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RESOLUCIÓN 054 DE 2013 (Agosto 9) Por la cual se acoge a la aplicación transitoria del Decreto 734 de 2012 conforme al numeral 2º del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013. LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la facultad de la delegación para contractar efectuada por el señor Alcalde Mayor de Bogotá, Representante Legal de los Fondos de Desarrollo Local, con base en lo dispuesto en la ley 80 de 1993 y de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Ley 1421 de 1993, Decreto 469 de 2009 y Decreto Distrital 101 de 2010 aclarado por medio del Decreto 153 de 2010 y según lo dispuesto en el Decreto 159 de 2012, y CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 163 Decreto 1510 de 2013 “Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública” deroga expresamente el Decreto 734 de 2012. 2. Que de acuerdo con el numeral 2º del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, aquellas Entidades Estatales, que por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva contratación, consideren necesario continuar aplicando las decisiones del Decreto 734 de 2013, pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el período de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013. 3. Que para tal efecto, la Entidad Estatal que decide continuar aplicando transitoriamente las disposiciones del Decreto 734 de 2012, debe expedir, a más tardar el 15 de agosto, un acto administrativo de carácter general en el cual manifieste que se acoge la transición establecida en el numeral 2º del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013; acto administrativo que debe publicarse en el SECOP. 4. Que el Fondo de Desarrollo Local de Suba – FDL Suba- debe acogerse al régimen de transición anteriormente descrito, teniendo en cuenta que operativamente es necesario ajustar sus procedimientos internos a la nueva reglamentación de que trata el Decreto 1510 de 2013. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- ACOGER para el Fondo de Desarrollo Local de Suba, la aplicación transitoria del Decreto 734 de 2012 en los términos del numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013. ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar la publicación del presente Acto administrativo en el SECOP. ARTÍCULO TERCERO.- El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 9 días del mes de agosto del año 2013. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. MARISOL PERILLA GOMEZ Alcaldesa Local de Suba NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5180 de agosto 16 de 2013 |