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RESOLUCIÓN 2901 DE 2012 (Noviembre 30) “Por la cual se modifica la Resolución 2007 del 23 de Agosto de 2012 que establece y adopta el sistema de Estímulos e Incentivos para el personal administrativo de la Secretaría de Educación de Bogotá” EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL En uso de sus atribuciones legales y en particular las conferidas en la ley 909 de 2004, el artículo 33 Numeral 5 de la ley 734 de 2002, artículos 17, 30 y 34 del Decreto 1567 de 1998, los artículos 76, 77 y 78 del Decreto 1227 de 2005, el Decreto 006 del 2 de enero de 2012 y el Decreto 330 de 2008, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 2007 del 23 de agosto se estableció el sistema de Estímulos e Incentivos para el personal administrativo de la Secretaría de Educación de Bogotá”. Que el PARÁGRAFO del Artículo 14 estableció como fecha límite para la selección, proclamación y entrega de los incentivos a los mejores empleados el último día hábil del mes de noviembre de cada año. Que teniendo en cuenta los procesos, procedimientos administrativos y logísticos que debe adelantar la Secretaría de educación del distrito y con el ánimo de otorgar en el marco de una ceremonia, la proclamación de la premiación y el reconocimiento escrito a los mejores funcionarios administrativos de la SED. Que el PARÁGRAFO del ARTÍCULO 13 de la Resolución 2007 de 2012 estableció que las distinciones por antigüedad se otorgarán anualmente. Que teniendo en cuenta que en la celebración del día del funcionario administrativo de la secretaría de educación, se hizo entrega de los reconocimientos simbólicos relacionados con la distinción por antigüedad a los funcionarios que cumplieron 20, 25, 30 y 35 años con corte al 31 de agosto de 2012, es necesario especificar que las siguientes distinciones se harán a partir del 01 de Noviembre de 2012 Que teniendo en cuenta los anteriores considerandos se RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Modificar el PARÁGRAFO del Artículo 14, de la Resolución 2007 de 2012 el cual establece “ El plazo máximo para la selección, proclamación y entrega de los incentivos a los mejores empleados, será el último día hábil del mes de noviembre de cada año y se establecerá el Reglamento, las condiciones y los formatos que aplique para los equipos de trabajo” el cual quedará así: “ El plazo máximo para la selección, proclamación y entrega de los incentivos a los mejores empleados, será hasta el último día hábil del mes de diciembre de cada año y se establecerá el Reglamento, las condiciones y los formatos que aplique para los equipos de trabajo al inicio del periodo escolar del año siguiente por el comité de incentivos, como función que consagra el Artículo 3° de la Resolución 2007 de 2012. ARTÍCULO SEGUNDO Adicionar el parágrafo del Artículo 13, la fecha de corte para hacerse acreedor a la distinción por aniiguedad, el cual quedará así: Las distinciones por antigüedad se otorgarán anualmente para aquellos funcionarios que a partir del 01 de Septiembre de cada año cumplan 20, 25, 30 y 35 años y el funcionario que se haya hecho acreedor a dicho reconocimiento podrá acceder nuevamente a este estímulo transcurridos cinco años”. ARTÍCULO TERCERO Los demás artículos de la Resolución 2007 de 2012 no sufren modificación alguna. ARTÍCULO CUARTO La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de noviembre de dos mil doce (2012). ÓSCAR SÁNCHEZ JARAMILLO Secretario de Educación de Bogotá |