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Decreto Local 003 de 2013 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
21/03/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/03/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5091 del 1 de abril de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2013

(Marzo 21)

Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En uso de sus facultades y atribuciones legales, en especial las que le confiere el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que el inciso primero del artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 dispone en su tenor literal, que: “Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más (…)”.

Que según lo señala el inciso segundo Ibídem: “(…) También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.

Que el artículo 76 del mencionado Decreto Ley 1421 de 1993 establece que, entre otros, pueden presentar proyectos de acuerdo local los Ediles.

Que el presidente de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño mediante escrito recibido según radicado 20131520010402 del 18 de marzo de 2013 solicita al Alcalde Local citar a sesiones extraordinarias para los días 1, 3 y 4 de abril de 2013, respectivamente, con el propósito de discutir sobre el proyecto de Acuerdo Local 003 “Por medio del cual se crea el Consejo Consultivo para la protección y bienestar del animal”.

Que teniendo en cuenta que para las fechas estimadas en la solicitud arriba citada el primer período de sesiones ordinarias de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño ha finalizado, se considera procedente convocar a sesiones extraordinarias en los términos del párrafo anterior.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Convóquese a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias para los días 1, 3 y 4 de abril de 2013, respectivamente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Dentro del período señalado en el artículo anterior la Junta Administradora Local de Antonio Nariño se ocupará únicamente del estudio, discusión y aprobación del proyecto de Acuerdo Local 003 “Por medio del cual se crea el Consejo Consultivo para la protección y bienestar del animal”.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de marzo del año 2013.

GIOVANNI ALEXÁNDER MONROY PARDO

Alcalde Local de Antonio Nariño