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ACUERDO 75 DE 2013 (Septiembre 3) “Por el cual se ajusta el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión de METROVIVIENDA EIC, para la vigencia fiscal 2013”. LA JUNTA DIRECTIVA DE METROVIVIENDA - EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL En ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y CONSIDERANDO: Que el parágrafo 2 del artículo 28 del Decreto Distrital 195 de 2007, establece: “De la misma manera cuando en el transcurso de la vigencia se suscriban convenios con recursos incorporados en el presupuesto de cualquiera de los entes que hacen parte del Presupuesto General del Distrito Capital, éstos servirán de base para incorporar los recursos en el presupuesto de la respectiva empresa, mediante Acuerdo de Junta o Consejo Directivo. Estos actos administrativos deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, acompañados del respectivo certificado de disponibilidad presupuestal y su justificación económica, para la aprobación de las operaciones presupuestales en ellos contenidas, requisito sin el cual no podrán ser ejecutados. En el caso de gastos de inversión, se requerirá concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.” Que mediante Decreto 164 del 12 de abril de 2013, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013, en cumplimiento del Acuerdo 521 del 14 de marzo de 2013; expedido por Concejo de Bogotá, Distrito Capital. Que el mencionado Decreto en su artículo 34 establece: “Cuando las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, el Concejo, la Veeduría, la Personería, la Contraloría, el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las Empresas Sociales del Estado del orden distrital celebren convenios entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resoluciones del/a Jefe/a del órgano respectivo o por Acuerdo o Resolución de sus Juntas o Consejos Directivos o por Decreto del Alcalde Local en los casos a que a ello hubiere lugar, previos los conceptos requeridos. Los actos administrativos a que se refiere el inciso anterior deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, acompañados del respectivo certificado de disponibilidad presupuestal y su justificación económica, para la aprobación de las operaciones presupuestales en ellos contenidas, requisito sin el cual no podrán ser incorporados en el Presupuesto. En el caso de gastos de inversión, se requerirá concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Las ESE requerirán en todos los casos del concepto previo de la Secretaría Distrital de Salud antes de su aprobación por Junta Directiva.” Que el Manual Operativo Presupuestal adoptado mediante la Resolución No. SDH-000660 del 29 de diciembre de 2011, expedida por el Secretario Distrital de Hacienda y que rige para los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, en su numera 3.2.1.1.2 establece el procedimiento para realizar los ajustes presupuestales derivados de la suscripción de convenios entre entidades del orden Distrital. Que la Secretaría Distrital del Hábitat y METROVIVIENDA E.I.C. suscribieron el Convenio Interadministrativo N° 359 del 21 de agosto de 2013, cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos y financieros con el fin de adelantar obras de mitigación para el desarrollo de proyectos integrales de iniciativa pública o pública privada que incluyan Vivienda de Interés Prioritario”, por valor de MIL SEISCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS CORRIENTES M/CTE ($1.606’396.000). Que para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio, la Secretaría Distrital del Hábitat expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 575 de 20 de agosto de 2013 con cargo al rubro 3-3-1-14-01-15-0487-173, correspondiente al proyecto de inversión 487 denominado “Mecanismos para la Producción de Suelo para Vivienda de Interés Prioritario” y el Registro Presupuestal N° 641 del 22 de agosto de 2013. Que mediante comunicación N° 2-2013-54237 del 30 de agosto de 2013, la Secretaría Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste de MIL SEISCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($1.606’396.000) en el presupuesto de Gastos e Inversiones de METROVIVIENDA E.I.C. de la presente vigencia fiscal, para el proyecto 57 denominado “Gestión del Suelo”. Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversiones de METROVIVIENDA E.I.C. para la vigencia fiscal 2013. Que conforme a lo anterior, el Gerente General de METROVIVIENDA E.I.C. presentó a la Junta Directiva el proyecto de ajuste al Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de METROVIVIENDA para la vigencia fiscal 2013 por la suma de MIL SEISCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($1.606’396.000). Que los miembros de la Junta Directiva de METROVIVIENDA en sesión llevada a cabo el 3 de septiembre de 2013, acuerdan aprobar el ajuste al Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de METROVIVIENDA para la vigencia fiscal del año 2013. Que en mérito de lo expuesto anteriormente, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el ajuste al Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de METROVIVIENDA para la vigencia fiscal 2013 comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de MIL SEISCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($1.606’396.000), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de refrendación de las operaciones presupuestales aquí contenidas, por pate (sic) de la Secretaría Distrital de Hacienda. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013). MARÍA MERCEDES MALDONADO COPELLO Presidenta SANDRA HELENA MEJÍA GARCÍA Secretaria NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5201 de septiembre 17 de 2013 |