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Decreto Local 8 de 2012 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
09/08/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/08/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4947 de agosto 16 de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 8 DE 2012

DECRETO LOCAL 8 DE 2012

 

(Agosto 9)

 

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén.

 

LA ALCALDESA LOCAL DE USAQUÉN

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que confiere el artículo 71, inciso segundo del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Honorable Concejo Distrital, mediante acuerdo, aprobó el Plan de Desarrollo  Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2012-2016, “Bogotá Humana”, en el cual se asume al ser humano como referente central de la política pública y así como la transformación de la ciudad, para que ésta se convierta en eje de la convivencia humana, donde se promueven las capacidades y las libertades ciudadanas, en condiciones de seguridad y equidad, sin ningún tipo de segregación cultural, social, económica, territorial, racial o sexual. Estructuro su objetivo principal: En acciones tendientes a mejorar las capacidades de los habitantes del Distrito Capital, garantizar la atención integral de  la primera infancia, mejorar la calidad de la educación pública e incrementar el acceso a la educación superior de los jóvenes, entre otros aspectos. Los principios que lo fundamentan son: Respeto por todas las formas de vida; defensa de la dignidad del ser humano; una política del amor y, priorización de lo público como garante de transparencia y racional manejo de los recursos distritales.

 

Que en la Actualidad, la Alcaldía Local de Usaquén tiene la obligación legal de formular, el “Plan de Desarrollo Local”, que debe contener los Planes, los Programas y Proyectos encaminados a la ejecución del Plan de Desarrollo  Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2012-2016, “Bogotá Humana”, guiando su ejecución, logrando su consolidación y obteniendo los resultados, en aspectos como el económico, social ,ambiental, habitacional, de educación y de salud digna, equitativa y justa, dentro de su jurisdicción territorial que abarca un área total de 6.531,32 hectáreas, 156 barrios legalizados, 9 Unidades de Planeación Zonal y afecta una población de 446.000 habitantes aproximadamente.

 

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 corresponde a la Junta Administradora Local adoptar el Plan de Desarrollo Local.

 

Que conforme lo establecido en el Decreto Ley 1421 de 1993 artículo 71, corresponde al Alcalde Local convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local.

 

Que teniendo en cuenta que el periodo de sesiones ordinarias de la Junta administradora Local finalizó, es indispensable realizar una convocatoria extraordinaria a dicha corporación para debatir el Plan de Desarrollo Local de Usaquén.

 

Que por consiguiente, se ha establecido el periodo comprendido entre el día 27 de agosto de 2012 hasta el 31 de agosto de 2012, para llevar a cabo las sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Usaquén en las instalaciones de esa corporación.

 

Que en merito de lo anterior, la Alcaldesa Local de Usaquén,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Convóquese a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, desde el día 27 de agosto de 2012 hasta el 31 de agosto de 2012, con el fin de adelantar debate del Plan de Desarrollo Local de Usaquén.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Durante el periodo de sesiones extraordinarias señalado en el artículo anterior, la Junta Administradora Local de Usaquén, se ocupara exclusivamente de debatir el Plan de Desarrollo Local de Usaquén.

 

ARTÍCULO TERCERO.- El presente decreto rige a partir de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los nueve (9) días del mes de agosto de dos mil doce (2012).

 

JULIETA NARANJO LUJAN

 

Alcaldesa Local de Usaquén

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4947 de agosto 16 de 2012.