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Resolución 84 de 2013 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
18/06/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/06/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5153 de julio 8 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 084 DE 2013

(Junio 18)

 Derogada por el art. 4, Resolución Veeduría Distrital 138 de 2014.

“Por la cual se adopta el Manual de Supervisión e Interventoría de la Veeduría Distrital”

LA VEEDORA DISTRITAL,

en ejercicio de sus competencias legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012 y

CONSIDERANDO:

Que la actividad contractual de la Veeduría Distrital, debe ceñirse a los postulados instituidos por la Constitución Política de Colombia, las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, el Decreto Reglamentario 734 de 2012, la Ley 1474 de 2011, y las demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 establece: “Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda”,

Que propendiendo por garantizar la transparencia y el adecuado y responsable manejo de los recursos públicos, se hace necesario actualizar las funciones, las obligaciones y los procedimientos que deben adelantar de manera óptima los supervisores e interventores de los contratos y convenios que suscriba la Veeduría Distrital, en ejercicio de dicha labor, y garantizar así el cumplimiento de las obligaciones convencionales y contractuales.

Que como medida de prevención del daño antijurídico en materia contractual, se hace especial énfasis en el adecuado seguimiento de los contratos y/o convenios suscritos por la Veeduría Distrital, con el propósito de eliminar en lo posible, o mitigar y controlar los riesgos que se puedan derivar de la contratación para la entidad, los contratistas y terceros.

Que las nuevas metas institucionales en el marco del Plan de Desarrollo “Bogotá Humana” exigen la optimización de procesos y la búsqueda de mayor valor agregado en la gestión, razón por la cual se hace necesario actualizar y ajustar los manuales y/o procedimientos existentes a las necesidades de la Entidad y a la normatividad vigente en la materia.

Que la Ley 1474 de 2011, el Decreto Ley 19 de 2012 y el Decreto Reglamentario 734 de 2012, introdujeron cambios a la normatividad contractual, que hacen necesaria la actualización de las reglas de la función de supervisión e interventoría y la consecuente expedición del Manual de Supervisión e Interventoría de la Veeduría Distrital.

Que adicionalmente y de acuerdo con las observaciones presentadas la Auditoría de la Contraloría Distrital a la vigencia 2011, referentes a las debilidades en la actividad de supervisión y en pro de mejorar la eficacia de la función de los supervisores, se hace necesario implementar un Manual donde se establezcan orientaciones generales, que permitan el conocimiento de las funciones e instrumentos que se deben diligenciar para obtener mejores resultados.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Manual de Supervisión e Interventoría de la Veeduría Distrital, el cual contiene las directrices y los estándares aplicables a la gestión de la actividad contractual de la Entidad, contenido en el texto que se anexa formando parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Oficina Asesora de Jurídica será la encargada de la coordinación y actualización del Manual de Supervisión e Interventoría de la Veeduría Distrital, de conformidad con las directrices de la Viceveedora Distrital.

ARTÍCULO TERCERO: El Manual de Supervisión e Interventoría será publicado en la Intranet institucional y en el Portal Web de la Veeduría.

ARTÍCULO CUARTO: La presente rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PARÁGRAFO: Los procesos de contratación y/o contratos o convenios que se hayan iniciado con anterioridad a la vigencia de la presente Resolución aplicarán las reglas aquí contenidas sólo a partir de la entrada en la vigencia de la misma.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los dieciocho (18) días del mes de junio de dos mil trece (2013).

ADRIANA CÓRDOBA ALVARADO

Veedora Distrital

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5153 de julio 8 de 2013