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Decreto 425 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/09/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/09/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4963 de septiembre 11 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 425 DE 2012

(Septiembre 10)

Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2012 con cargo al Fondo de Compensación Distrital

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2° dispone que, cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que adicionalmente, el mismo artículo 2º dispone que cuando las operaciones presupuestales afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 45 de 29 agosto de 2012.

Que la Veeduría Distrital en el contexto del Plan de Desarrollo Distrital "Bogota Humana" asume una mayor responsabilidad frente a los programas de transparencia, mejoramiento de la gestión y promoción del control social, por lo cual requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento – Servicios Personales en varios de los rubros de los Servicios Personales Asociados a la nómina, Aportes Patronales al Sector Privado y Público y apropiar en los Servicios Personales Indirectos en los rubros "Personal Supernumerario" y "Honorarios Entidad" para vincular personal supernumerario y realizar contratos de consultoría y asesorías en aquellas áreas misionales que requieren de conocimientos especializados.

Así mismo, la Veeduría Distrital requiere acreditar recursos en los Gastos de Funcionamiento en varios rubros de los Gastos Generales para adquisición de bienes y servicios que demanda la vinculación de nuevo personal.

Que la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento – Servicios Personales en varios de los rubros de los Servicios Personales Asociados a la Nómina y Aportes Patronales al Sector Privado y Público, para atender el pago de las obligaciones derivadas la nómina a 31 diciembre 2012.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo  1º.- Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2012, la suma de Cuatro Mil Cuatrocientos Tres Millones Quinientos Tres Mil Quinientos Treinta Pesos ($4.403.503.530) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

4.403.503.530

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

   

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

   

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

4.403.503.530

 
 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

4.403.503.530

CRÉDITOS

105

VEEDURÍA DISTRITAL

   

3

GASTOS

 

1.000.000.000

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.1

SERVICIOS PERSONALES

   

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES SOCIADOS A LA NÓMINA

   

3.1.1.01.01

Sueldos Personal de Nomina

40.782.371

 

3.1.1.01.04

Gastos de Representación

11.082.348

 

3.1.1.01.13

Prima de Navidad

4.757.943

 

3.1.1.01.15

Prima Técnica

16.312.947

 

3.1.1.02

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

   

3.1.1.02.01

Personal Supernumerario

681.000.000

 

3.1.1.02.03

Honorarios

   

3.1.1.02.03.01

Honorarios Entidad

150.000.000

 

3.1.1.03

APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO

   

3.1.1.03.01

Aportes Patronales Sector Privado

   

3.1.1.03.01.01

Cesantías Fondos Privados

5.127.427

 

3.1.1.03.01.03

Salud EPS Privadas

1.819.913

 

3.1.1.03.01.05

Caja de Compensación

856.430

 

3.1.1.03.02

Aportes Patronales Sector Público

   

3.1.1.03.02.02

Pensiones Fondos Públicos

2.569.289

 

3.1.1.03.02.04

Riesgos Profesionales Sector Público

111.764

 

3.1.1.03.02.05

ESAP

107.054

 

3.1.1.03.02.06

ICBF

642.322

 

3.1.1.03.02.07

SENA

107.054

 

3.1.1.03.02.08

Institutos Técnicos

214.107

 

3.1.2

GASTOS GENERALES

   

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

   

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

5.500.000

 

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

26.400.000

 

3.1.2.01.05

Compra de Equipo

22.600.000

 

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

   

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

15.000.000

 

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

   

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

10.009.031

 

3.1.2.02.10

Bienestar e Incentivos

5.000.000

 

 

228

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS

 

3.403.503.530

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.1

SERVICIOS PERSONALES

   

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES SOCIADOS A LA NÓMINA

   

3.1.1.01.01

Sueldos Personal de Nomina

1.391.055.068

 

3.1.1.01.04

Gastos de Representación

88.148.212

 

3.1.1.01.05

Horas Extras, Dominicales, Festivos, Recargo Nocturno y Trabajo Suplementario

16.505.554

 

3.1.1.01.06

Auxilio de Transporte

2.982.880

 

3.1.1.01.07

Subsidio de Alimentación

3.214.463

 

3.1.1.01.11

Prima Semestral

742.668

 

3.1.1.01.13

Prima de Navidad

377.581.520

 

3.1.1.01.15

Prima Técnica

428.479.897

 

3.1.1.01.17

Prima Secretarial

1.471.548

 

3.1.1.01.21

Vacaciones en Dinero

40.000.000

 

3.1.1.03

APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO

   

3.1.1.03.01

Aportes Patronales Sector Privado

   

3.1.1.03.01.01

Cesantías Fondos Privados

173.315.906

 

3.1.1.03.01.02

Pensiones Fondos Privados

135.079.732

 

3.1.1.03.01.03

Salud EPS Privadas

200.622.821

 

3.1.1.03.01.05

Caja de Compensación

110.580.328

 

3.1.1.03.02

Aportes Patronales Sector Público

   

3.1.1.03.02.01

Cesantías Fondos Públicos

132.896.616

 

3.1.1.03.02.02

Pensiones Fondos Públicos

150.611.120

 

3.1.1.03.02.04

Riesgos Profesionales Sector Público

13.505.737

 

3.1.1.03.02.06

ICBF

82.214.296

 

3.1.1.03.02.07

SENA

54.495.164

 
 

SUMAN LOS CREDITOS

 

4.403.503.530

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación o expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de septiembre del año 2012.

GUSTAVO PETRO URREGO

Alcalde Mayor

RICARDO BONILLA GONZALEZ

Secretario Distrital de Hacienda.