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CIRCULAR EXTERNA 008 DE 2011
El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, dentro de los programas de Bienestar, Reconocimiento e Incentivos establecidos en la presente vigencia para los(as) Servidores(as) Públicos(as) Distritales, tiene contemplada la organización y ejecución de un programa de orientación y reconocimiento para los(as) funcionarios(as)de carrera, próximos a acceder a su derecho a la pensión. El Departamento busca gran participación de los(as) funcionarios(as) distritales en dicho programa para lo cual, es pertinente contar con la información exacta y actualizada de las personas que cumplan con los siguientes requisitos de ley: Artículo 33 de la Ley 100 de 1993: “Requisitos para obtener la Pensión de Vejez. Para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones: 1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre… 2. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo (...)…. Y las demás disposiciones legales vigentes establecidas. Solicitamos muy cordialmente remitir la información al correo institucional de Bienestar del Departamento: bienestar@serviciocivil.gov.co a más tardar el día viernes 31 de mayo de 2011. Ver Anexo 1. Cordial saludo, SANDRA LILIANA BAUTISTA LÓPEZ Directora |