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RESOLUCIÓN 010 DE 2013 (Enero 31) “Por la cual se adopta el Programa de Bienestar e Incentivos para los funcionarios de la planta de personal del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá para la vigencia 2013” LA GERENTE DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Acuerdo 28 de 1992 expedido por el Concejo de Bogotá y del Acuerdo 003 de 2007 de la Junta Directiva del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C., y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 109 del 22 de mayo de 2007 del FVS, se dictaron normas generales para la formulación anual del programa de Bienestar Social e Incentivos para los funcionarios del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, entre ellas, el procedimiento. Que la Comisión de Personal debe participar en la elaboración del Programa anual de Bienestar e Incentivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 1567 de 1998 y el literal h) del artículo 16 de la Ley 909 de 2004. Que una vez analizada la información consignada en los instrumentos establecidos, se procedió a realizar el diagnóstico general de necesidades de bienestar e incentivos, presentando el respectivo programa de bienestar para ser adoptado por este Despacho, con base en la estadística anexa a la presente Resolución la cual hace parte integrante de la misma Que para la planeación, desarrollo y ejecución de las actividades descritas, como parte integrante del programa de Bienestar e Incentivos, se tendrá en cuenta los recursos asignados en la presente vigencia en el rubro de bienestar por valor de Cuarenta y un millón doscientos mil pesos ($41’200.000.oo) Mcte. En consecuencia, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Adoptar el programa de Bienestar e Incentivos con base en la información obtenida a través del diagnostico de necesidades de bienestar realizado en la entidad y que permitió identificar las distintas necesidades de los funcionarios cuyo instrumento hace parte integral de la presente resolución. PARÁGRAFO: El Plan de Bienestar e Incentivos podrá ser modificado o actualizado de acuerdo a los cambios que se puedan suscitar a lo largo de la presente vigencia con el fin de dar cumplimiento a las necesidades institucionales que así lo requieran. ARTÍCULO 2.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 31 días dek (sic) mes de enero del año 2013. NATALIA DE LA VEGA SINISTERRA PROGRAMA INSTITUCIONAL DE BIENESTAR E INCENTIVOS VIGENCIA 2013 Proceso de construcción permanente y participativo, que busca crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo del servidor público, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia, y que a su vez incremente los niveles de satisfacción, eficiencia e identificación con su trabajo y con el logro de la finalidad social de las entidades estatales. JUSTIFICACIÓN: Las entidades públicas están en la obligación de organizar para sus empleados, programas de Bienestar Social de conformidad con lo ordenado en el Capítulo II del Decreto ley 1567 de 1998. De acuerdo con las normas y procedimientos señalados y con el propósito de organizar los planes de bienestar e incentivos internamente, el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, debe elaborar con una periodicidad mínima de un año su plan institucional de bienestar. Así mismo, una política de Bienestar Social Laboral debe responder a la satisfacción de las necesidades tanto organizacionales como individuales del funcionario dentro del contexto laboral, asumiendo los nuevos retos de los cambios organizacionales, políticos, culturales y haciendo partícipes a los servidores públicos en la implementación de los planes, programas y proyectos, de tal manera que se combinen los fines de desarrollo de la entidad y los del Estado, con sus fines de desarrollo como persona. OBJETIVO GENERAL: Propiciar condiciones de trabajo que favorezcan el desarrollo de la creatividad, la participación e integración de los empleados públicos y sus familias, en actividades que mejoren el clima organizacional al interior de la Entidad que contribuyan a desarrollar compromiso, identidad y sentido de pertenencia, elevando los niveles de satisfacción, eficacia y efectividad. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: • Estructurar programas mediante los cuales se atiendan las necesidades de protección, ocio, identidad y aprendizaje del empleado y su familia, para mejorar sus niveles de salud, vivienda, recreación, cultura y educación. • Construir programas que se ocupen de problemas y condiciones de la vida laboral de los empleados, de manera que permitan la satisfacción de sus necesidades para el desarrollo personal, profesional y organizacional. • Fomentar la aplicación de estrategias y procesos en el ámbito laboral que contribuyan al desarrollo del potencial personal de los empleados, a generar actitudes favorables frente al servicio público y al mejoramiento continuo de la organización para el ejercicio de su función social. INCIDENCIA CON EL LOGRO DE OBJETIVOS INSTITUCIONALES: En las actividades de bienestar se buscan procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; buscando con ello elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, en este caso los establecidos en el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá. MARCO NORMATIVO: • El Decreto Ley 1567 de 1998 en su capítulo II reglamenta, entre otros, el Programa de Bienestar Social para los empleados del Estado. • La Comisión de Personal participará en la elaboración del plan anual de capacitación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1567 de 1998 y el artículo 16 de la Ley 909 de 2004. • Resolución 109 de 2007 “Por la cual se dictan normas para la formulación anual del Plan de Capacitación y de los Programas de Bienestar Social e Incentivos para los funcionarios del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá.” DIAGNÓSTICO DE NECESIDADES De acuerdo a la información allegada al área de Talento Humano por parte de seis de las siete áreas que conforman el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá (Subgerencia Técnica, Subgerencia Administrativa y Financiera, Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora de Planeación, Control Interno y Oficina Asesora para el Control Interno Disciplinario) y 23 de los 27 funcionarios existentes actualmente en planta, se precisa el siguiente informe, asumiendo que dicha información fue consolidada por el jefe de cada área de acuerdo a las inquietudes suministradas por el personal que tiene a su cargo. La información para este diagnóstico fue recolectada a través de una encuesta que permitió conocer las prioridades en cuanto a las áreas de Calidad de Vida Laboral y de Protección y servicios sociales, así como otros aspectos que están relacionados de la siguiente manera: Orden de prioridad ÁREA CALIDAD DE VIDA LABORAL 1. Fortalecimiento del trabajo en equipo 2. Medición de Clima Laboral 3. Adaptación al cambio 4. Programa de incentivos 5. Preparación frente al cambio 6. Consolidación de la cultura organizacional deseada 7. Desvinculación laboral asistida (No se tendrá en cuenta en el plan de bienestar por no tener acogida) Orden de prioridad ÁREA DE PROTECCIÓN Y SERVICIOS SOCIALES 1. Educativo 2. Deportivo, recreativo vacacional 3. Cultural y artístico 4. Habitacional 5. Promoción y prevención de salud 8. Capacitación informal en artes y artesanías (No se tendrá en cuenta en el plan de bienestar por no tener acogida) (Ver formato consolidado anexo). Igualmente, como complemento para el Plan de Bienestar e Incentivos, se tendrá en cuenta entre otras las siguientes recomendaciones que presenta el Diagnóstico de acuerdo a la prioridad principal: • Qué otro tipo de actividades o aspectos le gustaría que se tuvieran en cuenta para que se realizaran en la Entidad? R/. En las encuestas se manifiesta la solicitud de actividades encaminadas a la capacitación especializada, semana cultural, campeonatos de baloncesto y voleibol, caminatas, aeróbicos, gimnasia, jornadas culturales, tarde deportiva y recreacional y olimpiadas recreativas y deportivas • Si realizáramos un torneo deportivo, en que disciplina le gustaría que fuera? R/. Teniendo en cuenta la información suministrada por los funcionarios, la prioridad sería la siguiente: Bolos, futsal, baloncesto, ping pong, y futbol. • Es más probable que usted asista al evento si este tiene lugar… R/. Tras la salida del trabajo o por la noche. • Prefiere que el evento sea en Bogotá o fuera de la ciudad? R/. Fuera de la ciudad. • Preferiría asistir con su familia (conyugue e hijos) a los eventos programados por la Entidad? R/. Si. • Si se diese un regalo a cada asistente… qué le gustaría que fuese? R/. Bono regalo. • Si hiciésemos algún concurso que premios le gustaría que hubiese? R/. Bonos de regalo, viajes, tiquetes aéreos y becas estudiantiles para los funcionarios y/o hijos. Igualmente, los funcionarios manifestaron que les agradaría programar salidas a instalaciones de Compensar como Lagomar, o a sitios como la laguna de tota, Fuquene, Guatavita, Melgar, Fusa, Chinauta, Girardot, entre otras. Por otro lado, el pasado 28 de enero del presente año la Comisión de Personal mediante acta de reunión 17, priorizó las actividades a desarrollar en la presente vigencia con cargo al rubro de bienestar previendo que los recursos asignados no sean suficientes para poder ejecutar dicho plan en su totalidad. Así mismo, se podrá ejecutar las actividades que no fueron tenidas en cuenta por tener una prioridad menor, si se presentan los medios o recursos para hacerlo. (Ver acta de reunión de Comisión de Personal anexa). PRIORIZACION DEL PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS 2012 POR PARTE DE LA COMISIÓN DE PERSONAL
EJECUCIÓN DEL PLAN PRESUPUESTO: Cuarenta millones doscientos mil pesos ($41’200.000). BENEFICIARIOS Según lo dispuesto por el Decreto 1567/98, Art. 20, quienes se beneficiarán de las políticas, planes y programas del Bienestar Social serán todos los empleados de la entidad y sus familias, con las excepciones que establezcan la Constitución y la Ley. DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS Los programas se desarrollarán de preferencia con instituciones especializadas de reconocida trayectoria, o con personas naturales de reconocida idoneidad. El Plan de Bienestar del FVS, estará a cargo del área de Talento Humano, quien será la responsable, de diseñar, organizar, dirigir y evaluar los planes y programas, junto con la Comisión de personal, quien tendrá también a su cargo la vigilancia de la ejecución del mismo. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS FUNCIONARIOS Y DEL FVS EN CUANTO A LA CAPACITACIÓN Artículos 10 y 11 de la Resolución 109 de 2007 “Por la cual se dictan normas para la formulación anual del Plan de Capacitación y de los Programas de Bienestar Social e Incentivos para los funcionarios del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá.” INDICADOR DE EVALUACIÓN: Con el fin de evaluar el nivel de satisfacción de los funcionarios de la entidad en cuanto al desarrollo de las actividades ( Capacitación, bienestar y salud ocupacional), se considerará el siguiente indicador, teniendo en cuenta que el formato utilizado para registrar la información, permite adicionalmente conocer las observaciones al desarrollo general de las actividades:
DEFINICIONES: CLIMA ORGANIZACIONAL: El clima organizacional se refiere a la forma como los servidores perciben su relación con el ambiente de trabajo y qué determina su comportamiento dentro de la entidad. INCENTIVOS: Como lo establece la normatividad, los programas de incentivos, junto con los de bienestar social, son un componente del sistema de estímulos para los empleados del Estado. Los incentivos, además de orientarse a propiciar el buen desempeño y la satisfacción de todos los servidores mediante programas de calidad de vida laboral, deberán dirigirse a premiar específicamente a los servidores cuyo desempeño sea evaluado objetivamente como excelente. En relación con el otorgamiento de incentivos a los funcionarios, se recomienda tener en cuenta los aspectos establecidos en la Resolución 109 de 2007, Capítulo 2. Programa de incentivos. PROGRAMAS DE RECREACIÓN: La recreación debe actuar como instrumento de equilibrio para la vida del trabajador, propiciando el reconocimiento de sus capacidades de expresión, imaginación y creación conducentes a lograr su participación, comunicación e interacción en la búsqueda de una mayor socialización y desarrollo. Las acciones que se emprendan en este sentido deben estar enfocadas a actividades artísticas, ecológicas, intelectuales, artesanales y deportivas para que el servidor pueda tener alternativas variadas y diversas, que respondan a necesidades de integración, identidad cultural institucional y pertenencia, a las cuales les pueda dedicar su energía y potencialidad para obtener esparcimiento que lo integre con su grupo familiar y social. ANEXOS: • Registros de necesidades de bienestar vigencia 2012. • Diagnóstico de necesidades de bienestar vigencia 2012. • Acta Reunión Comisión de Personal. CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO NANCY YANETH VILLALBA PINZÓN Profesional Especializado Talento Humano Prestación de Servicios Profesionales Talento Humano PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS A EJECUTAR EN EL AÑO 2013
ESTE CUADRO DEPENDE DE LA REUNION DEL COMITÉ NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5325 de marzo 26 de 2014 |
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