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RESOLUCIÓN 1073 DE 2002 (Julio 10) "Por la cual se establece en forma transitoria el horario de trabajo para los servidores públicos de la Localidad Quinta de Usme". LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE BOGOTA, D.C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto 854 de 2001, expedido por el Alcalde Mayor, CONSIDERANDO Que mediante la Resolución No. 0342 del 4 de Marzo de 2002 se modificó por el término de tres (3) meses contados a partir del 16 de marzo de 2002, el horario de trabajo de los servidores públicos de las Alcaldías Locales y las Inspecciones de Policía, quienes en la actualidad laboran de lunes a viernes en jornada continua de 8 A:M a 5:30 P:M, con una (1) hora de almuerzo por el sistema de turnos de trabajo. Que el lapso de tres (3) meses fue ampliado en seis (6) meses más contados a partir del 17 de junio de 2002, por disposición de la Resolución 0925 del 14 de junio de 2002. Que para garantizar la prestación del servicio a la ciudadanía tal como lo preceptúa el artículo 2º del Decreto 2150 de 1.995, la Resolución 0342 del 4 de marzo del presente año, ordena que en la dependencia destinada a la radicación de correspondencia y de quejas y reclamos o la que haga sus veces de las Alcaldías Locales e Inspecciones de Policía, el horario extendido de atención al público será los días sábados de 8:00 A:M a 12:00 M. Que debido a las actuales circunstancias de alteración del orden público, así como el grado de vulnerabilidad en que se encuentra expuesta la Localidad Quinta de Usme por su ubicación geográfica, se requiere modificar de manera transitoria el horario de trabajo de los servidores públicos distritales que laboran en dicha localidad de la siguiente manera: de lunes a viernes en jornada continua de 7 A:M a 4 P:M. Que en mérito de lo expuesto RESUELVE: ARTÍCULO 1.- El horario de trabajo de los servidores públicos de la Alcaldía Local e Inspecciones de Policía de Usme será transitoriamente de lunes a viernes en jornada continua de 7:00 A:M a 4:00 P:M. ARTÍCULO 2.- La Oficina destinada a quejas y reclamos continuará atendiendo público en horario extendido los días sábados de 8:00 A:M a 12:00 M en los términos previstos por la Resolución 0342 del 4 de marzo de 2002. ARTÍCULO 3.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de Julio del año 2002. MYRIAM SORAYA MONTOYA GONZÁLEZ Secretaria de Gobierno. NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2675 de Julio 16 de 2002. |