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Decreto 2697 de 2012 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
21/12/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/12/2012
Medio de Publicación:
Diario Oficial 48651 de diciembre 21 de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 2697 DE 2012

(Diciembre 21)

Por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto número 288 de 2004.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), en sesión del día 9 de noviembre de 2012, como consta en el Acta número 540, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la integración de la Junta Directiva del Fondo,

DECRETA:

Artículo  1°. Modifíquese el artículo 5° del Decreto número 288 de 2004, el cual quedará así:

Artículo 5°. Junta Directiva. La Junta Directiva del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), estará integrada por los siguientes miembros:

1. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

2. El Subdirector Territorial y de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación.

3. Tres (3) Delegados del Presidente de la República.

Parágrafo 1°. El Gerente del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), asistirá con voz pero sin voto.

Parágrafo 2°. Las sesiones de la Junta Directiva serán presididas por el Director del Departamento Nacional de Planeación o por su delegado; y en ausencia de éstos, por el Subdirector Territorial y de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación.

Actuará como Secretario de la Junta Directiva, el Asesor Jurídico de Fonade o quien haga sus veces.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 5° del Decreto número 288 de 2004 y deroga el Decreto número 3150 de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.

La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, Encar­gada de las Funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

CLAUDIA PATRICIA HERNÁNDEZ LEÓN.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48651 de diciembre 21 de 2012.