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Resolución 63 de 2014 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
23/01/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/01/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5287 de enero 28 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 63 DE 2014

(Enero 23)


“Por medio de la cual se constituye la caja menor de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia fiscal 2014 y se designan los funcionarios responsables de su manejo”.


LA SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE DE BOGOTÁ D. C.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 489 de 1998, el Acuerdo No. 257 del 30 de noviembre de 2006 expedido por el Concejo de Bogotá, los Decretos Distritales Nos. 558 del 29 de diciembre de 2006 y 061 del 14 de febrero de 2007 y,


CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital N°. 061 del 14 de febrero de 2007, el Alcalde Mayor de esta ciudad, reglamentó el funcionamiento de las cajas menores y los avances en efectivo de los órganos que conforman el presupuesto anual y las entidades Distritales con régimen presupuestal de empresas industriales y comerciales del estado respecto de las transferencias de la Administración Central, las empresas sociales del estado y los fondos de desarrollo local.

Que de acuerdo con lo establecido en el decreto en mención, las cajas menores se constituirán para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano, en la cual se indicará la cuantía de cada rubro presupuestal sin exceder el monto fijo mensual asignado a la caja menor, el responsable, la finalidad y la clase de gastos que se podrán efectuar a través de las mismas.

Que según lo establecido en el Artículo 7° del Decreto 061 de 2007, la cuantía máxima mensual de la sumatoria de los fondos que se manejen a través de cajas menores se determinará en función del presupuesto anual de cada vigencia fiscal, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con la clasificación allí descrita.

Que con fundamento en la clasificación contenida en el referido reglamento, el Coordinador del Grupo Interno de Recursos Financieros verificó que la cuantía máxima con la cual podrá la Secretaría constituir Cajas Menores, en el curso del presente año es de 180 SMMLV, es decir, ciento diez millones ochocientos ochenta mil pesos ($110,880,000) M/Cte.

Que de acuerdo con lo establecido en los Artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos.

Que el Artículo 9° de la Ley 489 de 1998 prevé, que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y en la referida ley, pueden mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a su cargo entre otros, a los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, vinculados a la entidad, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.

Que este Despacho el día 15 de abril de 2013 expidió la Resolución No. 111, la cual dispuso en su Artículo 4° delegar en el(la) Director(a) de Gestión Corporativa, la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes del (sic) los gastos del Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que mediante el Decreto No. 609 de 2013 se liquidó el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal del año 2014.

Que en el marco de las actividades que desarrolla la Secretaría, surge la necesidad inminente de atender ciertos gastos urgentes, imprescindibles e inaplazables que por su naturaleza y cuantía pueden ser sufragados a través de la caja menor que se constituya para tal efecto en la presente vigencia fiscal.

Que en virtud de lo expuesto, este Despacho estima necesario, mediante el presente acto administrativo, disponer tanto la creación de la caja menor que regirá durante la vigencia fiscal de 2014 y la designación de los funcionarios responsables del manejo de la misma.

Que en mérito de lo anterior,


RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Constituir la Caja Menor de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia fiscal 2014, con un monto de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000) M/cte, cuya finalidad es sufragar gastos generales identificados y definidos en los conceptos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrital Capital, para la presente vigencia fiscal.

ARTÍCULO SEGUNDO: La caja menor aquí constituida, está destinada a sufragar únicamente gastos imprescindibles e inaplazables que por su naturaleza o urgencia no permitan su tramitación ordinaria.

PARÁGRAFO: Dentro de los gastos a realizar por estos conceptos no se podrán atender con los fondos de caja menor, gasto ni erogaciones por las operaciones a que hace alusión al Artículo 8° del Decreto 061 de 2007.

ARTÍCULO TERCERO: Los rubros y cuantías que se imputarán a la caja menor constituida mediante la presente resolución, serán los siguientes:


RUBRO

GASTOS GENERALES

CDP

VALOR ANUAL

3-1-2-01-02

Gastos de Computador

70

$1,000,000

3-1-2-01-04

Materiales y Suministros

70

$1,500,000

3-1-2-02-03

Gastos de Transporte y Comunicación

70

$1,000,000

3-1-2-02-04

Impresos y Publicaciones

70

$1,000,000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

70

$1,500,000

3-1-2-02-11

Promoción Institucional

70

$1,000,000

3-1-2-03-02

Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas.

70

$1,000,000


TOTAL


$8,000,000


ARTÍCULO CUARTO: El monto fijo de la caja menor aquí constituida será de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000) M /CTE.

ARTÍCULO QUINTO: La existencia de apropiación que ampara los gastos a realizar con cargo a los recursos a los que hace mención la presente resolución, se encuentran respaldados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 70 expedido el día 21 de enero de 2014 por el Responsable de Presupuesto de la Secretaría, los cuales en su orden y valor corresponden a la imputación presupuestal descrita en el Artículo Tercero de este acto administrativo.

ARTÍCULO SEXTO: El manejo de los recursos objeto de la presente resolución se efectuará a través de la cuenta corriente que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte constituya para tal efecto a nombre de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la normatividad legal vigente.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Asignar la responsabilidad del manejo de la Caja Menor de esta Secretaría, a la señora Judith Guinand Quiroga identificada con la cédula de ciudadanía N°. 51.781.110 quien desempeña en esta entidad el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 17 y, en su ausencia, a Guillermo Adolfo Rosas Valeriano identificado con cédula de ciudadanía N° 75.091.335 quien desempeña el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 17 (E), ubicados funcionalmente en la Dirección de Gestión Corporativa - Grupo Interno de Recursos Físicos.

ARTÍCULO OCTAVO: En los casos de cambio de responsable de la caja menor, el estado de la misma, al momento de la entrega y recibo, constará en acta suscrita por los responsables, efectuando el reembolso total de los gastos realizados con corte a la fecha, según lo dispone el Artículo 16 del Decreto 061 de 2007.

ARTÍCULO NOVENO: El manejo de la caja menor se hará conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital N°. 061 del 14 de febrero de 2007 y en las demás disposiciones legales y reglamentarias que rijan el particular.

ARTÍCULO DÉCIMO: La Directora de Gestión Corporativa deberá verificar que los responsables de la caja menor aquí constituida, se encuentren amparados por la póliza global de manejo de la Entidad, durante el término de vigencia de la misma.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: El (la) Subsecretario(a) General y de Control Disciplinario deberá remitir la presente Resolución a la Subdirección de Imprenta Distrital a través del módulo diseñado en la página WEB de la Alcaldía Mayor de Bogotá, adjuntando la solicitud de publicación y el documento impreso soporte, para su publicación en el Registro Distrital.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Comunicar el contenido de esta resolución a los funcionarios a quienes se les delegó la ordenación del gasto, a los funcionarios responsables del manejo de la caja menor aquí designados y a los Coordinadores de los Grupos Internos de Recursos Financieros y de Recursos Físicos de esta Entidad, para lo de su competencia.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Remitir copia de la presente resolución a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de enero de dos mil catorce (2014).


CLARISA RUIZ COREAL

Secretaria de Despacho



NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5287 de enero 28 de 2014