 de 2012 Plan de Desarrollo Local “Antonio
Nariño Humana con Calidad de Vida”.
En mérito de lo
anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO
PRIMERO.- Convocar a la Junta Administradora
Local de Antonio Nariño a sesiones
extraordinarias del 8 al 22 de Agosto del presente año, con el objeto de
discutir el Proyecto de Acuerdo Local N° 01 de 2012 Plan de Desarrollo Local
“Antonio Nariño Humana con Calidad de Vida”.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- La Junta Administradora
Local de Antonio Nariño, dentro del periodo señalado por el artículo anterior,
se ocupará únicamente del estudio y discusión del proyecto en mención.
ARTÍCULO
TERCERO.- El presente
Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en
Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de agosto del año 2012.
GIOVANNI
MONROY PARDO
Alcalde Local