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Decreto 514 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/11/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/11/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5003 de noviembre 13 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 514 DE 2012

(Noviembre 08)

"Por medio del cual se crean unos empleos de carácter temporal en la planta de personal en el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9 del Artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades pueden crear sus plantas de empleos de carácter temporal o transitorio para, entre otros, el desarrollo de programas y proyectos de duración determinada.

Que en el marco del Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012-2016, el Departamento Administrativo del Servicio Civil, en el Programa "Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional", cuenta con dos proyectos: a) Estructuración - Fortalecimiento y Dignificación Técnico - Humana del Empleo Público en el Distrito Capital y b) Fortalecimiento de los sistemas de gestión en el DASCD con componentes TIC's. El primero tiene por objetivo dignificar el empleo público en el Distrito Capital y promover el respeto por el empleo decente, mediante la formalización de plantas de empleo de las entidades, fortalecimiento de las competencias del administrador del talento humano distrital, el estímulo al servidor público distrital y la investigación en los componentes de gestión pública, talento humano y el empleo, para estructurar y evaluar los criterios técnicos para la toma de decisiones en el distrito. El segundo adecuar el Sistema de Gestión Institucional de la entidad a través del fortalecimiento tecnológico para la administración de la información e implementación del Sistema Integrado de Gestión para estar al nivel del desarrollo de las políticas de TIC's y de gestión institucional.

Que para el desarrollo de los proyectos formulados, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital requiere personal de carácter temporal que contribuya en la ejecución de actividades que le permitan cumplir las metas del Plan de Desarrollo.

Que, en uso de las facultades conferidas en el artículo 6 del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio DIR – 888 del 19 de septiembre de 2012, emitió concepto técnico favorable, para la creación de empleos de carácter temporal en la planta de personal de la entidad.

Que mediante oficio 2012EE248817 del 11 de octubre 2012, la Directora Distrital de Presupuesto (E) de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto de viabilidad presupuestal sobre la creación de empleos de carácter temporal en la planta de personal del DASCD.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º-: Crear en la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, para el cumplimiento del Plan de Desarrollo BOGOTA HUMANA, los siguientes empleos temporales hasta el 31 de enero de 2013:

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

No. DE CARGOS

Profesional Especializado

222

27

Dos (2)

Profesional Especializado

222

21

Cuatro (4)

Profesional Universitario

219

07

Cuatro (4)

Auxiliar Administrativo

407

19

Cuatro (4)

TOTAL No. DE CARGOS

Catorce (14)

Artículo 2º-: Los empleos de carácter temporal, creados en el presente decreto, deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 3º-: La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con los preceptuado en los Artículos 3 y 4 del Decreto 1227 de 2005.

Artículo 4º-: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación


PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de noviembre del año 2012

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

JOSE ORLANDO RODRIGUEZ GUERRERO

Secretario General (E)

RICARDO BONILLA GONZALEZ

Secretario Distrital de Hacienda

CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5003 de noviembre 13 de 2012.