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Resolución Reglamentaria 22 de 2013 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
11/06/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/06/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5138 de junio 13 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 022 DE 2013

(Junio 11)

“Por la cual se asignan responsabilidades y funciones para la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión de la Contraloría de Bogotá D.C.”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los Artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política y los Artículos 6, 7 y 21 del Acuerdo No. 519 del 26 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo No. 519 del 26 de diciembre de 2012, “Por el cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal, se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones”.

Que el citado Acuerdo en sus Artículos 6, 7 y 8, establece la autonomía administrativa, contractual y presupuestal que ejerce la Contraloría de Bogotá D.C., por lo cual le corresponde al Contralor de Bogotá, D.C., determinar los métodos y procedimientos para la adecuada administración de los recursos disponibles en la Entidad.

Que la Contraloría de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. 011 de 2005, “Por la cual se asignan Responsabilidades y Funciones para la ejecución de los Proyectos de Inversión de la Contraloría de Bogotá D. C.”, la cual se encuentra desactualizada en todo su contenido, por lo que se hace necesario su derogación

Que la Contraloría de Bogotá D.C., en el marco de las disposiciones establecidas en el artículo 129 de la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control a la gestión pública”, tiene formulado el Plan Estratégico 2012-2015 “Por un control fiscal efectivo y transparente”.

Que para cumplir con los postulados formulados en el Plan Estratégico 2012-2015, se debe contar como instrumento de planeación con la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión y mantener el control, evaluación, seguimiento físico y financiero permanente sobre las actividades relacionadas con los mismos, en el marco del Decreto 449 de 1999 que determina el seguimiento y control de los proyectos de inversión inscritos y registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión.

Que de conformidad con el Manual de Seguimiento al Plan – SEGPLAN – debe existir una coordinación adecuada con el fin de realizar con éxito el seguimiento y evaluación correspondiente.

Que el Sistema Integrado de Gestión –SIG- adoptó mediante Resolución Reglamentaria 020 de 2013 el nuevo modelo de operación por procesos,  lo cual hace necesario una instancia que coordine e integre las acciones que ejecuta cada proceso para que se logren los objetivos y metas propuestos, función que le compete a la Dirección de Planeación.

En el proceso de armonización del Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”, se hizo necesario formular  nuevos proyectos de inversión para la Contraloria de Bogotá D.C., con el fin de orientar la inversión en el cumplimiento del Plan Estratégico de la Contraloria de Bogotá 2012 -2015 “Por un control fiscal efectivo y transparente”.

Que la Dirección de Planeación de la Contraloría de Bogotá D.C., solicitó concepto a la Dirección de Programación y Seguimiento a la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, sobre la posibilidad que la Dirección de Planeación asumiera la Gerencia del Proyecto de fortalecimiento Institucional, en tanto este proyecto tiene metas de responsabilidad de diferentes procesos de la Contraloría de Bogotá D.C., y se convierte en un proyecto estructurante para alcanzar objetivos corporativos definidos en el Plan Estratégico 2012-2015 “Por un control fiscal efectivo y transparente”.

Que mediante comunicación No. 1-2013-04220 del 12 de febrero de 2013, la Dirección de Programación y Seguimiento a la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, expresa que:

“La Contraloría es un organismo técnico, dotado de autonomía administrativa y presupuestal es autónoma en la formulación, ejecución y seguimiento de sus proyectos de inversión, los cuales deben responder a criterios técnicos y legales, siguiendo los lineamientos establecidos para la destinación de los recursos de inversión.

Por lo anterior, es la entidad quien debe determinar a través de sus normas internas las funciones y competencias de los servidores públicos que en ella laboran”.

De lo anterior se deduce que no hay inconveniente legal, ni técnico para que el Director (a) de la Dirección de Planeación de la Contraloria de Bogotá, asuma la Gerencia Estratégica de los Proyectos de Inversión.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Crear las siguientes funciones para la adecuada formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión en la Contraloria de Bogotá D.C., así:

Gerente Estratégico de los Proyectos de Inversión: Este rol será ejercido por el Director (a) Técnico de Planeación y se dará en tanto un proyecto de inversión requiera integrar necesidades del Plan Estratégico de la Contraloría de Bogotá D.C., para desarrollar actividades que involucren más de un proceso, bajo el modelo de operación por procesos de la Contraloría de Bogotá, D.C. Para este escenario, el Gerente Estratégico de los Proyectos de Inversión estará enfocado a viabilizar las necesidades de programación presupuestal requerida en relación con las metas y actividades presentadas por los Responsables de meta, así como realizar la integración de las mismas en las etapas de formulación y seguimiento del respectivo proyecto de inversión.

Para cumplir con lo anterior, el Gerente Estratégico del Proyecto deberá:

* Determinar la viabilidad de cada uno de los proyectos que se formulen, verificando que se den los principios de integralidad, coordinación  y coherencia entre los objetivos y las metas del proyecto y de éstos con el Plan Estratégico Institucional.

* Inscribir y registrar los proyectos de inversión en el Banco de Programas y Proyectos que administra la Secretaría Distrital de Planeación -SDP, a través del sistema de información SEGPLAN.

* Elaborar la respectiva Ficha EBI-D, de acuerdo con la metodología establecida para tal fin.

* Reportar con periodicidad trimestral en el aplicativo SEGPLAN, la información aportada por cada responsable de meta

* Realizar seguimiento y monitoreo del cumplimiento de las metas por cada uno de los proyectos y presentar el informe respectivo.

Responsable meta de proyecto: Esta responsabilidad recaerá en un funcionario del Nivel Directivo teniendo en cuenta que las funciones del área a la que pertenece tenga relación con las metas del proyecto y será el encargado de coordinar la formulación, ejecución y seguimiento de las metas de un proyectos de inversión definido, a nivel de metas y actividades de proyectos, que le sean asignados.

Le corresponde al Responsable de meta de proyecto;  la toma de decisiones, que permitan el logro de las mismas, así como la optimización de los recursos asignados para la ejecución de las respectivas actividades definidas en los proyectos de inversión.  Para lo anterior, tendrá las siguientes funciones:

* Formular las actividades del proyecto de inversión, bajo su responsabilidad,  con el apoyo de la Dirección de Planeación, de conformidad con la metodología establecida por la Secretaría Distrital de Planeación y socializarlo ante las instancias que corresponda.

* Determinar la línea base que permita la formulación de las metas.

* Tramitar ante la Dirección de Planeación el concepto de viabilidad técnica de los proyecto de inversión donde se tengan metas a su cargo.

* Formular en los planes de acción del proceso a su cargo, las metas y las actividades relacionadas con los proyectos de inversión de las cuales será responsable bajo este rol.

* Proponer y justificar ante la Dirección de Planeación, las solicitudes de modificación de  metas, actividades y de programación presupuestal de la inversión a su cargo.

* Ejecutar las acciones necesarias para cumplir con las metas del proyecto de las cuales es responsable.

* Monitorear el avance físico y financiero de las metas y actividades de proyecto que se encuentran a su cargo.

* Realizar en coordinación con las áreas funcionales respectivas los estudios previos necesarios para iniciar el proceso pre-contractual para adquirir los bienes y servicios indispensables para el logro de las metas de inversión a su cargo.

* Hacer seguimiento a los avances de las actividades programadas y coordinar las acciones que sean necesarias para el logro de las metas de cada proyecto.

* Reportar trimestralmente, o cuado se le solicite, a la Dirección de Planeación los avances en cuanto al cumplimiento de la meta (magnitud) y a la ejecución presupuestal de las actividades programadas.

ARTÍCULO SEGUNDO: Designar como Gerente Estratégico de los Proyecto de Inversión de la Contraloria de Bogotá, D.C., al Director (a) Técnico de Planeación, quien deberá dar cumplimiento a las funciones determinadas en el artículo primero de esta resolución.

ARTÍCULO  TERCERO:  Modificado por el art. 1, Resolución Contraloría Distrital 32 de 2013,  Designar como Responsable de meta de Proyectos de Inversión, a los siguientes funcionarios:


PROYECTOS DE INVERSIÓN

METAS

 

RESPONSABLE DE METAS

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

776

 

 

 

“FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL PARA UN CONTROL FISCAL EFECTIVO Y TRANSPARENTE”

 

 

Implementar el 100% de las soluciones tecnológicas que involucran los componentes de hardware, software y comunicaciones  para el fortalecimiento de las TIC´s en la Contraloría de Bogotá.

Director de Tecnología

Adecuar y remodelar áreas de trabajo

Director (a) Administrativo

Ejecutar los programas ambientales establecidos en el Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA 2012 – 2016.

Director (a) Administrativo

Implementar una solución integral de educación virtual en la Contraloría de Bogotá.

Subdirector (a) de Capacitación y Cooperación Técnica

770

 

 

 

“CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA”

Desarrollar Pedagogía Social formativa e ilustrativa

Director (a) de Participación Ciudadana y Desarrollo Local.

Realizar acciones ciudadanas especiales

Utilizar los medios locales de comunicación para realizar, producir y emitir contenidos pedagógicos audiovisuales y escritos de Participación Ciudadana

Desarrollar y ejecutar estrategias de comunicación (prensa, radio y televisión) orientadas a la divulgación de las acciones y los resultados del ejercicio del control fiscal en la capital.

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial (sic) Resolución Reglamentaria No. 011 de 2005.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los once (11) días del mes de junio de dos mil once (2011).

DIEGO ARDILA MEDINA

Contralor de Bogotá, D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5138 de junio 13 de 2013