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Resolución 265 de 2013 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
14/08/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/08/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5179 de agosto 15 de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SDH-000265 DE 2013

(Agosto 14)

Por el cual se acoge la aplicación transitoria del Decreto 734 de 2012.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 163 del Decreto 1510 de 2013 por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública deroga expresamente el Decreto 734 de 2012.

Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, aquellas Entidades Estatales que, por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto 734 de 2012, pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el período de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013, efecto frente al cual las Entidades Estatales deben expedir a más tardar el 15 de agosto de 2013, un acto administrativo de carácter general en el cual manifiesten que se acogen al período de transición, acto que se publicará en el SECOP.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda debe acogerse al régimen de transición anteriormente descrito, teniendo en cuenta que operativamente es necesario ajustar sus procedimientos internos a la nueva reglamentación de que trata el Decreto 1510 de 2013.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Acoger para la Secretaría Distrital de Hacienda la aplicación transitoria del Decreto 734 de 2012 en los términos del numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013.

ARTÍCULO 2º.- Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el Secop.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE .

Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de agosto de dos mil trece (2013).

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda


NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5179 de agosto 15 de 2013