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RESOLUCIÓN 01 DE 2002 (Enero 25) "Por medio de la cual se adopta el formulario único para la declaración y pago del Impuesto Sobre Vehículos Automotores." LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 1993, CONSIDERANDO Que para efectos de la presentación y pago ante las entidades financieras autorizadas de la declaración del Impuesto Sobre Vehículos Automotores, se debe adoptar el formulario único para declaración y pago de este impuesto, que permita su fácil diligenciamiento por parte de los responsables de dicho gravamen. Que el formulario que se adopta en la presente resolución, será de carácter obligatorio para los contribuyentes responsables del Impuesto Sobre Vehículos Automotores. Que los contribuyentes y responsables obligados a presentar el formulario oficial para la declaración y pago del Impuesto Sobre Vehículos Automotores del año 2001 y anteriores lo harán en el formato prescrito para el año 2002 como formulario único de declaración y pago. Ver Resolución Dirección de Impuestos Distritales 13 de 2001 Ver Resolución Dirección de Impuestos Distritales 05 de 2002RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Adóptese el Formulario Único para la declaración del Impuesto Sobre Vehículos Automotores del año 2002, anexo a la presente resolución y que hace parte integral de la misma. ARTÍCULO SEGUNDO.- La distribución de los formularios se hará a través de la comercialización que realice la Unión Temporal PREAD, conformada por las sociedades PANAMERICANA FORMAS E IMPRESOS S.A., PRENSA MODERNA IMPRESORES S.A., ADMINISTRACIÓN POSTAL NACIONAL -ADPOSTAL- Y DISTRIBUIDORAS UNIDAS S.A., contratada en los términos previstos en el correspondiente contrato. ARTÍCULO TERCERO.- El precio de venta al público en ningún caso podrá ser superior a NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS ($950) M./CTE. incluido el impuesto sobre las ventas. ARTÍCULO CUARTO.- Los contribuyentes y responsables obligados a presentar declaraciones del Impuesto Sobre Vehículos Automotores por los períodos gravables 2001 y anteriores lo harán en el formulario prescrito en el artículo primero como Formulario Único de declaración y pago. ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica con respecto al formulario del Impuesto Sobre Vehículos Automotores la Resolución No. 013 del 28 de diciembre de 2001. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de enero de dos mil dos (2002) MARIA CAMILA URIBE SANCHEZ Directora Distrital de Impuestos Nota : Los formularios adjuntos se puede ver en el Registro Distrital 2562 de 25-01-02 o en la Oficina de Decretos de la Secretaría General
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