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Circular 98 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/08/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 98 DE 2013

 

(Agosto 28)

 

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERIA JURÍDICA, GERENTES (AS),  PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL DISTRITO CAPITAL, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES, Y RECTORES DEL ENTE AUTONOMO UNIVERSITARIO Y DE COLEGIOS DISTRITALES.

De:

SECRETARIO GENERAL (E)

Asunto:

Aplicación Ley de Garantías Electorales

 

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente emitió la Circular No. 3 del 16 agosto de 2013 en la que en cumplimiento de su objetivo como ente rector del sistema de compras y contratación pública, establece las pautas para cumplir las restricciones a la contratación pública establecidas en la Ley 996 de 2005.

 

Para efectos de conocimiento y aplicación de los lineamientos señalados por la entidad del orden nacional, se remite en anexo la citada Circular.

 

Cordialmente,

 

LUIS EDUARDO SANDOVAL ISDITH

Secretario General (E)

 

C.C.

N.A

 

Anexos:

Lo anunciado en un (1) (sic) folio

 

Proyecto:

Fernando Pachón Piñeros

Reviso / Aprobó:

María Fernanda Bermeo Fajardo