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RESOLUCIÓN 280 DE 2013 (Abril 24) Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 0924 del 28 de Noviembre de 2011 El GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, ESP. En ejercicio de las facultades estatutarias, en especial las contenidas en el literal b, del artículo 16 del Acuerdo 11 de 2010. CONSIDERANDO: Que la EAAB-ESP mediante Resolución No. 1314 del 28 de diciembre de 2007, fijo políticas y procedimientos para el manejo de portafolios de inversión y compra de divisas. Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1525 de 2008, por el cual se dictan normas relacionadas con la inversión de recursos de las entidades estatales y territoriales. Que los principios de reducción de riesgo señalan independencia funcional en la determinación de las políticas y limites de riesgos con la administración de recursos. Que la EAAB-ESP mediante la Resolución 0924 del 28 de Noviembre de 2011 expidió una reglamentación, con las finalidades y principios rectores, practicas del mercado de valores y capitales que garanticen el correcto manejo de la inversión y la preservación de los principios de economía, eficiencia, eficacia y responsabilidad. Que el artículo 10 de la Resolución 0924 del 28 de Noviembre de 2011 contempla la valoración a precios de mercado para las inversiones realizadas con excedentes de tesorería y las inversiones que se realicen con fines de política a TIR. Que de acuerdo al Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia, las entidades con alta sofisticación en el manejo de sus inversiones o por su propia naturaleza deben contar con una mayor capacidad para el manejo de sus recursos y deben valorar las inversiones a precios de mercado y registrar diariamente en la contabilidad, los cambios en el manejo de los recursos. Que para mostrar la situación real de las inversiones y una mayor transparencia la Dirección Análisis de Riesgos Financieros recomienda valorar las inversiones de los fondos de la Empresa a precios de mercado, entre otras cosas para poder calcular el Valor en Riesgo (VaR) de todo el portafolio de la Empresa. Que el Comité de Riesgos Financieros en sesión del 14 de febrero acta 80 y del 20 de marzo acta 82 de 2013, aprobó la valoración y contabilización a precios de mercado de todos los fondos de la Empresa a partir del 1 de abril de 2013. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el artículo 10 de la Resolución 0924 del 28 de Noviembre de 2011, el cual quedara así: RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS INVERSIONES: Las inversiones que realice la Empresa en su Portafolio de Inversiones deberán estar valoradas y contabilizadas a precios de mercado. ARTÍCULO SEGUNDO.- VIGENCIA: La Resolución 0924 del 28 de Noviembre de 2011 se modifica en lo pertinente al artículo 10, en los demás aspectos continua vigente. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de abril del año 2013. ALBERTO JOSÉ MERLANO ALCOCER Gerente General |