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Resolución 187 de 2013 Jardín Botánico José Celestino Mutis - JBB

Fecha de Expedición:
18/09/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/09/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5209 de septiembre 27 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 187 DE 2013

(Septiembre 18)

“Por la cual se crea el Comité de Sistemas de la Información y las Comunicaciones del Jardín Botánico José Celestino Mutis y se le asignan sus funciones”.

EL DIRECTOR GENERAL DEL JARDIN BOTÁNICO, JOSÉ CELESTINO MUTIS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto 040 de 1993.

CONSIDERANDO:

Que los datos y la información utilizada por todas las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital para su funcionamiento administrativo y el cumplimiento de sus funciones misionales, constituyen un patrimonio con valor económico que requiere las garantías administrativas y jurídicas para su conservación y ejercicio del derecho pleno de uso, por parte de la Administración Distrital, y en tal sentido, es un “bien público” de valor estratégico y patrimonial.

Que es responsabilidad de las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital, gestionar los recursos tecnológicos y administrativos que permitan el manejo de los datos y la información, así como controlar el uso de dichos recursos por parte de los servidores públicos y contratistas que las conforman.

Que la Comisión Distrital de Sistemas (CDS) de Bogotá D.C., mediante la Resolución 305 del 20 de Octubre de 2008, expide políticas públicas para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital, en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones respecto a la planeación, seguridad, democratización, calidad, racionalización del gasto, conectividad, infraestructura de Datos Espaciales y Software Libre.

Que la información es elemento primordial de cualquier organización, y por tanto se hace importante la implementación de medidas que propendan por salvaguardar la integridad, la confidencialidad y la disponibilidad de la información que manejan las entidades, con el fin de garantizar una prestación continua e ininterrumpida de los diversos servicios ofrecidos por el Jardín Botánico José Celestino Mutis.

Que es necesario coordinar el aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones para asegurar el desarrollo y la modernización del Jardín Botánico José Celestino Mutis.

Que es necesario crear en la Entidad una instancia permanente que se ocupe de la identificación, recomendación y seguimiento de políticas generales con relación a las tecnologías de la información y las telecomunicaciones, que garanticen la compatibilidad técnica de los sistemas de información y el uso racional y eficiente de los recursos con que se cuenta.

Que las Políticas de Seguridad de la Información protegen a las organizaciones de una amplia gama de amenazas, a fin de garantizar la continuidad de los sistemas de información, minimizar los riesgos de daño y asegurar el eficiente cumplimiento de los objetivos de la Entidad.

Que las decisiones adoptadas en materia de Sistemas de la Información y las Comunicaciones deben ser debatidas y aprobadas por las máximas instancias de la Entidad.

Que conforme a las consideraciones antes expuestas,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Créase el Comité de Sistemas de Información y Comunicaciones destinado a garantizar el apoyo manifiesto de la administración hacia las iniciativas en materia de tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el Jardín Botánico José Celestino Mutis.

Mediante la creación del Comité de Sistemas de Información y Comunicaciones del Jardín Botánico José Celestino Mutis, se pretende establecer, implementar y monitorear las estrategias a adoptar en materia de Sistemas de Información y Comunicaciones que requiera la entidad de acuerdo con su dinámica.

ARTÍCULO SEGUNDO: Conformación. El Comité estará integrado por los siguientes representantes:

* Director General o su delegado.

* Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

* Secretario General.

* Líder del Área de Sistemas.

* Responsable de la Administración de la Red de Datos de la Entidad.

Los anteriores representantes tendrán voz y podrán efectuar recomendaciones para la toma de decisiones.

El jefe de la Oficina de Control Interno o su delegado será invitado permanente del Comité de Sistemas de Información y Comunicaciones del Jardín Botánico José Celestino Mutis, quien tendrá voz en las reuniones que se adelanten.

ARTÍCULO TERCERO: Funciones. El Comité de Sistemas de Información y las Comunicaciones del Jardín Botánico José Celestino Mutis, será la instancia responsable de llevar a cabo las siguientes funciones:

* Apoyar y asesorar a la Entidad, en la adquisición de tecnologías de software y hardware necesaria como apoyo para el cumplimiento de los objetivos misionales del Jardín Botánico José Celestino Mutis.

* Definir, aprobar, ejecutar y actualizar el Plan Estratégico de Sistemas de Información y las Comunicaciones (PETIC), el cual debe estar dirigido hacia el soporte de los objetivos, planes, políticas y estrategias de la Entidad y debe servir de mecanismo para la racionalización del gasto y el seguimiento de las inversiones en Tecnologías de Información y Comunicaciones.

* Adoptar y adaptar los lineamientos técnicos emitidos por Comisión Distrital de Sistemas, al interior de la Entidad.

* Velar por la correcta implementación de las políticas establecidas y revisar continuamente los objetivos propuestos.

* Establecer y actualizar en forma permanente las políticas de Seguridad Informática, mediante su revisión y continua evaluación.

* Definir las políticas necesarias para implementar los programas de Gobierno en Línea al interior del Jardín Botánico José Celestino Mutis.

* Apoyar las acciones necesarias para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

* Gestionar los recursos necesarios para el desarrollo de los planes trazados en materia de Sistemas de Información y Comunicaciones.

ARTÍCULO CUARTO: Convocatoria. El Comité de Sistemas de la Información y las Comunicaciones se reunirá por convocatoria del Líder del Área de Sistemas, por lo menos una vez cada trimestre, invitando a servidores públicos de la Entidad, cuya presencia sea necesaria y relevante para los temas a tratar.

ARTÍCULO QUINTO: Secretaría del Comité. La secretaría del Comité estará a cargo del Líder del área de Sistemas.

ARTICULO SEXTO: Funciones del Secretario. El secretario del comité levantará las actas, en la que dejará constancia de todas las actuaciones tratadas dentro del comité, las conclusiones y las recomendaciones, con los correspondientes soportes y llevará un archivo físico y magnético de cada una de las actas. En el evento que el secretario por cualquier razón, no pueda asistir al comité, los miembros integrantes del mismo, procederán a nombrar un secretario Adhoc, quien tendrá para esa reunión las mismas funciones que el titular.

ARTÍCULO SÉPTIMO: vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013).

LUIS OLMEDO MARTÍNEZ ZAMORA

Director Jardín Botánico José Celestino Mutis

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5209 de septiembre 27 de 2013