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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 025 DE 2013 (Junio 24) Por la cual se crea y conforma el Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de las atribuciones Constitucionales, Legales y Reglamentarias y CONSIDERANDO: Que la Constitución Política, prevé en su artículo 267 que “el control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la nación”. Que el artículo 268 de la Carta Superior, confiere al Contralor General de la República, entre otras atribuciones, las siguientes, “numeral 5) Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, (...) y en el numeral 8) Promover ante las autoridades competentes, aportando las pruebas respectivas, investigaciones penales o disciplinarias contra quienes hayan causado perjuicio a los intereses patrimoniales del estado. (...)”. Que las funciones atribuidas al Contralor General de la República se hacen extensivas por virtud del artículo 272 de la Constitución, a los Contralores Departamentales, Distritales y Municipales en el ámbito de su jurisdicción. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998: “(...) Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”. Que el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo 519 de 2012, por medio del cual “se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones” , cuyo artículo 62 establece que el Contralor de Bogotá podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio, los grupos internos de trabajo que requiera la Contraloría de Bogotá, D. C., para atender las necesidades del servicio y cumplir las políticas, los objetivos, planes, programas y proyectos de la entidad. Que el artículo 22 del Acuerdo 519 de 2012, al referirse a la delegación del control fiscal dispone: “El Contralor de Bogotá, D. C., mediante acto administrativo, podrá delegar funciones generales o específicas del ejercicio de la vigilancia y del control fiscal, así como las atribuidas a la Contraloría de Bogotá, D. C., por las que deba responder, con excepción de los casos de que trata el artículo 24 del presente Acuerdo. Esta delegación podrá hacerse en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría de Bogotá, D. C.” Que se hace necesario crear el Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que adelante las auditorias especiales y visitas fiscales que por sus características técnicas, impacto y complejidad ameriten una atención inmediata, al tiempo que sirvan de soporte a las Direcciones Sectoriales de la entidad, en su ejercicio fiscalizador en los temas relacionados con las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y atienda las solicitudes que el Contralor considere, para el mejor desarrollo del quehacer institucional, sin perjuicio de las funciones propias de las referidas Direcciones Sectoriales, el cual quedará adscrito al Despacho del Contralor de Bogotá. Que el citado Acuerdo dispone en el numeral 8 del artículo 27 como función del Despacho del Contralor de Bogotá, D.C., la de “Dirigir la realización de cualquier examen de auditoria que se considere necesario”. Que mediante Resolución Reglamentaria No. 002 de Enero 22 de 2013 “Por la cual se adopta la denominación de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá D.C. y se asignan los códigos”, se adoptaron las denominaciones y códigos de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá D.C. establecida por el Acuerdo 519 de 2012. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Contralor de Bogotá D.C. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Creación: Créase y organícese con carácter permanente el Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, adscrito al Despacho del Contralor de Bogotá D.C. ARTÍCULO SEGUNDO.- Conformación: El Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, estará integrado por Asesores, Profesionales Especializados, Profesionales Universitarios, Técnicos, los cuales deben contar con conocimientos, competencias y experiencia en ingeniería de sistemas o carreras afines. Adicionalmente, una secretaria y un auxiliar administrativo de la planta Global de la Contraloría de Bogotá D.C., asignados por el Contralor de Bogotá. PARÁGRAFO 1: Coordinación. Corresponde al Contralor de Bogotá D.C., designar al coordinador del Grupo Especial de Apoyo a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, quien deberá cumplir con las labores de coordinación, ejecución, supervisión y control de todas las actividades que se adelanten al interior del Grupo. ARTÍCULO TERCERO.- Funciones: Son funciones del Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las siguientes: 1. Adelantar a petición del Contralor de Bogotá, las auditorias especiales y visitas fiscales que en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se requieran por hechos que puedan lesionar los intereses patrimoniales del Distrito, dando cumplimiento a los procedimientos vigentes. 2. Prestar asesoría técnica a las Direcciones de Estudios de Economía y Política Pública, Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva y Sectoriales de Fiscalización de la Contraloría de Bogotá, en la realización de auditorías a los diferentes sujetos de control, en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, cuando estas lo requieran. 3. Proyectar advertencias fiscales y pronunciamientos, de acuerdo con los procedimientos vigentes en el Sistema Integrado de Gestión – SIG. 4. Presentar informes de gestión al Contralor sobre el resultado de las actividades encomendadas y los reportes que en materia de gestión de resultados determine el SIG. 5. Las demás funciones que sean asignadas por el Contralor de Bogotá, D.C. ARTÍCULO CUARTO.- Asignar como código del Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el número 10100 para que sea utilizado en los diferentes procesos técnicos y administrativos en que intervenga, en especial los relacionados con el trámite de la correspondencia. ARTÍCULO QUINTO.- Corresponde a la Dirección de Planeación la actualización de los documentos y procedimientos adoptados. ARTÍCULO SEXTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de junio del año 2013. DIEGO ARDILA MEDINA Contralor de Bogotá, D.C. NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5147 de junio 26 de 2013 |