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ACUERDO 35 DE 1975 (Diciembre 22) Por el cual se dictan las disposiciones sobre condonación de un porcentaje en las multas por infracciones de tránsito. EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA, ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Condónase por una sola vez en un sesenta (60%) por ciento el valor de todas la multas causadas con anterioridad a la fecha del presente Acuerdo por concepto de infracciones de Tránsito, a favor del Distrito Especial de Bogotá y a cargo de los conductores y propietarios de vehículos que sean cancelados antes del veintiocho (28) de febrero de mil novecientos setenta y seis (1976).ARTICULO SEGUNDO. Este Acuerdo rige desde la fecha de su promulgación. CECILIA SALAZAR DE OWEN Presidente ALVARO AYALA M. Secretario Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá, Diciembre 22 de 1975 Publíquese y ejecútese LUIS PRIETO OCAMPO Alcalde Mayor YEZID CASTAÑO GONZALES Secretario de Hacienda JOSE BONILLA ROMERO Secretario General |