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Decreto 426 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/09/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/09/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4963 de septiembre 11 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 426 DE 2012

(Septiembre 10)

Por medio del cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, el artículo 23 del Decreto 669 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto No. 603 de 2011, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2012, el cual fue liquidado según Decreto No. 669 de 2011.

Que la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, suscribió el convenio de cooperación internacional No.2216100-249-2010 con la Diputación de Barcelona, cuyo objeto es regular la cooperación entre las partes para la implementación de la acción "Lote 2: Oficina de Coordinación y Orientación del Programa URB-AL III (OCO)", y en particular, la Oficina Regional (OR) con sede en la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Que mediante Adenda al convenio de cooperación entre la Diputación de Barcelona y Bogotá D.C. para la implementación de la acción "Lote 2: oficina de coordinación y orientación del programa URB – AL III (OCO), modificó los pactos primero, cuarto y quinto, adicionando doscientos treinta y seis mil seiscientos veinticinco (€236.625) euros, que una vez monetizados equivalen a quinientos catorce millones ochocientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y siete pesos ($514.831.647).

Que la presente Adenda ha sido aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona el día 29 de mayo de 2012. Ambas partes formalizan esta Adenda al Convenio de Cooperación, la cual se regirá por los siguientes pactos: Modificación del Pacto Primero, Cuarto y Quinto del Convenio. El resto de los pactos asumidos por las partes del convenio de cooperación se mantienen en vigor.

Que los recursos objeto del convenio serán ejecutados con cargo al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria General, en el proyecto 0485 "Bogotá Humana Internacional".

Que de acuerdo al oficio No. 2012EE192575 de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Tesorería, informa que el 13 de julio de 2012 se efectuó la venta en el mercado Spot de la suma de doscientos treinta y seis mil seiscientos veinticinco (€236.625) euros, por un valor de quinientos catorce millones ochocientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y siete pesos ($514.831.647).

Que la Secretaría Distrital de Planeación por medio del oficio No. 2-2012-36078 del 28 de agosto de 2012, emite concepto favorable a una adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones, en el marco del Plan de Desarrollo "Bogotá Humana", proyecto 0485 "Bogotá Humana Internacional".

Que la incorporación de los recursos se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 714 de 1996 y el artículo 23 del Decreto 669 de 2011, que dispone: "Las adiciones presupuestales originadas por recursos de cooperación y/o donaciones deberán incorporarse al Presupuesto como Donaciones de Capital por Decreto del Alcalde/sa Mayor o Alcalde/sa Local según corresponda, previa certificación de su recaudo expedida por el/la Tesorero/a o quien haga sus veces, salvo que los reglamentos internos de los donatarios exijan requisitos diferentes".

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo  1º.- Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2012, en la suma de quinientos catorce millones ochocientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y siete pesos ($514.831.647) moneda corriente según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

2

INGRESOS

2

4

RECURSOS DE CAPITAL

514.831.647

2

4

6

DONACIONES

514.831.647

TOTAL RENTAS E INGRESOS

514.831.647

TOTAL ADICIÓN RENTAS E INGRESOS

514.831.647

Artículo 2º.- Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2012 en la suma de quinientos catorce millones ochocientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y siete pesos ($514.831.647) moneda corriente según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

104 SECRETARÍA GENERAL

3

GASTOS

3

3

INVERSIÓN

5514.831.647

3

3

1

DIRECTA

5514.831.647

3

3

1

14

Bogotá Humana

5514.831.647

3

3

1

14

03

Una Bogotá que Defiende y Fortalece

lo Público

5514.831.647

3

3

1

14

03

33

Bogotá Humana Internacional

5514.831.647

3

3

1

14

03

33

0485

Bogotá Humana Internacional

5514.831.647

TOTAL GASTOS E INVERSIONES

514.831.647

TOTAL ADICIÓN GASTOS E INVERSIONES

514.831.647

Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de septiembre del año 2012.

GUSTAVO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda