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RESOLUCIÓN 141 DE 2013 (Agosto 1) Por la cual el Jardín Botánico José Celestino Mutis se acoge el régimen de transición del Decreto 1510 del 17 de julio de 2013. EL DIRECTOR DEL JARDIN BOTANICO JOSÉ CELESTINO MUTIS En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en la ley 489 de 1998, las Leyes 80 de 1993 y los Decretos 040 de 1993 y 1510 del 17 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que el Decreto 1510 de julio 17 de 2013 “Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública” derogó el Decreto 734 de 2012 y el Decreto 1397 de 2012, por el cual se modifica el numeral 1 del artículo 6.1.1.2 del Decreto 734 de 2012. Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto-ley 4170 de 2011 creó la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– como ente rector de la contratación pública; que bajo los parámetros del decreto en mención la Agencia definió los lineamientos técnicos, conceptuales y metodológicos para la consolidación de un sistema de compras y contratación pública. Que según los considerandos del Decreto 1510 de 2013, “es necesario incorporar a la reglamentación las mejores prácticas internacionales en la planeación de la contratación y la compra pública, hacer ajustes en el Registro Único de Proponentes, en la capacidad residual, la subasta inversa, el concurso de méritos, la aplicación de acuerdos comerciales y el régimen de garantías, entre otros”. Que igualmente se establece la conveniencia de mantener en un solo instrumento la reglamentación aplicable al sistema de compra y contratación pública. Que el numeral 2º el artículo 162 del Decreto 1510 de julio 17 de 2013 preceptúa: Artículo 162. Régimen de transición. El siguiente es el régimen de transición del presente decreto: … 2. Aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012. Aquellas Entidades Estatales que, por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto número 734 de 2012 pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el periodo de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013. Para el efecto, las Entidades Estatales deben expedir a más tardar el 15 de agosto de 2013 un acto administrativo de carácter general en el cual manifiesten que se acogen a dicho periodo de transición, el cual debe ser publicado en el Secop”. Que el Jardín Botánico José Celestino Mutis debe ajustar los procedimientos internos a la nueva reglamentación, por lo tanto considera necesario continuar aplicando en todos los procesos contractuales, el Decreto 734 de 2012 durante el periodo de transición, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2013. Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- El Jardín Botánico José Celestino Mutis por las razones expuestas en la parte considerativa, acoge el periodo de transición, y en consecuencia continuará aplicando el Decreto 734 de 2012 en todos los procesos de contratación hasta el 31 de diciembre de 2013, en los términos del Decreto 1510 de julio 17 de 2013. ARTÍCULO SEGUNDO.- Publicar la presente decisión en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y Portal de Contratación a la Vista http://www.contratacionbogota.gov.co. ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga las normas que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá al 1° día del mes de agosto del año 2013. LUIS OLMEDO MARTINEZ ZAMORA Director General Jardín Botánico José Celestino Mutis NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5180 de agosto 16 de 2013 |