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Resolución 296 de 2014 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
09/06/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/06/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5379 de junio 19 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 296 DE 2014

(Junio 9)

"Por la cual se modifica la Resolución 078 del 31 de Julio de 2000, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A"

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO "TRANSMILENIO S.A.",

en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 271 de Junio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000.

Que mediante Acuerdo 002 de 2011 de la Junta Directiva de la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO – "TRANSMILENIO S.A." se determinaron las funciones de las dependencias.

Que una vez presentado, discutido y ajustado, fue aprobado en sesión del Comité de Calidad y Control Interno del 10 de Agosto de 2012, el nuevo Mapa de Procesos de la entidad, atendiendo el nuevo rol institucional como ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público.

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la entidad, con el objeto de ajustarlo a las nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo de la entidad y del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación.

Que mediante la Ley 336 de 1996 se adopta el Estatuto Nacional de Transporte.

Que mediante la Ley 769 de 2002 se expide el Código Nacional de Transito Terrestre y se dictan otras disposiciones

Que por medio del Decreto 171 de 2001 se reglamenta el Servicio de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la resolución 078 del 31 de Julio de 2000 en lo que corresponde a la incorporación del siguiente documento:

Código

Versión

Nombre

P-DB-013

0

Procedimiento Inspección a la infraestructura del Componente Zonal del SITP

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios. Los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los 9 días del mes de junio del año 2014.

JAIME GARCÍA MENDEZ

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

TÍTULO:

INSPECCIÓN A LA INFRAESTRUCTURA DEL COMPONENTE ZONAL DEL SITP

 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA

Código:

P-DB-013

Versión:

0

Fecha:

Junio 10 de 2014

TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

7. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES

1. OBJETO

El objeto de este procedimiento es el de estandarizar las actividades para la realización de la inspección de la infraestructura del componente zonal del SITP.

2. ALCANCE

Este procedimiento es para conocimiento y aplicación del personal de la Dirección Técnica de Buses y Personal de la Interventoría que se designe para esta actividad.

El procedimiento aplica a la inspección de la infraestructura de paraderos y patios de estacionamiento de vehículos adscritos al SITP en su componente zonal.

Comienza con la planificación de las actividades de supervisión de la infraestructura del SITP y finaliza con la identificación de la evolución de las acciones correctivas requeridas en la infraestructura del SITP.

3. RESPONSABLE

El responsable por la elaboración, mantenimiento, ejecución y actualización de este procedimiento es el Profesional Especializado grado (6) de Infraestructura de la Dirección Técnica de Buses, por su ejecución son responsables los profesionales y técnicos adscritos de la dirección Técnica de Buses y personal de la interventoría designado para esta actividad, por su estricto cumplimiento velará el Director Técnico de Buses.

Este procedimiento debe revisarse anualmente por el Profesional Especializado grado (6) de Infraestructura de la Dirección Técnica de Buses para analizar su pertinencia y actualización.

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

• Manual de Operaciones del SITP.

• Manual del Operador.

• Código Nacional de Tránsito/ Ley 769 de 2002.

• Ley 1239 de 2008.

• Cartilla de mobiliario urbano.

• Los contratos de concesión entre TMSA y los concesionarios.

5. DEFINICIONES

• SITP: Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá.

• DTB: Dirección Técnica de Buses.

• Componente zonal: Se refiere al componente del Sistema Integrado de Transporte Público correspondiente a las rutas no troncales (Urbanas, Complementarias y Especiales) que circulan por infraestructura vial destinada al tráfico mixto.

• Interventoría: Persona natural y jurídica, consorcio o unión temporal contratada por Transmilenio S.A. que cuenta con capacidad, idoneidad, experiencia y especialidad para ejercer el control y vigilancia de las obligaciones de los concesionarios del SITP en la prestación del servicio, la cual es supervisada por la Dirección Técnica de Buses.

• Infraestructura operable: La infraestructura existente en el Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), componente zonal, que puede ser utilizada en condiciones de seguridad y accesibilidad.

• Paradero: Es el lugar autorizado para que los vehículos del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) componente zonal, realicen la maniobra de aproximación y se permita el ascenso y el descenso de pasajeros.

• Patio: Áreas de parqueo de los vehículos que conforman la flota que se encuentra al servicio de la Operación Zonal del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá - SITP, las cuales deben cumplir con las disposiciones vigentes en materia de espacio público, normativa urbana y disposiciones ambientales nacionales y distritales. En estas áreas se puede incluir el desarrollo de actividades relacionadas con el mantenimiento de la Flota.

• TPC: Transporte Público Colectivo.

6. CONDICIONES GENERALES

• La inspección sobre la infraestructura del componente zonal del SITP se realiza con objeto de identificar su estado permanentemente y de propender por la implementación de la infraestructura del componente zonal del SITP.

• Para el desarrollo de las tareas se dispone de un personal que realiza inspecciones a la infraestructura que está adscrito a la Dirección Técnica de buses.

• Cada uno de estas personas adscritas a la inspección de la infraestructura tiene asignada una zona de acuerdo con una programación de turnos elaborada y comunicada oportunamente, previamente revisada y avalada por la Dirección Técnica de Buses.

• La inspección de los patios del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) en su componente zonal, se realiza visualmente y se debe revisar en la medida de lo posible y dependiendo del desarrollo propio del turno, toda la infraestructura física al igual que el estado de aseo, orden y limpieza.

6.1. Infraestructura de los patios

Para la infraestructura de los patios, se deben verificar como mínimo las siguientes condiciones:

• Estado de la superficie de rodadura (blanda, endurecida), las condiciones generales y los inconvenientes que puedan representar para la operación la ausencia y el estado de la misma, de igual forma se deberá revisar si se observan emisiones de material particulado con la operación al interior de las instalaciones, encharcamientos o inundaciones o deterioro general de la superficie por condiciones de humedad.

• Se deberá revisar si las áreas de estacionamiento cuentan con sistemas de drenaje que permitan evacuar eficientemente el caudal de fuertes precipitaciones.

• Revisar si existe demarcación horizontal y vertical en las áreas de estacionamiento que oriente y facilite la operación al interior del patio.

• Verificar que el patio no sea de uso compartido con el TPC, este deberá ser exclusivo para el SITP.

• Verificar si se cuenta con accesos y senderos peatonales que independicen los flujos (peatonal y vehicular), con el fin de reducir el riesgo para el personal que labora en este sitio por estar expuesto a movimiento de vehículos.

• La batería de baños deben contar con capacidad suficiente (a razón de 1 batería por cada 15 personas) para la cantidad personal que labora, y debe estar dividida por géneros.

• El cerramiento perimetral debe permitir una visibilidad del 90% hacia el exterior.

• Verificar si las condiciones del aislamiento lateral del patio pueden ser susceptibles a inconvenientes por la cercanía con predios vecinos.

• Revisar las condiciones de las áreas de despacho (aseo, iluminación, ventilación, etc) y áreas administrativas (si existen).

• El área para estacionamiento debe contar con capacidad mínima de 30 vehículos.

• Se debe contar con áreas para acopio de materiales, debidamente clasificadas y restringidas para personal no autorizado.

• Se debe contar puntos ecológicos de recolección para cada tipo de desecho.

• Se debe observar si existen cárcamos, rampas, elevadores, bombas para manejo de aceites, almacén de repuestos, áreas de lavado y demás infraestructura para actividades de mantenimiento, si existen estas áreas de mantenimiento se debe observar que estén funcionando en condiciones de seguridad, orden y aseo.

• Se debe observar si se están adelantando adecuaciones y obras en los patios.

• Se deben revisar posibles vertimientos de líquidos, aceites en las áreas de estacionamiento y del patio en general que representen inconvenientes para la operación o contaminación ambiental, de igual forma, las condiciones generales de orden y aseo.

6.2. Infraestructura de los paraderos

Para la infraestructura de los paraderos, se deberá verificar como mínimo las siguientes condiciones que permitan contar con una infraestructura operable:

• Estado del paradero:

* El paradero debe contar con una bandera que indique el servicio de las rutas que son atendidas en ese punto de parada.

* Se debe revisar que la señalización no se encuentre deteriorada o con evidencias de vandalismo por daños en el soporte vertical o en la placa informativa.

* El paradero debe contar con una zona dura que permita al usuario la maniobra de ascenso y descenso en condiciones de seguridad.

* El paradero debe contar con demarcación horizontal que oriente al operador en la maniobra de aproximación.

• Accesibilidad al paradero:

* El paradero debe contar con una zona de espera libre de obstáculos por elementos como mobiliario urbano, contenedores, árboles, postes, etc, que pueden representar riesgo para el usuario que realiza el ascenso y ascenso de los vehículos y por colisión de los vehículos con algunos de estos elementos.

* El paradero debe ser visible y de fácil identificación por el usuario y el operador del vehículo, la bandera informativa no debe estar oculta por señales de tránsito, árboles o publicidad.

* La ubicación de los paraderos no debe interferir con la entrada y la salida de los vehículos de los predios privados, exponiendo al usuario a estos eventos.

* En lo posible el paradero no debe obstaculizar la movilidad peatonal, ni debe ubicarse sin contar con la adecuada franja de abordaje y guardando una distancia apropiada cuando sobre el espacio público existan ciclorutas.

* No debe localizarse sobre cunetas, canales de aguas lluvias o próximos a vallados.

* Se debe observar paraderos que se encuentren obstaculizados permanentemente por vendedores ambulantes y vehículos estacionados en zona de aproximación.

• Seguridad y usuarios vulnerables:

* Se debe evitar la implementación de paraderos localizados sobre o finalizando curvas horizontales o en zonas con visibilidad restringida.

* No es conveniente ubicar los paraderos en tramos con pendientes excesivas, sobre, o en la entrada o salida de puentes vehiculares, o en corredores viales de alta velocidad donde puedan convertirse en un obstáculo para el flujo vehicular. Se debe tener en cuenta que a mayor pendiente la distancia entre paraderos debe ser menor.

* La zona de espera destinada para los usuarios debe estar nivelada.

* El sector donde se encuentre localizado no debe ser vulnerable a eventos de inseguridad.

• Infraestructura y condiciones de la vía:

* Se debe observar condiciones de la infraestructura vial, que puedan presentar inconvenientes para la operación, vías sin pavimentar o deteriorada, con sección vial restringida.

* Estar ubicados preferiblemente en lugares donde existan condiciones de cruce seguro para los usuarios.

* En relación con cruces viales semaforizados, los puntos de parada deben ubicarse preferiblemente a una distancia de 30 metros del cruce.

* En el caso de tener que ubicar un módulo en un sitio que se encuentre cerca de una salida de parqueadero o garaje, el lugar debe preferiblemente escogerse después de la salida, logrando así, no obstruir la visual respecto a otro u otros vehículos que puedan estar circulando en la vía.

7. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

10

Inicio

20

Planificar las actividades de supervisión de la infraestructura del SITP determinando los recursos humanos y técnicos necesarios a su desarrollo y generando el registro correspondiente.

En esta etapa se adelanta la planeación de los recorridos y visitas puntuales a la infraestructura del componente zonal del SITP (paraderos de rutas seleccionadas y patios) caracterizados con mayores inconvenientes para la operación en materia de infraestructura.

Profesional especializado grado 6 de Infraestructura DTB.

Profesional universitario grado 4 de Infraestructura DTB.

30

Establecer la infraestructura asociada al componente zonal del SITP.

Patios y rutas que se encuentran en operación, teniendo en cuenta la dinámica en la implementación del componente zonal, esta información debe ser actualizada constantemente.

Profesional especializado grado 6 de Infraestructura DTB.

40

Comunicar al personal encargado de adelantar en campo las actividades de inspección, la planificación de estas actividades con el objeto de asegurar la asignación de los recursos humanos y técnicos necesarios.

De acuerdo con la planeación de los recorridos y visitas, el personal encargado debe contar con la información de la infraestructura a la que deberá realizarle la inspección.

Profesional especializado grado 6 de Infraestructura DTB.

Profesional universitario grado 4 de Infraestructura DTB.

50

Identificar la planificación realizada y que los recursos técnicos necesarios se hayan asignado satisfactoriamente.

Profesional universitario grado 4 de Infraestructura DTB.

60

Adelantar el levantamiento de información en campo relacionada con el estado de la señalización e infraestructura de paraderos y patios, y realizar la revisión tal como fue previsto y en aplicación del registro pertinente.

Con base en esta información se puede establecer el estado de la señalización y la infraestructura operable correspondiente a los paraderos, de igual forma, se puede estimar cuales paraderos no cuentan con la infraestructura operable y en condiciones de seguridad para los usuarios y operadores del sistema.

Personal designado por TMSA o por la Interventoría según sea programado

¿15?

Se Identifican incumplimientos en las condiciones establecidas en los contratos de concesión referentes a la infraestructura inspeccionada en patios o condiciones inadecuadas en paraderos?

SI: ir a la etapa 80

NO: ir a la etapa 70

Personal designado por TMSA o por la Interventoría según sea programado.

70

Completar la información acerca de la visita desarrollada e informar del desarrollo al Profesional grado 6.

Personal designado por TMSA o por la Interventoría según sea programado.

80

Evaluar el estado o la condición de la infraestructura con base en los reportes de interventoría y/o operador zonal y/o novedades de acuerdo con los criterios del contrato o recomendaciones generales.

Esta actividad requiere la evaluación y diagnóstico de la infraestructura para ruta en operación con base en la verificación de criterios y recomendaciones relacionados con operatividad, seguridad y accesibilidad y las condiciones del contrato de concesión. Esta metodología permite priorizar y recomendar las acciones de intervención sobre la infraestructura del sistema en su componente zonal.

Profesional especializado grado 6 de Infraestructura DTB.

Profesional universitario grado 4 de Infraestructura DTB.

90

Consolidar el informe de las condiciones identificadas acompañándolo de evidencia fílmica, fotográfica, otra, que permita adelantar acciones correctivas.

Esta actividad requiere elaborar informes con requerimientos de necesidades de infraestructura y/o mantenimiento, dirigidos a la Subgerencia Técnica y de Servicios (o dependencia encargada) para que se tomen las acciones con el fin de contar con infraestructura operable.

Profesional universitario grado 4 de Infraestructura DTB.

Responsable asignado.

¿25?

Revisar el informe consolidado

El informe está conforme?

SI: Ir a etapa 100

NO:Ir a etapa 120

Profesional especializado grado 6 de Infraestructura DTB.

100

Enviar informe a la Subgerencia Técnica y de servicios para adelantar las acciones correctivas.

110

Gestiona acciones correctivas con las Entidades que sea requerido.

Subgerencia técnica y de servicios.

120

Aplicar los correctivos.

Operador.

130

Identifica la evolución de las acciones correctivas requeridas.

Con base en la programación de nuevos recorridos, visitas y los reportes de la interventoría de operación, el operador zonal y la Dirección Técnica de Buses, sobre las rutas ya inspeccionadas y evaluadas, se lleva a cabo una verificación sobre la evolución de las condiciones de infraestructura.

Profesional universitario grado 4 de Infraestructura DTB.

Responsable asignado.

140

Fin.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5379 de junio 19 de 2014