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RESOLUCION 010 DE 2002 (Marzo 18) "Por la cual se conforma la Comisión de Personal de la Contraloría de Bogotá, D.C." EL CONTRALOR DE BOGOTA, D.C., en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 443 de 1998 y los Decretos números 1421 de 1993 y 1570 de 1998, y CONSIDERANDO: Que los artículos 61 de la Ley 443 de 1998 y 1º del Decreto 1570 de 1998 señalan que en las entidades reguladas por esta Ley deberá existir una Comisión de Personal que se ajustará a las normas vigentes y sus decretos reglamentarios, conformada por dos (2) representantes del nominador y un (1) representante de los empleados. Que el artículo 3º del Decreto 1570 de 1998 establece que los jefes de personal o de las dependencias que hagan sus veces, en ningún caso podrán ser miembros de las Comisiones de Personal. Que el artículo primero del Decreto 2045 de 1969, establece cómo debe estar integrada la Comisión de Personal en cada organismo estatal, y específicamente dice que serán parte de ella y en representación del nominador el Secretario General y el Jefe de la Oficina Jurídica o quien haga sus veces. Que se debe precisar que en la actual planta de personal ordenada por el Acuerdo 25 de 2001 expedido por el Concejo de Bogotá, no aparece el cargo de Secretario General, razón por la cual es necesario señalar el cargo equivalente que para este caso es el de Director Técnico de Apoyo de Despacho. Que teniendo en cuenta que en la Contraloría de Bogotá, D.C. no se encuentra conformada la Comisión de Personal, se hace necesario efectuarlo. Con base en lo anteriormente expuesto Ver la Resolución de la Contraloría Distrital 15 de 2004 , Ver la Resolución de la Contraloría Distrital 36 de 2005 RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Conformar la Comisión de Personal de la Contraloría de Bogotá, D.C. ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión de Personal estará integrada por: - Director Técnico de Apoyo al Despacho del Contralor Distrital - Jefe de la Oficina Asesora Jurídica - Representante de los Trabajadores, el cual fue elegido el 12 de marzo de 2002. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución Reglamentaria rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias especialmente la Resolución Reglamentaria 015 de 1996. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los dieciocho (18) días del mes de marzo de dos mil dos (2002) JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE Contralor de Bogotá, D.C. Nota: La presente resolución fue publicada en el Registro Distrital 2602 de marzo 22 de 2002. |