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Acuerdo 35 de 1975 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/12/1975
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/12/1975
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00351975

ACUERDO 35 DE 1975

(Diciembre 22)

Por el cual se dictan las disposiciones sobre condonación de un porcentaje en las multas por infracciones de tránsito.

EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA,

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO: Condónase por una sola vez en un sesenta (60%) por ciento el valor de todas la multas causadas con anterioridad a la fecha del presente Acuerdo por concepto de infracciones de Tránsito, a favor del Distrito Especial de Bogotá y a cargo de los conductores y propietarios de vehículos que sean cancelados antes del veintiocho (28) de febrero de mil novecientos setenta y seis (1976).

ARTICULO SEGUNDO. Este Acuerdo rige desde la fecha de su promulgación.

CECILIA SALAZAR DE OWEN

Presidente

ALVARO AYALA M.

Secretario

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá, Diciembre 22 de 1975

Publíquese y ejecútese

LUIS PRIETO OCAMPO

Alcalde Mayor

YEZID CASTAÑO GONZALES

Secretario de Hacienda

JOSE BONILLA ROMERO

Secretario General