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RESOLUCIÓN 133 DE 2014 (Mayo 08) “Por medio de la cual se modifica el Manual de Contratación del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias –FOPAE adoptado mediante Resolución No. 076 de 2014. “ EL DIRECTOR GENERAL DEL FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS DE BOGOTÁ D.C. En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el Decreto Nacional 1510 de 2013 y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa debe estar al servicio del interés general y se debe desarrollar con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que el artículo 11 de la Ley 80 de 1993 establece que la competencia para ordenar y dirigir licitaciones, escoger contratistas y celebrar contratos en las entidades descentralizadas de todos los órdenes y niveles será del representante legal de la entidad. Que el artículo 12 de la misma ley, dispone que los jefes y los representantes legales de las entidades pueden delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar las actividades de los procesos de selección en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o sus equivalentes. Que el artículo 144 del Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá dispone que, el Estatuto General de Contratación Pública, se debe aplicar en el Distrito y en sus entidades descentralizadas en todo aquello que no se encuentre regulado en el mismo. Que el Decreto 1510 de 1013 en su artículo 160, determina que “Las entidades estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente”. Que conforme a lo anterior el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias adoptó mediante Resolución No. 076 de 2014 de fecha 21 de Marzo de 2014 el Manual de Contratación del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias –FOPAE. Que de acuerdo con la revisión periódica realizada por el Comité de Dirección de la Entidad se hace necesario modificar un aparte del capítulo VIII denominado Supervisión e Interventoría. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar mediante el presente acto administrativo un aparte del Capítulo VIII del Manual de Contratación para el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias – FOPAE adoptado mediante Resolución No. 076 de 2014, quedando así: (…) Por su parte la Supervisión la efectúa la Entidad a través del subdirector a cargo del proyecto o Asesor de Dirección designado con el apoyo a la supervisión del responsable de coordinar y liderar procesos, sea contratista o funcionario de planta, con el fin de contribuir a la implementación de un proyecto a cargo de la Entidad o el cumplimiento de su misión institucional. En tratándose de contratos de prestación de servicios, solamente, la supervisión la ejercerá el responsable de coordinar y liderar procesos, sea contratista o funcionario de planta. (…) ARTÍCULO SEGUNDO.- Las demás disposiciones del Manual de Contratación para el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias – FOPAE, cuyo contenido no fue modificado o aclarado con la presente resolución continuarán vigentes. ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de su expedición y modifica la Resolución No. 76 de 2014 en el aparte Dada en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes de mayo de dos mil catorce (2014). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. JAVIER PAVA SÁNCHEZ Director General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5355 de mayo 14 de 2014 |