Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 336 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/07/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/07/2002
Medio de Publicación:
Publicado en el Registro Distrital 2685 del 30 de julio de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM03362002

Decreto 336 DE 2002

(Julio 30)

«Por el cual se modifica el Decreto 955 de 2001 y sus Decretos modificatorios».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogotá expidió mediante el Acuerdo 47 de 2001, el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año 2002, el cual fue liquidado según Decreto 954 de 2001.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64, inciso 2o. del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 955 de 2001, mediante el cual se suspendieron unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2002.

Que se requiere recomponer la suspensión del Presupuesto de Inversión de la Secretaría General con el fin de levantar la suspensión de un proyecto prioritario para permitir su ejecución y aplicarla a otro en la misma cuantía.

Que es necesario levantar la suspensión a unas apropiaciones en el Presupuesto de Inversión de algunas entidades, para permitir la ejecución de proyectos prioritarios del Plan de Desarrollo.

Que por lo anteriormente expuesto, se modifica el monto de la suspensión establecida mediante el Decreto 955 de 2001 y sus modificatorios.

En virtud de lo anterior,

Ver el Decreto Distrital 955 de 2001

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Modificó el Art. 1 del Decreto Distrital 955 de 2001Levantar la suspensión en las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

105

VEEDURÍA DISTRITAL

50.000.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

50.000.000

3 3 1

DIRECTA

50.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

50.000.000

3 3 1 11 07

GESTlÓN PÚBLICA ADMIRABLE

50.000.000

3 3 1 11 07 35

Cultura de la probidad y del control social

50.000.000

3 3 1 11 07 35 7269

Acciones para la probidad y el control fiscal

50.000.000

106

UNIDAD EJECUTIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS «UESP»

100.000.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

100.000.000

3 3 1

DIRECTA

100.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

100.000.000

3 3 1 11 02

PRODUCTIVIDAD

100.000.000

3 3 1 11 02 12

Plataforma integral de servicios

100.000.000

3 3 1 11 02 12 7384

Gestión a la prestación del servicio de alumbrado público en Bogotá D.C.

100.000.000

110

SECRETARÍA DE GOBIERNO

3.051.459.200

3

GASTOS

 

3 3

INVERSlÓN

3.051.459.200

3 3 1

DIRECTA

3.051.469.200

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

3.051.459.200

3 3 1 11 01

CULTURA CIUDADANA

2.227.459.200

3 3 1 11 01 01

Apreciar las normas y admirar lo bueno

256.000.000

3 3 1 11 01 01 7083

Reforma de las normas relacionadas con la seguridad y convivencia

256.000.000

3 3 1 11 01 02

Vida Sagrada

1.971.459.200

3 3 1 11 01 02 4039

Creación y fortalecimiento de unidades de mediación y conciliación de Bogotá

620.459.200

3 3 1 11 01 02 7082

Fortalecimiento de la infraestructura carcelaria y de reclusión en Bogotá

500.000.000

3 3 1 11 01 02 7084

Implementación de un sistema de información sobre violencia y delicuencia

300.000.000

3 3 1 11 01 02 7085

Implementación de un programa de comunicación para la convivencia

251.000.000

3 3 1 11 01 02 7086

Atención a jóvenes involucrados en asuntos de violencia

300.000.000

3 3 1 11 05

AMBIENTE

600.000.000

3 3 1 11 05 26

Bogotá previsiva, vivimos más

600.000.000

3 3 1 11 05 26 2010

Modernización cuerpo oficial de bomberos

600.000.000

3 3 1 11 06

FAMILIA Y NIÑEZ

224.000.000

3 3 1 11 06 32

Desarmarnos con amor

224.000.000

3 3 1 11 06 32 4038

Creación y fortalecimiento de las comisarías de familia de Bogotá

224.000.000

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

800.000.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

800.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

800.000.000

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

800.000.000

3 3 2 01 14

Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y de la Juventud - IDIPRON

800.000.000

112

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL

1.110.000.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

1.110.000.000

3 3 1

DIRECTA

1.110.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

1.110.000.000

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

210.000.000

3 3 1 11 03 14

Ubiquémonos para la solidaridad

210.000.000

3 3 1 11 03 14 4179

Desarrollo de programas de educación especial

210.000.000

3 3 1 11 07

GESTIÓN PÚBLlCA ADMIRABLE

900.000.000

3 3 1 11 07 33

Administración a la medida

900.000.000

3 3 1 11 07 33 1121

Sostenimiento de la red de participación educativa

900.000.000

126

DEPARTAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEL MEDIO AMBIENTE - DAMA

191.000.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

191.000.000

3 3 1

DIRECTA

191.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

191.000.000

3 3 1 11 05

AMBIENTE

191.000.000

3 3 1 11 05 27

Bogotá bella, construida y natural

191.000.000

3 3 1 11 05 27 7419

Ecosistemas estratégicos y biodiversidad: consolidación de la estructura ecológica principal.

191.000.000

TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA

5.302.459.200

PARÁGRAFO: El levantamiento en las Transferencias para Inversión de la Secretaría de Hacienda a que se refiere el presente artículo se reflejará en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la siguiente entidad Distrital así:

214

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y DE

 
 

LA JUVENTUD - IDIPRON

800.000.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

800.000.000

3 3 1

DIRECTA

800.000.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

800.000.000

3 3 1 11 02

PRODUCTIVIDAD

800.000.000

3 3 1 11 02 07

Bogotanos y Bogotanas altamente competentes

800.000.000

3 3 1 11 02 07 4021

Generación de empleo como herramienta de recuperación para jóvenes de la calle

800.000.000

ARTÍCULO 2o.- Levantar la suspensión en una apropiación del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así:

104

SECRETARÍA GENERAL

83.456.000

01

DESPACHO

 

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

83.456.000

3 3 1

DIRECTA

83.456.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

83.456.000

3 3 1 11 07

GESTIÓN PÚBLlCA ADMIRABLE

83.456.000

3 3 1 11 07 36

Servimos al ciudadano

83.456.000

3 3 1 11 07 36 7380

Racionalización de trámites en entidades del Distrito Capital

83.456.000

ARTÍCULO 3o.- El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 2o. del presente Decreto, se compensará con la suspensión de la siguiente partida del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así:

104

SECRETARÍA GENERAL

 

01

DESPACHO

83.456.000

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

83.486.000

3 3 1

DIRECTA

83.456.000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

83.456.000

3 3 1 11 07

GESTIÓN PÚBLlCA ADMIRABLE

83.456.000

3 3 1 11 07 36

Servimos al ciudadano

83.456.000

3 3 1 11 07 36 1122

Optimización de la calidad del servicio al ciudadano y fortalecimiento de los CADE

83.456.000

ARTÍCULO 4o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de julio de dos mil dos (2002).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2685 del 30 de julio de 2002