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ACUERDO 8 DE 2013 (Mayo 28) "Por medio del cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del JARDÍN BOTÁNICO JOSÉ CELESTINO MUTIS para la vigencia fiscal de 2013". LA JUNTA DIRECTIVA DEL JARDÍN BOTÁNICO JOSÉ CELESTINO MUTIS En uso de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 5o. del Decreto 40 de 1993, y CONSIDERANDO: Que en virtud del Acuerdo Conciliatorio celebrado el día 10 de mayo de 2012, ante la Procuraduría 84 Judicial I para Asuntos Administrativos de Bogotá D.C., el Jardín Botánico José Celestino Mutis se obligó a pagar a la Compañía de Seguridad Nacional COMSENAL LTDA., la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($4’914.894.oo). Que dicho Acuerdo fue aprobado mediante providencia del 08 de agosto de 2012, con anotación de estado del 10 de agosto del mismo año, proferida por el Juzgado 37 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera. Que el 22 de agosto de 2012, se solicitó por parte de la Oficina Asesora Jurídica a la Dirección de Impuestos de Bogotá D.C., con fundamento en el Decreto Nacional 2126 de 1997, que se verificara si la Compañía Comsenal Ltda., tenía obligaciones pendientes con el fisco distrital, y que de ser así, se procediera a proferir la respectiva resolución de compensación con el crédito judicial a su favor. Que mediante comunicación del día 17 de septiembre de 2012, la Oficina de Cuentas Corrientes de la Dirección de Impuestos de Bogotá, Secretaría Distrital de Hacienda, informó que efectivamente la Compañía Comsenal Ltda. tenía obligaciones pendientes a favor del Distrito Capital, y a través de comunicación del 03 de octubre de 2012, informó que no era procedente realizar la compensación solicitada, toda vez que los ingresos tributarios del Distrito se recaudan únicamente por intermedio de los bancos autorizados para tal efecto. Que adicionalmente, en dicha comunicación se aclaró que los dineros de carácter presupuestal como los que se requieren para el pago del crédito judicial a favor de la Compañía Comsenal Ltda. deben ser tramitados ante la Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda. Que ante una nueva solicitud de compensación presentada ante la Secretaría Distrital de Hacienda por parte de la Oficina Asesora Jurídica del Jardín Botánico José Celestino Mutis, se expidió la Resolución No. DDI052751 del 22 de noviembre de 2012, en la que se resolvió “NEGAR la solicitud de devolución y/o compensación de la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($4’914.894.oo) solicitada por el JARDÍN BOTÁNICO JOSÉ CELESTINO MUTIS con NIT. 860030197 por cuanto no existe ningún saldo de impuestos a su favor, ni soportes tributarios que lo respalden.” Informando que contra dicha decisión procede el recurso de reconsideración, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 104 del Decreto Distrital 807 de 1993. Que por medio de comunicaciones del 19 de noviembre y del 21 de diciembre de 2012, Comsenal informó a la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, que había legalizado y aclarado con la Secretaría Distrital de Hacienda lo relacionado con las presuntas obligaciones que tenía con el Distrital Capital, respecto de lo cual aportó los documentos de soporte correspondientes, por lo que solicitó que se continuara con el trámite de pago del acuerdo conciliatorio. Que la Oficina Asesora Jurídica del Jardín Botánico de Bogotá por medio de oficio EE-137 del 28 de enero de 2013, informa a la Dirección de Impuestos de Bogotá D.C., que de acuerdo con las comunicaciones recibidas en las que se aclara que no es procedente la compensación solicitada, se procederá a pagar a favor de Comsenal Ltda., lo pactado en el acuerdo conciliatorio, señalando que será responsabilidad de esa Dirección, si luego de efectuar el pago correspondiente dicha Compañía tiene obligaciones tributarias pendientes que no se hubieren compensado oportunamente como se solicitó. Que en consecuencia para realizar el pago correspondiente al acuerdo conciliatorio referido, se hace necesario efectuar un traslado presupuestal del rubro Mantenimiento Entidad, Funcionamiento Gastos Generales, al rubro de Sentencias Judiciales. Que, mediante comunicación No. 2013EE66638 del abril 8 de 2013, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúese el siguiente traslado en el presupuesto de Gastos e Inversiones del Jardín Botánico José Celestino Mutis, para la vigencia fiscal de 2013, en la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($5.300.000) moneda corriente, así: CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
ARTÍCULO SEGUNDO.- Remítanse copias del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda y demás oficinas competentes. ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de mayo del año 2013. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ Presidenta MANUEL ÁVILA OLARTE Secretario NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5130 de mayo 30 de 2013 |
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