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RESOLUCIÓN LOCAL 022 DE 2014 (Febrero 14) Por medio de la cual se establecen condiciones y lugares en los cuales están ubicadas las carteleras locales y/o mogadores para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinados a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Representantes a la Cámara y Senado a celebrarse en el año 2014 en la Localidad Decimo Sexta de Puente Aranda, en cumplimiento al Decreto 564 de 2013. EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA En uso de sus facultades Constitucionales y legales especialmente las conferidas en el Decreto 1421 de 1993, el Decreto 335 del 27 de julio de 2007 y el artículo 5 de la Resolución 0117 de 2007 emanada del Consejo Nacional Electoral y CONSIDERANDO: Que el Artículo quinto de la Resolución 0117 de 2007 del Consejo Nacional Electoral establece que los Alcaldes y Registradores Municipales promulgarán los Actos Administrativos destinados a regular la forma, característicos y condiciones para la fijación de vallas, pasacalles, carteles y afiches que contengan propaganda electoral, y demás elementos publicitarios exteriores, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 130 de 1994. Que el artículo 29 de la Ley 130 de 1994 señala: “Corresponde a los Alcaldes y los Registradores Municipales regular la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos, agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios, en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio público y a la preservación de la estética. También podrán, con los mismos fines, limitar el número de vallas, afiches y elementos publicitarios destinados a difundir propaganda electoral.” Que mediante Decreto 564 de diciembre 09 de 2013, el señor Alcalde Mayor de la ciudad de Bogotá, D.C., por el cual regula la Publicidad Política o Propaganda electoral en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada para las elecciones del 09 de Marzo de 2014, y se toman otras determinaciones. Que para los fines anteriormente citados, el día catorce (14) de Febrero de 20013 se reunieron contratistas de la Alcaldía Local de Puente Aranda, en la cual sugirieron las carteleras y mogadores autorizados para la disposición de material publicitario alusivo a los comicios electorales para 2014. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Puente Aranda: RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer como mogadores o carteleras para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Cámara de Representantes y Senadores a celebrarse en el mes de Marzo de 2014 en la Localidad de Puente Aranda, los lugares ubicados en los siguientes predios:
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar que cada candidato o movimiento político tenga derecho a tres carteles o afiches de 50 Centímetros por 70 centímetros en cada uno de los sitios señalados en el artículo anterior. La fijación se hará previa solicitud escrita y la asignación de los espacios se realizará de acuerdo al orden de radicación de las solicitudes. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a los diferentes partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que participan en las elecciones a celebrarse en el año 2014, que soliciten los correspondientes permisos para la ubicación de sus afiches, el retiro y desmonte de la publicidad exterior visual dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la finalización de la contienda electoral, en los términos del Artículo 13 del Decreto 564 de 2013 y dejar el sitio en el estado en que se encontró, de conformidad con cada autorización. ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 14 días del mes de febrero del año 2014. CÉSAR HENRY MORENO TORRES Alcalde Local Puente Aranda NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5301 de febrero 19 de 2014 |