Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 412 de 2013 Secretaría Distrital de Movilidad

Fecha de Expedición:
06/12/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/06/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5369 de junio 05 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 412 DE 2013

(Diciembre 06)


Por la cual se modifica el Anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 en el sentido de corregir los números de identificación establecidos en los secuenciales con Nos. 996, 1193, 1796, 2034, 2593, 2638, 2645, 2798, 2848,2849, 2885 y se ordena eliminar el registro con secuencia No. 2646 por doble incorporación dentro la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal

EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD,

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que confiere el Acuerdo 257 de 2006, el Decreto 567 de 2006, y el Decreto Distrital 040 2013; y


CONSIDERANDO QUE:

La Ley 769 de 2002 -Código Nacional de Tránsito Terrestre- en su artículo 98, prohibió el tránsito urbano de los vehículos de tracción animal en municipios de categoría especial y de primera categoría, facultando a los Alcaldes Municipales y Distritales, la promoción de actividades alternativas y sustitutivas para los conductores de vehículos de tracción animal.

La Corte Constitucional, en Sentencia de constitucionalidad C-355 de 2003, declaró inexequibles las siguientes expresiones del artículo 98 de la Ley 769 de 2002: “Erradicación de los”; “contado a partir de la iniciación de la vigencia de la presente ley”, y “A partir de esta fecha las autoridades de tránsito procederán a retirar los vehículos de tracción animal” y declaró EXEQUIBLE el resto del artículo 98 de la Ley 769 de 2002 “bajo el entendido de que la prohibición a que se contrae la norma se debe concretar, por las autoridades municipales o distritales competentes, a determinadas vías y por motivos de seguridad vial, y que la misma sólo entrará a regir siempre que real y efectivamente se hayan adoptado las medidas alternativas y sustitutivas previstas en el parágrafo 2º del artículo 98 de la ley antes citada, en el respecivo municipio”.

El Concejo Distrital expidió el Acuerdo 402 de 2009, “Por medio del cual se establece el Censo Social Integral de los Vehículos de Tracción Animal (VTA) que circulan por el Distrito Capital” ordenando la realización de un censo social integral de los propietarios y familias de quienes poseen vehículos de tracción animal.

Mediante el Decreto 040 de 2013, el Alcalde Mayor de Bogotá implementó las actividades alternativas y sustitutivas para los conductores de los vehículos de tracción animal de la ciudad de Bogotá, D.C y facultó a cada Organismo y Entidad para la adopción de los procedimientos encaminados a la concreción de las mismas.

Mediante Resolución No. 26 de 2013, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó la base de datos de beneficiarios del programa distrital de sustitución de vehículos de tracción animal en Bogotá, D.C. y dictó disposiciones para la sustitución por vehículo automotor, según la cual se emitirá un acto de asignación particular para los beneficiarios.

Que el Art. 45 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, establece: “Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.

Que la Dirección de Estudios Sectoriales y de Servicios mediante memorando SDM-DESS-130814-203 informa que una vez verificado los archivos físicos de las carpetas soporte de la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal, por parte de esta Dirección, se evidenció que los siguientes números secuenciales del anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 presentan inconsistencias en el aparte número de identificación, los cuales se hace necesario corregir como se relaciona a continuación:

No.

Secuencial

Identificación con inconsistencias

Res 026 de 2013

Identificación Correcta

Más de un equino registrado

(SI - NO)

Más de una carreta registrada

(SI - NO)

Reporto condición vulnerable

(SI - NO)

Información del grupo familiar (SI -NO)

Documento Soporte

1

996

79332162

80858916

NO

NO

NO

NO

Radicado SDM131408 de la Registraduría Nacional del Estado Civil

2

1193

79843361

79842321

SI

SI

NO

SI

Certificación Registraduría Nacional del Estado Civil y fotocopia de documento de Identificación que reposa en carpeta

3

1796

1019053012

1019053012

NO

NO

NO

SI

Revisada la base de Datos el No. de Identificación corresponde a la Beneficiaria Yised YeraldineRodriguez Bohorquez


2646

101905301







4

2034

1073602177

1032428253

NO

NO

NO

SI

Radicado SDM97122 de la Registraduría Nacional del Estado Civil

5

2593

80268796

80268767

NO

NO

NO

NO

Certificación Registraduría Nacional del Estado Civil y fotocopia de documento de Identificación que reposa en carpeta

6

2638

91012424

19053658

NO

NO

NO

NO

Radicados SDM135065 y SDM103456 de la Registraduría Nacional del Estado Civil

7

2645

101643871

1016043871

NO

NO

NO

NO

Certificación Registraduría Nacional del Estado Civil y fotocopia de documento de Identificación que reposa en carpeta

8

2798

1032366769

1032366969

NO

NO

NO

NO

Certificación Registraduría Nacional del Estado Civil y fotocopia de documento de Identificación que reposa en carpeta

9

2848

10305763504

1030573501

NO

NO

NO

NO

Certificación Registraduría Nacional del Estado Civil y Fotocopia de documento de Identificación que reposa en carpeta

10

2849

76011823600

96011823600

NO

NO

SI

NO

Fotocopia de documento de Identificación que reposa en carpeta y Formulario Actualización de carreteros Ciudad de Bogotá 2012

11

2885

96042102309

96042802309

NO

NO

SI

NO

Fotocopia de documento de Identificación que reposa en carpeta y Formulario Actualización de carreteros Ciudad de Bogotá 2012

En lo relacionado con los motivos por los cuales es indispensable realizar la modificación, se tiene lo siguiente:

1. Secuencial No. 996 No. de identificación con inconsistencia 79332162 No. de Identificación Correcta 80858916.

Que mediante escrito con radicado No. SDM124420 el señor WILLIAM APONTE (antes DAVID PANQUEVA APONTE con C.C. 79.332.162) solicitó cambio en el número de identificación dentro de la base de datos de beneficiarios del programa de sustitución de tracción animal que se encuentra a nombre de DAVID PANQUEVA APONTE con C.C. 79.332.162, aduciendo de que se trata de él mismo pero que en razón a por doble cedulación por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil su nuevo documento de identidad es la Cédula de Ciudadanía No. 80.858.916 a nombre de WILLIAM APONTE y anexa certificación de la Registraduría de fecha 26 de Septiembre de 2013.

Que en razón a lo anterior y teniendo en cuenta que se presenta una inconsistencia el secuencial No. 996 de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013, la Dirección de Estudios Sectoriales y de Servicios, mediante oficio SDM-DESS-112266-2013, solicitó a la Registraduría Nacional del Estado Civil aclaración del documento de identificación con Cédula de Ciudadanía No. 80.858.916 a nombre de WILLIAM APONTE en el sentido de si corresponde a la misma persona con Cédula de Ciudadanía No. 79.332.162 a nombre de DAVID PANQUEVA APONTE, documento que se encuentra cancelado por doble cedulación mediante Resolución No. 5078 de 2013 y se solicitó copia del Acto Administrativo mencionado.

Que mediante Oficio con radicado SDM131408 la Registraduría Nacional del Estado Civil informa que, una vez verificado en el Archivo Nacional de Identificación “ANI”, GED de identificación y MRT- Ubica el 08/10/2013 se pudo establecer la siguiente información:

Que una vez verificada la Resolución No. 5078 del 23 de Mayo de 2013 expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil se pudo evidenciar en la página No. 13 la cancelación de la Cédula de Ciudadanía No. 79.332.162 a nombre de DAVID PANQUEVA APONTE y señala como documento vigente la Cédula de Ciudadanía No. 80.858.916 a nombre de WILLIAM APONTE.

Que en consecuencia, es necesario corregir el registro en el secuencial No. 996 en el aparte identificación la Cédula de Ciudadanía No. 80858916 del Anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 y actualizar los datos del beneficiario dentro la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal.

2. Secuenciales No. 1193, 2593, 2645, 2798, 2848, 2849 y 2885 presentan inconsistencias en el número de identificación relacionado.

Que una vez consultados los expedientes correspondientes a las personas beneficiarias en los secuenciales mencionados, se observa que los números de cédula indicados en la base de datos presentan inconsistencias con los números de identificación de la documentación que reposa en los mismos.

Que en consecuencia se procedió a consultar en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil las certificaciones de los números de cedulas de ciudadanías a nombre de los beneficiarios, obteniendo certificaciones que respaldan la modificación de estas cedulas que por error involuntario de transcripción quedaron mal digitadas. Todas las cedulas se encuentran vigentes.

Que en consecuencia, es necesario corregir los registro de los secuenciales en el aparte identificación, y actualizar los datos de los beneficiarios dentro la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal.

3. Secuenciales Nos. 1796 y 2646.

Que revisada la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal, se encontró que los siguientes números secuenciales del anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 se encuentran repetidos y corresponden a la beneficiaria YISED YERALDINE RODRIGUEZ BOHORQUEZ:

Secuencial

Identificación

Res 026 de 2013

Más de un equino registrado

(SI - NO)

Más de una carreta registrada

(SI - NO)

Reporto condición vulnerable

(SI - NO)

Información del grupo familiar (SI -NO)

Observaciones

1796

1019053012

NO

NO

NO

SI

Revisada la base de Datos el No. de Identificación corresponde a la Beneficiaria Yised Yeraldine Rodriguez Bohorquez

2646

101905301

NO

NO

NO

NO

Revisada la base de Datos el No. de Identificación corresponde a la Beneficiaria Yised Yeraldine Rodriguez Bohorquez

Que una vez verificada la carpeta soporte de dicha beneficiaria, el número de identificación correcto de esta, corresponde al secuencial No. 1796 del anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013, el cual pertenece a la C.C No. 1019053012.

Que en consecuencia, es procedente, la eliminación del secuencial No. 2646 del anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 y se hace necesario ordenar la eliminación del registro repetido en la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal.

4. Secuencial No. 2034 No. de identificación con inconsistencia 1073602177 No. de identificación Correcta 1032428253.

Que mediante escrito con radicado No. SDM70059 el señor JAVIER ALEXANDER RODRIGUEZ MARTINEZ informa que conforme a Certificación de Registraduría sus datos de identificación son JAVIER ALEXANDER RODRIGUEZ MARTINEZ con identificación No. 1.032.428.253 presentándose una inconsistencia frente a la información establecida dentro de la base de datos de beneficiarios del programa de sustitución de tracción animal en la cual se registró en el secuencial No. 2034 al señor JAVIER ALEXANDER RODRIGUEZ MARTINEZ con número de identificación C.C. 1073602177 número de identificación que conforme a certificación presenta rechazo por la causal intento de doble cedulación.

Que en razón a lo anterior mediante oficio SDM-DESS-67139-2013, la Dirección de Estudios Sectoriales y de Servicios, solicitó a la Registraduría Nacional del Estado Civil aclaración del número de identificación oficial del señor JAVIER ALEXANDER RODRIGUEZ MARTINEZ.

Que mediante Oficio con radicado SDM97122 la Registraduría Nacional del Estado Civil informa que, “Verificada la información de cupo numérico 1073602177, se constató que fue asignado el 16 de enero de 2008 en la Registraduría Municipal de Pacho – Cundinamarca, a RODRIGUEZ MARTINEZ JAVIER ALEXANDER nacido el 08 de febrero de 1989 en pacho Cundinamarca. Dicho cupo no fue expedido, toda vez que en el proceso de validación quedo rechazado por intento de doble cedulación con el cupo numérico 1032428253”.

Que en consecuencia, es necesario corregir el registro en el secuencial No. 2034 en el aparte identificación, la Cédula de Ciudadanía No. 1032428253 del Anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 y actualizar los datos del beneficiario dentro la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal.

5. Secuencial No. 2638 No. de identificación con inconsistencia 91012424 No. de identificación Correcta 19053658.

Que mediante radicado No. SDM48514 el señor MILTON ARGUELLO JERENA informa que conforme a Certificación de Registraduría sus datos de identificación son MILTON ARGUELLO JERENA con identificación No. 19.053.658 presentándose una inconsistencia frente a la información establecida dentro de la base de datos de beneficiarios del programa de sustitución de tracción animal en la cual se registró en el secuencial No. 2638 al referido señor con número de identificación C.C. 91.012.424, número de identificación que conforme a certificación presenta cancelación por la causal doble cedulación.

Que en razón a lo anterior, ante la inconsistencia presentada, la Dirección de Estudios Sectoriales y de Servicios, mediante oficio SDM-DESS-50314-2013, solicitó a la Registraduría Nacional del Estado Civil aclaración del documento de identificación con Cédula de Ciudadanía No. 19.053.658 a nombre de MILTON ARGUELLO JERENA en el sentido de si corresponde a la misma persona con Cédula de Ciudadanía No. 91012424 a nombre de MILTON ARGUELLO GERENA, documento que se encuentra cancelado por doble cedulación mediante Resolución No. 7042 de 2008 y se solicitó copia del Acto Administrativo mencionado, solicitud que fue reiterada a dicha entidad mediante oficio SDM-DESS-66507-2013.

Que mediante Oficios con radicados SDM103456 y SDM135065 la Registraduría Nacional del Estado Civil informa que, consultado el archivo Nacional de identificación “ANI”, se pudo establecer que la Cédula de Ciudadanía No. 91.012.424 a nombre de MILTON ARGUELLO GERENA, a la fecha se encuentra cancelada por Doble Cedulación según resolución 7042 de 2008, quedando vigente la Cédula de Ciudadanía No. 19.053.658 y anexa de acto administrativo.

Que una vez verificada la Resolución No. 7042 del 28 de Octubre de 2008 expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil se puedo evidenciar en la página No. 39 la cancelación de la Cédula de Ciudadanía No. 91012424 a nombre de MILTON ARGUELLO GERENA y señala como documento vigente la Cédula de Ciudadanía No. 19053658 a nombre de MILTON ARGUELLO JERENA.

Que en consecuencia, es necesario corregir el registro en el secuencial No. 2638 en el aparte identificación, la Cédula de Ciudadanía No. 19053658 del Anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 y actualizar los datos del beneficiario dentro la base de datos de beneficiarios del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal.

En mérito de lo expuesto,


RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Anexo de la Resolución 026 del 07 de febrero de 2013 “Por la cual se adopta la base de datos de beneficiarios del Programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal, se define el procedimiento para la alternativa de sustitución por vehículo automotor y se dictan otras disposiciones para el cumplimiento del 040 de 2013”, en el sentido de corregir los números de identificación establecidos en los secuenciales con Nos. 996, 1193, 1796, 2034, 2593, 2638, 2645, 2798, 2848,2849, 2885 los cuales quedaran así:

Secuencial

Identificación

Más de un equino registrado

(SI - NO)

Más de una carreta registrada

(SI - NO)

Reporto condición vulnerable

(SI - NO)

Información del grupo familiar (SI -NO)

996

80858916

NO

NO

NO

NO

1193

79842321

SI

SI

NO

SI

1796

1019053012

NO

NO

NO

SI

2034

1032428253

NO

NO

NO

SI

2593

80268767

NO

NO

NO

NO

2638

19053658

NO

NO

NO

NO

2645

1016043871

NO

NO

NO

NO

2798

1032366969

NO

NO

NO

NO

2848

1030573501

NO

NO

NO

NO

2849

96011823600

NO

NO

SI

NO

2885

96042802309

NO

NO

SI

NO

ARTÍCULO SEGUNDO.- Elimínese el secuencial No. 2646 del anexo de la Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO.- Actualizar la base datos de beneficiarios del programa Distrital de Sustitución de Vehículos de Tracción Animal, con las modificaciones realizadas.

ARTÍCULO CUARTO.- Comunicar la presente resolución a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos UAESP, a las Secretarías de la Mujer, Hábitat, Educación, Planeación, Integración Social, Desarrollo Económico y Salud, para que los beneficiarios sean considerados prioritariamente dentro de los programas sociales de las entidades distritales. Se remitirá también en formato magnético la información de soporte que se posea sobre cada uno y su núcleo familiar.

Se remitirá copia igualmente al departamento de Cundinamarca y a los municipios de Soacha, Chía, Zipaquirá y La Calera, para evitar que los municipios del Departamento puedan efectuar pagos a los mismos beneficiarios.

ARTÍCULO QUINTO.- Las demás disposiciones Resolución No. 026 del 07 de febrero de 2013 continúan vigentes.

ARTÍCULO SEXTO.- Contra la presente resolución no procede recurso alguno y rige a partir de la fecha de su publicación.


COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Bogotá a los seis (6) días del mes de diciembre de dos mil trece (2013).


RAFAEL RODRÍGUEZ ZAMBRANO

Secretario Distrital de Movilidad


NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5369 de junio 5 de 2014